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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 335591
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 8 de mayo de 2023, relativo a la aprobación de las bases que rigen la concesión de ayudas para el fomento del deporte y de la actividad física en la isla de Menorca a entidades deportivas sin ánimo de lucro y la convocatoria correspondiente a 2023 (Exp. 2701-2023-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 696305

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/696305):

Primero. Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades deportivas sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de las Islas Baleares, como mínimo desde el inicio de la temporada objeto de ayuda, y que desarrollen su actividad deportiva en la isla de Menorca.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de la Dirección General de Deportes de las Islas Baleares y con domicilio en Menorca, mediante diferentes líneas de subvención, y la difusión, el mantenimiento, la formación y la promoción de la actividad deportiva a través de las actividades que desarrollan, contribuyendo así al desarrollo y a la formación integral de las personas y a la mejora de su calidad de vida.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 8 de mayo de 2023.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 270.000 € (doscientos setanta mil euros), con el siguiente desglose:

Línea

Cantidad máxima

Línea 1A. Mantenimiento y apoyo de las entidades deportivas – clubes deportivos

125.000 €

Línea 1b. Mantenimiento y apoyo de las entidades deportivas - federaciones

10.000 €

Línea 2. Desplazamientos y alojamientos

90.000 €

Línea 3. Ayudas para sufragar ambulancias obligatorias

15.000 €

Línea 4. Formación de técnicos deportivos

10.000 €

Línea 5. Fomento de los valores educativos

20.000 €

Todas las líneas de ayuda

270.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empieza el día 15 de mayo de 2023 o después de haberse publicado la convocatoria en el BOIB (si es posterior al 15 de mayo) y acabará día 31 de julio de 2023.

Sexto. Otros datos.

Importes máximos por beneficiario

  • Línea 1: por entidad, el importe máximo será de tres mil quinientos euros (3.500 €)
  • Línea 2: por entidad, el importe máximo será de cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
  • Línea 3: por entidad, el importe máximo será de dos mil cuatrocientos euros (2.400 €), con un límite de 1.200 € por competición.
  • Línea 4: por entidad, el importe máximo será de dos mil euros (2.000 €), con un límite de 500 € por técnico formado
  • Línea 5: por entidad, el importe máximo será de mil euros (1.000 €)

Para las actividades realizadas desde el 1 de agosto hasta el 31 de julio de la temporada que se especifique en la convocatoria.

 

Maó, 19 de mayo de 2023

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)