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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 344911
Extracto de la aprobación por Decreto de Alcaldía núm. 2023-2120, de día 17 de mayo de 2023, de la convocatoria de subvenciones en materia de ayudas de alquiler en el municipio de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

BDNS (Identif: 697741)

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas más arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB núm. 68, de 23 de mayo de 2023.

1. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS (240.000,00 €), con cargo a la partida 231 48057 del ejercicio presupuestario del año 2023.

2. REQUISITOS GENERALES

2.1. Todas las personas beneficiarias tendrán que acreditar que, a la fecha de la publicación del extracto de la presente convocatoria, cumplen los siguientes requisitos:

a. Ser mayor de 18 años.

b. La persona solicitante debe estar empadronada ininterrumpidamente en Sant Josep de sa Talaia al menos con 6 meses de antelación a la fecha de publicación de las bases.

c. Acreditar residencia legal en España.

d. Ser titular en calidad de arrendatario/a de un contrato de alquiler de vivienda de una duración mínima de un año. El contrato debe haberse formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

e. Que la vivienda objeto de alquiler esté situada en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia.

f. Que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente del inquilino o inquilinos y de los integrantes de la unidad de convivencia.

g. Que la renta de la vivienda objeto del contrato de alquiler sea igual o inferior a 1.500,00 € mensuales.

h. Haber satisfecho las rentas del contrato de alquiler en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

i. Que los ingresos anuales de la unidad de convivencia durante 2022, sumados los de todos los convivientes, no superen los siguientes límites:

 

o IPREM de 2022 x 4 (32.425,12 €), en general.

o IPREM de 2022 x 5 (40.531,40 €) para familias numerosas de categoría general o cuando entre los miembros de la unidad de convivencia haya alguna persona con discapacidad reconocida del 33% al 64%.

o IPREM de 2022 x 6 (48.637,68 €) para familias numerosas de categoría especial o cuando entre los miembros de la unidad de convivencia haya alguna persona con discapacidad reconocida del 65% o más.

Estos ingresos deben acreditarse con los datos que constan en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria mediante el impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio 2021 (casillas 435 y 460).

j. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el artículo 25 del RLGS.

k. No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cumpliendo con lo que se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al ser estas ayudas de cuantía a otorgar a cada beneficiario/a no superior al importe de 3.000 €, la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se hará mediante la presentación por el solicitante de la declaración responsable. El modelo de declaración responsable aprobado para esta convocatoria es el anexo 3.

l. No tener deudas con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. No obstante, este requisito se podrá enmendar durante el período de alegaciones en la resolución provisional de la ayuda mediante el pago de la deuda.

2.2. No se podrán conceder las ayudas al alquiler de viviendas cuando la persona inquilina solicitante o quien tenga la residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato de alquiler se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación:

a. Tener parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda.

b. Ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador de la vivienda.

3. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

3.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección habitatge@santjosep.org.

3.2. Las personas solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud (anexo 1) la siguiente documentación:

1. Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.

2. Documentos de identidad de las personas titulares del contrato de alquiler (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

3. Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo será presentado por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares del contrato, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

4. Contrato en vigor de alquiler de la vivienda.

5. Acreditación del pago de la renta de alquiler por la persona solicitante de la ayuda desde el primer mes efectuado en el periodo subvencionable hasta el mes anterior a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes de la presente convocatoria, incluyendo los datos identificativos del arrendador y arrendatario.

6. Certificado de convivencia a efectos de determinar que la vivienda alquilada es el domicilio habitual y permanente del inquilino y de los miembros de la unidad de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2.

7. Anexo 3: declaración responsable firmada por la persona solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de personas titulares, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años, en la que declararán que:

  • No tienen relación de parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador/a.
  • No son socios/as ni partícipes de la persona física o jurídica que actúa como arrendador/a.
  • No incurren en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplen los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones.
  • Cumplen los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención, que conocen y aceptan íntegramente.
  • Los/las solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
  • Comunicarán al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.
  • Se someterán a las actuaciones de comprobación y cualquier actuación de verificación y control de los órganos competentes.
  • Saben que, en caso de falsedad en los datos o en la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se les podrá excluir de este procedimiento y podrán ser objeto de sanción.

8. Anexo 4: modelo de comunicación de las personas perceptoras de la subvención (en caso de que las personas solicitantes quieran manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a uno/a de ellos/as).

9. Acreditación de los ingresos del solicitante y de los miembros mayores de 18 años de la unidad de convivencia. Estos ingresos deben acreditarse mediante la presentación de la declaración de la renta o autorización firmada (anexo 2).

10. Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad.

3.3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

 

Sant Josep de sa Talaia, (firmado electrónicamente: 24 de mayo de 2023

El alcalde Ángel Luís Guerrero Domínguez)