Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 344430
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por el que se corrige el error de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de marzo de 2023, por la que se convocan las ayudas de minimis para la financiación de capital circulante en los sectores agrario y pesquero, correspondientes al ejercicio 2023
El 30 de marzo del 2023 se publicó en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 40 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de marzo de 2023, por la que se convocan las ayudas de minimis para la financiación de capital circulante en los sectores agrario y pesquero, correspondientes al ejercicio 2023.
Una vez publicada la resolución, se detectó un error de sentido en el punto 2.3 del apartado cuarto, en relación con los intereses de préstamo pactados en la póliza, en cuanto a lo establecido en el punto 1.c del apartado quinto. Por tanto, debe corregirse el error, de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1.g del Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de marzo de 2023, por la que se convocan las ayudas de minimis para la financiación de capital circulante en los sectores agrario y pesquero, correspondientes al ejercicio 2023, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 40, de 30 de marzo de 2023, en el siguiente sentido:
1. En el punto 2.3 del apartado cuarto, donde dice:
«2.3 Los intereses del préstamo correspondientes a la parte del diferencial pactado en la póliza».
Debe decir:
«2.3 Los intereses del préstamo pactados en la póliza».
Segundo
Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 23 de mayo de 2023
La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño