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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 339663
Convocatoria para la adjudicación de barras en las fiestas de Sant Jaume 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión ordinaria celebrada el 12 de mayo de 2023, y en ejercicio de sus competencias, sobre la base de lo propuesto (conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), de los artículos 132 y 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio,  de consejos insulares, y en virtud del Decreto de Presidencia de fecha 15 de octubre de 2021, aprobado por BOIB número 146, de 26 de octubre de 2021, mediante el cual se delegan competencias en la Junta de Gobierno, y del resto de atribuciones que le otorga la legislación vigente, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

1. Aprobar las Bases de las condiciones económico-administrativas y técnicas para la adjudicación de barras a las fiestas de Sant Jaume 2023 (que constan como anexo).

2. Publicarlas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en la página web y en el Tablón de anuncios de la Corporación.

"ANEXO Bases de las condiciones económico-administrativas y técnicas para la adjudicación de barras en las fiestas de Sant Jaume 2023

1.- Convocatoria

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de la gestión de las siete barras de las fiestas de Sant Jaume. Podrán solicitar barra para estas fiestas, aquellas asociaciones y entidades culturales y de acción social sin ánimo de lucro, y clubes deportivos inscritos en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera, que tengan el ámbito de actuación en la isla de Formentera.

Las solicitudes deben formalizarse mediante el modelo normalizado que se adjunta en estas bases (anexo I). Deberán dirigirse a la Presidencia del Consell Insular de Formentera y se presentarán en el Registro General del Consell Insular de Formentera, en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), calle de Ramon Llull, 6, CP 07800 Sant Francesc Xavier, Formentera, o bien por registro electrónico a través de la OVAC, y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015,  de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y deberán acompañarse de la siguiente documentación:

a.- Fotocopia del NIF de la entidad, asociación o club solicitante.

b.- DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del representante de la entidad, asociación o club, y responsable de la misma.

c.- Declaración responsable que acredite que la asociación, la entidad o club está dado de alta en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Islas Baleares y en el Registro de Entidades Ciudadanas de Formentera.

d.- Declaración responsable de no estar sometidos a ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, y con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,  general de subvenciones (se adjunta modelo como anexo II), y de no estar incurso en caso de prohibición de contratar y de estar al corriente de obligaciones con el Estado, con el Consell Insular de Formentera, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

e.- Memoria explicativa de la asociación, la entidad o club (nombre, actividades que realizan, historia, acción social, cultural o deportiva, ámbito local o salida al exterior, historia, ingresos, gastos y a qué destinarán los beneficios de la barra (anexo 3).

f.- Presupuesto:

 

f.1 Póliza de seguro de accidentes para los trabajadores y/o voluntarios de la barra de cada adjudicado. Recomendamos capitales establecidos por el Convenio de hostelería de las Islas Baleares.

f.2 Póliza de seguro de Responsabilidad Civil (por daños a terceros o bienes de terceras personas) que cubra la Responsabilidad Civil de la asociación derivada de la actividad de la barra incluida la Responsabilidad Civil de productos para la venta de consumiciones y que cubra un capital mínimo de 300.000 euros.

 

g.- Justificante de haber participado en la formación sobre la dispensación responsable de alcohol y reducción de riesgos derivada de la Ordenanza de medidas para regular la promoción, venta y consumo indebido de bebidas alcohólicas en la isla de Formentera (BOIB núm. 39 del 20 de marzo de 2022).

h.- Se especifican los días de montaje de la barra para las Fiestas de Sant Jaume.

i.- Hay que señalar la previsión de vasos que necesitarán para la fiesta.

2.- No se admitirá a trámite ninguna solicitud que no esté acompañada de los documentos descritos en los apartados anteriores, salvo que estos documentos ya estén en poder de la Conselleria de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Formentera, de conformidad con lo que se regula en el art. 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

3.- Valoración

El Área de Cultura del Consell Insular de Formentera evaluará las solicitudes presentadas, según las siguientes categorías:

Categoría A:

Asociaciones culturales y comisiones de fiestas que organicen fiestas populares de Formentera, sufragadas mayoritariamente por la asociación y que a la vez fomenten la acción dinamizadora y promuevan la participación ciudadana en la sociedad formenterense.

