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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 341969
Bases reguladoras y convcoatoria de concesión de premios, por concurrencia competitiva, des tinados al "III Premi Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem d'Efak 2023"

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión de 19 de mayo de 2023 aprobó las siguientes bases reguladoras y convocatoria para la concesión de premios, por concurrencia competitiva, destinados al “III Premi Ciutat de Manacor Cançó d'Autor Guillem d'Efak del municipio de Manacor” correspondientes al año 2023:

BASES DEL PREMI CIUTAT DE MANACOR DE CANÇÓ D'AUTOR GUILLEM D'EFAK 2023

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

El Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Manacor organiza el premio Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem d'Efak 2023 por procedimiento de concurrencia competitiva.

El objetivo de este premio es promocionar la canción de autor en lengua catalana.

2. Ámbito temporal de aplicación de los premios

El periodo para poder participar en el premio empieza el día siguiente a la publicación de las bases en el BOIB y finalizará día 16 de junio de 2023.

Acabado el plazo de presentación de solicitudes, se reúne la comisión técnica evaluadora del premio. La comisión técnica evaluadora, considerando las canciones enviadas por los grupos o solistas, selecciona un máximo de nueve semifinalistas.

Los grupos o solistas seleccionados participan en la semifinal, que consiste en un concierto en directo previsto para día 7 de julio del 2023 en el municipio de Manacor. De los semifinalistas, la comisión técnica evaluadora escogerá tres grupos o solistas que actuarán en la final, que será día 8 de julio, también en el municipio de Manacor.

3. Beneficiarios

Pueden participar los solistas o grupos de música que lo deseen, que hagan música de autor en llengua catalana. Entendemos por canción de autor la definición recogida en el TERMCAT (Centre de Terminologia de la lengua catalana): «Estilo de canción influenciado por el rock, el pop y el folk, en que un cantautor, generalmente como solista, con una guitarra o un piano pero también al frente de un grupo reducido de músicos, canta sus propias canciones en las cuales el mensaje de la letra, sobre temas sociales, políticos y filosóficos, pero también de amor, tiene mucha importancia además de la música».

Las canciones presentadas deben ser originales e inéditas. Los grupos o solistas participantes no tienen que tener vigente ningún contrato discográfico o de management.

Los grupos o solistas participantes se comprometen a actuar en directo los días previstos (7 y 8 de julio de 2023) para la semifinal y la final del Premi Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem de Efak 2023.

4. Requisitos para acceder al premio

Todos los grupos o solistas que quieran participar deben enviar tres canciones originales en catalán y grabadas en vídeo. El Ajuntament de Manacor puede utilizar los vídeos de los participantes con el fin de promocionar el Premi Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem de Efak 2023. Las tres canciones deben enviarse por correo electrónico a la dirección musicart@manacor.org con el título «Premi Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem de Efak 2023». En el correo electrónico remitido, deben adjuntarse los videos o bien los enlaces para acceder a ellos.

1. En el mismo correo debe de haber otro documento adjunto, en formato pdf, consistente en una ficha con el nombre del grupo o del solista, los documentos de identidad escaneados de los componentes del grupo o del solista, un teléfono y un correo electrónico de contacto, una pequeña biografía del artista o grupo y una foto reciente. Una vez recibido el correo, el Departamento de Cultura del Ajuntament de Manacor confirmará la recepción de éste, también por correo electrónico. Sin esta confirmación de recepción, los documentos no constarán como presentados.

2. Los grupos o solistas seleccionados para la semifinal se comprometen a actuar en directo día 7 de julio de 2023. Los grupos o solistas que accedan a la semifinal tocarán cada uno dos canciones en directo las cuales deben ser de creación propia y en catalán.

3. De igual modo, Los tres grupos o solistas seleccionados para la final se comprometen a actuar en directo día 8 de julio del mismo año. Los grupos o solistas que accedan a la final tocarán cada uno tres canciones en directo las cuales deben ser de creación propia y en catalán y diferentes de las interpretadas en la semifinal.

5. Procedimiento, resolución y entrega de premios

Los premios serán concedidos mediante procedimiento de concurrencia competitiva según lo que establece el art. 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con el que establecen las bases y la convocatoria que la regulan.

El órgano competente para la concesión de la ayuda prevista en esta convocatoria es la junta de gobierno local, si bien se procede a crear una comisión técnica evaluadora en cumplimiento del art. 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones para que proceda a emitir informe respecto al resultado de la evaluación efectuada de las solicitudes.

La Comisión resolverá de forma motivada a partir del día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

La Comisión Técnica Evaluadora está integrada por los miembros siguientes:

  • Roger Pascual Mascaró, músico.
  • Pere Camps i Campos, director del Festival Barnasants.
  • Antònia Bassa Sureda, profesora de música.

La Comisión Técnica Evaluadora valorará los aspectos siguientes para seleccionar la obra ganadora.

1. Originalidad y calidad de las canciones, tanto de la música como de la letra.

2. Adecuación de las canciones al género de canción de autor.

3. En general, la canción de autor se caracteriza para reflejar las experiencias, pensamientos y sentimientos del cantautor. Suelen tratar temas personales, sociales, políticos, etc. La Comisión Técnica Evaluadora evaluará la calidad y la expresión.

4. Se evaluará también la instrumentalización de las canciones, de forma que la música y la letra se complementen la una con la otra.

