Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Núm. 341950
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la concesión parcial de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 11 de noviembre de 2022) y se reconoce la obligación a favor de los beneficiarios
Identificador BDNS: 660679
En fecha 16 de mayo de 2023, el director general de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. En fecha 13 de septiembre de 2021, la Mesa de Conciliación de las Illes Balears aprobó el Plan de Conciliación y Corresponsabilidad de las Illes Balears 2021-2024, que tiene como objetivos generales, entre otros, dar respuesta a la falta de equilibrio existente entre el desarrollo de la vida familiar y personal y el desarrollo de la vida profesional, así como incentivar la adopción de medidas que impulsen la igualdad de oportunidades y que permitan la gestión compatible del espacio y del tiempo con la vida personal, familiar y laboral. Esta convocatoria está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre), modificado mediante una resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 21 de octubre de 2022 (BOIB n.º 141, de 1 de noviembre).
El Decreto Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, en el artículo 28.2 prevé que, para estas subvenciones en particular, el órgano competente para la concesión de la subvención puede decidir motivadamente admitir, para la justificación de gastos inferiores a 3.000 €, una declaración formal de la persona beneficiaria, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación y control.
El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, otorga a la Dirección General de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad, de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, competencias en el desarrollo normativo y la coordinación de las políticas de igualdad y diversidad, así como en la coordinación del Plan de Conciliación, entre otras.
2. El 29 de noviembre de 2022, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad dictó una resolución por la que se convocaron las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears, por un importe máximo de 5.000.000,00 €, expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de 11 de noviembre de 2022, con cargo a la partida 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023.
3. El punto 4.1 de dicha resolución establece que el plazo para presentar la solicitud es de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears o hasta agotar el crédito, en caso de que no haya transcurrido el plazo establecido antes, que se deberá comunicar mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En consecuencia, el plazo para la presentación de solicitudes finalizaba el día 27 de diciembre de 2022. En fecha 19 de diciembre de 2022, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad emitió una resolución por la que se ampliaba hasta día 5 de enero de 2023 el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (BOIB núm. 166 de 22 de diciembre de 2022).
4. Las personas interesadas que se recogen en el anexo presentaron la solicitud para la concesión de las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears dentro del plazo legal establecido.
5. Los servicios técnicos han emitido una relación parcial de un tercer bloque de expedientes, con informe favorable que sirve de base para que el órgano instructor competente elabore la propuesta de resolución, con el fin de establecer un tercer grupo de 2.817 beneficiarios correspondientes a 2.819 expedientes, y proponer el importe de la ayuda que se debe conceder a cada uno de ellos.
6. En fecha 11 de noviembre de 2022 el interventor general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ha autorizado para este expediente la utilización del procedimiento de pago de subvenciones de escasa cuantía a una pluralidad de perceptores en la tramitación de ayudas
7. Tal y como se prevé en el Decreto Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, en el artículo 28.2, para estas subvenciones en particular, el órgano competente para la concesión de la subvención ha decidido admitir, para la justificación de gastos inferiores a 3.000 €, una declaración formal de la persona beneficiaria, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación y control, y así se prevé en la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. El 29 de noviembre de 2022, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad dictó una resolución por la que se convocaron las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears, por un importe máximo de 5.000.000,00 €, expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de 11 de noviembre de 2022, con cargo a la partida 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023, y la Resolución de 19 de diciembre de 2022 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (BOIB n.º 156, de 1 de diciembre de 2022 y BOIB n.º 166, de 22 de diciembre de 2022, respectivamente).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).
3. El Decreto Legislativo 2/2005, 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006).
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).
6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril de 2003).
7. La Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
8. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 8, de 15 de enero de 2015).
9. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
10. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 15, de 2 de febrero de 2019).
11. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que incluye la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (BOIB n.º 20, de 14 de febrero de 2021).
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Conceder las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears a los beneficiarios que se indican en el anexo de esta resolución, que empieza con «AABOUBOU EL MOUSTAJ, OMAR***3196**600,00 €» y termina con «ZURITA RAMON, ROCIO***5553**400,00 €», para cumplir los requisitos exigidos en la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022.
2. Autorizar y disponer un gasto, a favor de los beneficiarios y por los importes que figuran en la relación establecida en el anexo, por un importe total de 855.600,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 11401 316A01 48000 00, en concepto de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se convocan dichas ayudas.
3. Reconocer la obligación y proponer a la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el pago de las subvenciones a favor de los beneficiarios señalados en el anexo por un importe total de 855.600,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023. El pago se debe hacer por el sistema de transferencia masiva.
4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
El día de la firma electrónica (23 de mayo de 2023)
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez
El día de la firma electrónica (23 de mayo de 2023)
El director general proponente Miquel Coll Canyelles