Categoría B:

Entidades de acción social que reinviertan parte de sus beneficios en la sociedad formenterense.

Categoría C:

Entidades deportivas de la isla de Formentera, donde se tendrá en cuenta:

  • Antigüedad
  • Categoría
  • Número de socios
  • Repercusión en la sociedad formenterera

Tendrán prioridad, siempre que cumplan los requisitos, todas aquellas entidades correspondientes a la categoría A. En los casos de entidades correspondientes a las categorías B y C se hará una valoración de todas las entidades presentadas que cumplan los requisitos, teniendo preferencia las del grupo B.

En el caso de empates, y no haya suficientes barras para adjudicar, se compartirán las barras.

4.- Pago

El precio estipulado será de 9 € por metro cuadrado y día solicitado. El pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria antes del día 11 de julio de 2023. En caso contrario la entidad perderá de forma automática la concesión/autorización del espacio solicitado.

Números de cuenta bancaria para hacer el ingreso:

Banco Sabadell ES81 0081 1396 06 0001001505

Banca March ES78 0061 0032 58 0000010181

La Caixa ES29 2100 0187 110200000383

Banco Popular Español ES69 0075 6871 94 0602625618

Quedan exentas de pago las asociaciones y entidades de acción social.

5.- Disposiciones generales

1.- Superficies máximas y mínimas de las barras

Las barras tendrán una superficie máxima de 16 m2 y mínima de 8 m2.

2.- Prohibiciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las siguientes prohibiciones:

a. El uso de horno y microondas. Sólo se permitirá uso de planchas de gas y parrillas.

b. El uso de aparatos individuales de música y/o altavoces.

c. Se prohibe pintar, fijar y hacer agujeros en el material cedido por el Consell Insular.

d. Se prohíbe usar material de vidrio ni vasos que no sean proporcionados por el Consell Insular.

e. Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.

3.- Obligaciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las obligaciones siguientes:

a. Será necesario disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de la actividad para la que se solicita la adjudicación.

b. Será necesario disponer de una póliza de seguro de accidentes para los trabajadores y /o voluntarios de las barras de cada asociación. Recomendamos capitales establecidos por el Convenio de hostelería de las Islas Baleares

c. Será necesario disponer de una póliza de seguro de Responsabilidad Civil (por daños a terceros o bienes de terceras personas) que cubra la Responsabilidad Civil de la asociación derivada de la actividad de la barra incluida la Responsabilidad Civil de productos para la venta de consumiciones y que cubra un capital mínimo de 300.000 euros.

d. En cuanto a los vasos:

  • El Consell Insular apostó por una campaña de reciclaje, y en esta línea proporcionará a los adjudicatarios la venta de vasos reutilizables para las Fiestas de Sant Jaume. Los vasos reciclados tendrán un coste de 135 € la caja de 400 unidades, y cada adjudicatario podrá efectuar un pedido al Consell según sus previsiones que especificará en la solicitud. Los adjudicatarios podrán recoger los vasos en el Polideportivo Antoni Blanc de lunes a viernes de 9 de la mañana a 21 de la noche, a partir del día siguiente en que sea notificada la adjudicación.
  • Una vez finalizadas las Fiestas, los adjudicatarios tendrán diez días hábiles para presentar el recibo del pago de los vasos.
  • Los vasos no se devolverán al Consell, cada asociación se hará responsable de la limpieza y custodia de su pedido una vez acabadas las fiestas.

e. Los adjudicatarios están obligados a cuidar y limpiar el material y el espacio cedido, y devolverlo (excepto los vasos) con las mismas condiciones.

f. Los adjudicatarios están obligados a realizar la recogida selectiva de los siguientes materiales: vidrio, envases, papel cartón y rechazo.