5. Se valorará la interpretación en directo y la técnica, tanto vocal como instrumental, para conseguir una buena interpretación de cada una de las canciones.

La Comisión Técnica Evaluadora queda constituida legalmente con la asistencia de todos los miembros o sus sustitutos, si procede.

Recibidas las solicitudes, el órgano competente tiene que instruir los procedimientos, comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases y en la convocatoria correspondiente y, si procede, requerir los solicitantes que aporten toda la documentación e información complementaria que se estime oportuna para fundamentar su solicitud, o que enmienden los defectos apreciados a la solicitud, en el plazo de diez (10) días hábiles, con advertencia que en el caso de no presentar enmienda se los tendrá por desistidos del procedimiento, previa resolución al respeto.

La Comisión Técnica Evaluadora emitirá un informe respecto al resultado de la evaluación efectuada respecto a la totalidad de las solicitudes indicando los beneficiarios y las cuantías de las subvenciones correspondientes a cada una, así como aquellas que tengan que ser desestimadas.

El órgano competente procederá a la redacción y notificación de la propuesta de resolución de la concesión de la ayuda, para que los interesados puedan presentar alegaciones, en el plazo de 10 días.

Si los solicitantes no presentan alegaciones en el plazo del trámite de audiencia, se supone que están conformes con la propuesta de resolución de concesión. Una vez se ha agotado el plazo para presentar alegaciones, los servicios competentes del Ajuntament de Manacor deben emitir un informe. El órgano competente dictará la resolución de concesión de la ayuda y la notificará a la persona beneficiaria. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acta en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

El órgano competente para resolver y conceder la subvención es la Junta de Gobierno Local. La resolución se publicará al Tablón de anuncios de la web municipal.

7. Premios

El premio Ciutat de Manacor de Cançó d'Autor Guillem d'Efak 2023 tiene la dotación siguiente:

  • 3.000 euros para el grupo o solista ganador.
  • 1.000 euros a cada uno de los dos finalistas.
  • Programación de una actuación de uno de los tres finalistas del Premio Ciudad de Manacor de Canción de Autor Guillem de Efak 2023 en la próxima edición del festival Barnasants.

8. Dotación presupuestaria

El coste del premio para costear los gastos del jurado (2.700 €) y a los gastos relativos al grupo o solista ganador y a los dos finalistas (5.000 €) es de 7.700 €, los cuales corresponden a la partida presupuestaria N/170/3347/2269900/ Promoció Cultural-Despeses Diverses.

9. Normativa de aplicación

1. En todo aquello no previsto expresamente en estas bases es de aplicación lo que dispone la Ordenanza general de subvenciones del Ajuntament de Manacor, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 175, de 24 de noviembre de 2007; también los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, así como el resto de disposiciones legales y reglamentarias que sean aplicables.

2. Para resolver todas las cuestiones que no prevén estas bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación, es competente el órgano con facultades para aprobar las bases, que queda autorizado para dictar aquellos actos que sean necesarios.

10. Publicidad

El texto íntegro de estas bases y convocatoria debe publicarse en Boletín de las Islas Baleares, en la web municipal y en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

11. Información y asesoramiento

Las personas interesadas se podan de dirigir al Departament de Cultura mediante la dirección de correo electrónico cultura@manacor.org.

12. Protección de datos

En conformidad con el que prevé la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales:

El responsable del tratamiento de los datos de los interesados es el Ajuntament de Manacor (CIF P0703300D, calle del Convent, 1, Illes Balears), único destinatario de la información aportada voluntariamente.

La finalidad del tratamiento de los datos es gestionar la solicitud de participación en el premio en régimen de concurrencia competitiva para promover y facilitar el acceso a la cultura.

El tiempo de conservación de los datos es el plazo de vigencia de este expediente. Aun así, los datos se conservan con fines de archivo de interés público o finalidades estadísticas.

El Ajuntament de Manacor tiene legitimación para el tratamiento de los datos en el ejercicio de los poderes públicos o competencias propias.

Los datos no se ceden a terceras personas ajenas al Ajuntament de Manacor, salvo que tengan que ser comunicadas a otras entidades públicas por imperativo legal.

Los interesados tienen derecho a acceder a sus datos y solicitar la rectificación o, si procede, cancelación, oposición o supresión. Los interesados pueden solicitar la limitación o, si procede, oponerse al tratamiento de sus datos. Para ejercer estos derechos, el interesado puede hacerlo de las maneras siguientes:

a) Por correo postal, adjuntando una fotocopia del DNI o documento equivalente, dirigido a: Delegado de Protección de Datos, Ajuntament de Manacor, plaza del Convent, 1, 07500 Manacor, Illes Balears.

b) Presencialmente, mediante escrito presentado al Registro General del Ajuntament de Manacor, o a través de cualquier de los medios establecidos al arte. 16.4 de la Ley 39/2015.

c) Por correo electrónico dirigido al Delegado de Protección de Datos: dpd@manacor.org.

13. Recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno del Ajuntament de Manacor en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente. Todo esto, en conformidad con el que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 28/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente”.

2. Publicar las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la base de Datos Nacional de Subvenciones”.

 

Manacor, a la fecha de firma electrónica (23 de mayo de 2023)

El alcalde Miquel Oliver Gomila