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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 335178
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 17 de abril de 2023, relativo a la aprobación de la convocatoria y bases de las ayudas para el fomento de la educación no formal (3-17 años) (Exp. 7200-2023-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 692384

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692384):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad que cumplan los siguientes requisitos :

a) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca.

b) Tener la consideración de unidad familiar para tener a cargo suyo en calidad de padre, madre o tutor, o un vínculo de acogida permanente, niños o jóvenes de entre 3 a 17 años que participen en actividades extraescolares de tipo deportivo, formativo o similar durante el curso escolar 2022-2023, y que sean convivientes en el mismo domicilio. Están incluidas las familias monoparentales con solo un hijo o hija, dado que el artículo 5.2 b de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, establece que las monoparentales son una de las familias con más necesidad de protección.

En el caso de personas convivientes con un vínculo matrimonial o de unión estable de pareja o de personas separadas legalmente o de hecho solo podrá solicitar la subvención uno de los dos progenitores.

c) Haber obtenido durante el ejercicio 2021 unos ingresos brutos anuales que, conjuntamente, no superen los umbrales que se establecen en las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas es la concesión de ayudas a los padres/tutores de los niños y jóvenes menores de edad, para facilitarles el acceso a la práctica de actividades deportivas, culturales o artísticas en el marco de una formación integral en valores sociales y educativos.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 17 de abril de 2023.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 300.000 € (trescientos mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB y finalizará el 31 de agosto de 2023, o cuando se agote el crédito en caso de que no haya transcurrido el plazo establecido.

Sexto. Otros datos.

Los importes máximos que se pueden conceder, siempre que haya crédito suficiente para esta convocatoria, son 300 € por cada persona menor de edad beneficiaria que participe en una o más actividades de educación no formal en Menorca.

 

Las actividades subvencionables se tienen que realizar entre el 1 de septiembre del año anterior a la convocatoria y el 31 de agosto del año de la convocatoria.

 

Maó, 4 de mayo de 2023

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)