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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 343919
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, R11 de fecha 22 de mayo de 2023, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 9 de junio de 2021 por la que se convocan subvenciones para las Inversiones en la Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas , para el año 2021

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 9 de junio de 2021 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones en la Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, correspondientes al año 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas .

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 22 de mayo de 2023, firmó la siguiente resolución,

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.2- Inversiones en Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas

Convocatoria: ITC2021_1 Grupo:ITC2021_1 - R11

Antecedentes

1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 15/07/2021, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 54 solicitudes de ayuda.

3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Con fecha 19/04/2022 se le notifica al interesado, mediante publicación en el BOIB Nº. 52, la Resolución de denegación al beneficiario relacionado en el Anexo I.

5. Con fecha 19/05/2022 el interesado presenta un Recurso de alzada contra la Resolución de denegación notificada.

6. Con fecha 12/01/2023 se le notifica al interesado, de forma telemática, la Resolución que estima el Recurso de alzada y retrotrae el procedimiento al momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

7. El día 31/03/2023 se le notifica al interesado, de forma telemática, las deficiencias del expediente, comunicándole que dispone de 10 días hábiles para presentar la documentación pertinente.

8. En fecha 16/05/2023 el interesado presenta documentación.

9. Analizada la documentación presentada, se considera que no ha subsanado las siguientes deficiencias:

 

- «Planos o croquis en los que figure el emplazamiento de las inversiones»

No ha presentado ningún plano ni croquis válido donde se vean las inversiones previstas. Ha presentado un dibujo sin emplazamiento de los equipos previstos.

- «Memoria acreditativa de que la empresa no está en crisis»

No ha presentado una memoria acreditativa de la que no está en crisis de acuerdo con las Directivos sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01) ni los documentos acreditativos necesarios para comprobarlo, tal y como se explica en el artículo 6.4.e) de la convocatoria 'Documentación acreditativa de que la empresa no está en crisis' y como se detalla en el Modelo 'Declaración crisis empresa' colgado en el trámite telemático. Ha presentado un escrito que no es un certificado de un auditor externo, no hace referencia a que no esté en crisis de acuerdo con estas Directrices, ni tampoco ha presentado los impuestos de sociedades necesarios para acreditarlo.

- «Memoria agronómica de acuerdo con lo que dispone el Modelo 2 adjunto a la solicitud»

No ha presentado ninguna Memoria agronómica, de acuerdo con lo establecido en 6.4.c). y en el Modelo colgado en el trámite telemático. Únicamente ha presentado una tabla de materias primas, que ya había presentado anteriormente (el 27/10/21 REGAGE 21e00021984303), por lo que se le requirió la Memoria.

Fundamentos de derecho

Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución de desistimiento

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Considerar desistidas las solicitudes presentadas por los interesados relacionados en el Anexo I, que son un total de 1 expediente y que empieza con BINIGARBA QUESOS S.L. y termina con BINIGARBA QUESOS S.L por los motivos descritos en el señalado anexo, de la linea de ayudas “Transformación y comercialización de productos agrícolas 2021”.

2.Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el anexo I.

3.Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura ,Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La jefe de Sección I

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

María Angeles Pérez Ribas

Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

 

El vicepresidente del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE SE DECLARAN DESISTIDOS

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Motivo del desistimeiento

BINIGARBA QUESOS S.L

B57380438

ITC2021_1/004

Se han notificado las deficiencias del expediente, al beneficiario via NOTIB el día 31/03/2023, con fecha de recepción el día 04/04/2023. Con fecha de hoy no ha presentado parte de la documentación solicitada.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de mayo de 2023)

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)