g. Se deberá cumplir con el horario de apertura, que coincidirá inicio de la fiesta, y la hora de cierre será como máximo a las 04.00 h, atendiendo a la programación prevista en el Programa de fiestas de Sant Jaume 2023.

h. Se deberá cumplir con la normativa de seguridad (extintores) así como no obstaculizar ninguna salida ni entrada de ninguna calle principal según lo establecido en los planes de emergencia.

i. Los adjudicatarios podrán montar las barras el primer día de inicio de fiesta por la mañana, y desmontar el día después de la última fiesta también por la mañana.

j. Cada adjudicatario podrá solicitar al área de infraestructuras del Consell Insular de Formentera el material para el montaje de las barras (caballetes, tablones, mesas), con una antelación mínima de 7 días k. hábiles antes del inicio de ses Festes.

k. El Consell proporcionará a cada adjudicatario los contenedores pertinentes para realizar la recogida selectiva. Estos deberán devolverse limpios, a la mañana siguiente del último día de fiesta.

6.- Presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente del día de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Esta convocatoria también se hará pública en el tablón de anuncios y en el sitio web del Consell Insular de Formentera (www.conselldeformentera.cat).

7.- Comisión evaluadora

7.1. La Comisión evaluadora será el órgano colegiado que se encargará de examinar las solicitudes presentadas y emitir el informe que debe servir de base para la resolución de las autorizaciones por parte del órgano competente. Estará formada por los siguientes miembros:

Presidente/a: técnico/a del área de Cultura.

Vocales: tres empleados públicos (funcionarios y/o laborales) del Consell Insular de Formentera (CIF).

Secretario/a: un/a letrado/a asignado/a por el área de Secretaría del CIF

7.2. La Comisión evaluadora queda autorizada para resolver las dudas que puedan plantear estas bases, así como para tomar los acuerdos necesarios sobre su interpretación, a fin de garantizar un buen desarrollo del proceso de evaluación de las solicitudes.

8.- Resolución

El acuerdo resolutorio de la Junta de Gobierno, se hará público en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), el tablón de anuncios de la Corporación, al efecto previsto en el art. 45.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y de conformidad con el art. 34. 2 c) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y también en la página web: www.consellinsulardeformentera.cat.

La resolución también se hará pública en el tablón de anuncios y en el sitio web del Consell Insular de Formentera (www.consellinsulardeformentera.cat).

9.- Aceptación de las bases

Los solicitantes aceptan por el simple hecho de presentarse a la adjudicación las presentes condiciones y quedan obligados a su cumplimiento. El incumplimiento de las obligaciones o de los requisitos dará lugar a la extinción de la adjudicación y la Comisión Evaluadora estudiará la posibilidad de que no se adjudique la barra al adjudicatario en caso de solicitarla al año siguiente. 

Lo cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con la fecha de la firma electrónica (17 de mayo de 2023)

La presidenteen el Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres

 

 

ANEXO I SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE UNA BARRA PARA LAS FIESTAS DE SANT JAUME 2023

Entidad/ asociación:

 

 

CIF:

Nombre y apellidos del representante y responsable:

 

 

DNI:

Dirección:

 

 

Teléfonos de contacto:

 

Correo electrónico:

 

 

 

Exposición:

Quería acreditar y adjuntar toda la siguiente documentación necesaria para una barra en las Fiestas de Sant Jaume, concretamente:

  • Copia NIF de la entidad solicitante
  • Copia DNI del representante de la entidad y responsable
  • Declaración responsable que acredite que la asociación está dada de alta en el Registro de Asociaciones del Govern Balear y en el Registro de Entidades Ciudadanas de Formentera.i
  • Declaración responsable de no estar incurso en caso de prohibición de contratar y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
  • Memoria de la asociación
  • Presupuesto:
    • Póliza de seguro de accidentes a los trabajadores
    • Póliza de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra
  • Valorada marcando con una "X" los días de montaje de barra:
    • 21 de julio Verbena popular
    • 22 de julio Concert Nit Jove
    • 23 de julio Jazz a la plaça
    • 24 julio Nit de Concerts
    • 25 julio Nit de Concerts
  • Reserva de vasos para la fiesta _________ (Cajas de 400/u de 40 cl)

Formentera, fecha:                                                               (firma)

 

ANEXO 2 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR DE ALTA EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES

ENTIDAD/ASOCIACIÓN:

 

CIF:

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN:

 

CP:

 

MUNICIPIO:

PROVINCIA:

TEL:

 

Correo electrónico:

REPRESENTANTE

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI/NIF:

DIRECCIÓN:

CP:

MUNICIPIO:

PROVINCIA:

TEL:

Correo electrónico:

Como

El Consell Insular de Formentera se reserva el derecho de exigir la acreditación de la representación en el momento procedimental que considere oportuno

DECLARO bajo mi responsabilidad, que la asociación a la que represento se encuentra dada de alta en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Islas Baleares, con el número .................., de fecha……………………..

Asimismo, declaro que la asociación a la que represento se encuentra de alta en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera, con el número ......................., de fecha ……………. y que la Junta Directiva actual está formada por los siguientes miembros:

Presidente/a:

Vicepresidente/a:

Secretario/a:

Tesorero/a:

Vocales:

Formentera, ............ d ........................ de 2.............

(firma)

 

 

CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

Los datos de carácter personal que contiene el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo como titular responsable del fichero, haciendo uso de las funciones propias que tiene atribuidas y en el ámbito de sus competencias, y se informará, asimismo, de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, a rectificación,  la cancelación y la oposición, sin embargo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos de carácter personal (BOE Núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).

 

ANEXO 3 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN CASO DE PROHIBICIÓN DE CONTRATAR Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL

ENTIDAD/ASOCIACIÓN:

 

CIF:

 

DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN:

 

CP:

 

MUNICIPIO:

PROVINCIA:

TEL:

 

CORREO ELECTRÓNICO:

REPRESENTANTE

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI/NIF:

DIRECCIÓN:

CP:

MUNICIPIO:

PROVINCIA:

TEL:

CORREO ELECTRÓNICO:

Como

El Consell Insular de Formentera se reserva el derecho de exigir la acreditación de la representación en el momento procedimental que considere oportuno

DECLARO bajo mi responsabilidad:

Que la asociación a la que represento no se encuentra sometida en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición de contratar con la Administración previstas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017, de 8 de noviembre). 

Asimismo, declaro que la asociación a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y (debe marcarse la casilla correspondiente)

( ) Adjunto a esta declaración los correspondientes certificados acreditativos.

( ) Me comprometo a entregar los certificados acreditativos en el momento en que sean requeridos por el Consell Insular de Formentera

( ) Autorizo al Consell Insular de Formentera a solicitar información relativa al cumplimiento de las obligaciones fiscales a que se refieren las presentes condiciones economicoadministrativas y técnicas.

Formentera, ............ d ........................ de 2.............

(rúbrica)

 

 

CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

Los datos de carácter personal que contiene el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo como titular responsable del fichero, haciendo uso de las funciones propias que tiene atribuidas y en el ámbito de sus competencias, y se informará, asimismo, de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, a rectificación,  la cancelación y la oposición, sin embargo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos de carácter personal (BOE Núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).

 

ANEXO 4 MEMORIA

ENTIDAD/ASOCIACIÓN:

 

 

 

CIF:

 

TIPO ENTIDAD/ASOCIACIÓN:

 

 

Año fundación:

Número actual socios:

Objetivos y finalidades de la entidad:

Actividades de ámbito local que realizan de forma anual o periódica:

Actividades fuera de Formentera:

Balance económico de la entidad:

Destino de los beneficios de la barra:

Formentera, ……. d ........................ de 2.............

(firma)

 

 

CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

Los datos de carácter personal que contiene el impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por este órgano administrativo como titular responsable del fichero, haciendo uso de las funciones propias que tiene atribuidas y en el ámbito de sus competencias, y se informará, asimismo, de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, a rectificación,  la cancelación y la oposición, sin embargo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos de carácter personal (BOE Núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).