Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 331066
Extracto de la resolución de la presidencia del Imas de 17 de mayo de 2023 para la aprobación de la convocatoria de ayudas económicas para entidades que llevan a cabo actividades de apoyo a los servicios sociales de atención primaria para personas en situación de exclusión social con problemas añadidos de salud para el año 2023
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones.
Primero. Objeto y finalidad
El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de las ayudas económicas dirigidas a:
Entidades que realizan actividades de apoyo a los Servicios Sociales de Atención Primaria
Entidades que realizan actividades de apoyo para personas en situación de exclusión social con problemas añadidos de salud.
Segundo. Beneficiarios
Esta convocatoria va dirigida a entidades que realicen desde la iniciativa privada no lucrativa, siendo entidades que trabajan, desde la vertiente de los servicios sociales, con las personas en situación de exclusión social con problemáticas de salud a las que el IMAS no puede dar cobertura y que no pertenecen a la Red de inserción Social de Mallorca y que no tengan ningún tipo de contrato de servicios con la administración para la realización de dicha actividad/s.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).
Modificada por Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00 €).
El importe de 360.000€ con cargo a la partida presupuestaria 30.23152.48000 del vigente presupuesto del IMAS, y el importe de 90.000€ con cargo al presupuesto del IMAS de 2024, quedando el gasto para el año 2024 condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Quinto. Plazo para presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, por lo que, de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se excluyen del cómputo los sábados, domingos y declarados festivos. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Sexto. Otros datos de interés
Las instancias deben dirigirse a la Presidencia del IMAS y dado que los beneficiarios de las ayudas son personas jurídicas y, por tanto, sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, de acuerdo con lo establecido por el arte. 14.2 de de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas la presentación de solicitudes debe realizarse a través del Registro electrónico del IMAS https://imas.sedipualba .es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=12092 o desde el trámite habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Consell de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/fitxa?key=119307
Las entidades interesadas tendrán que cumplimentar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del IMAS https://seu.conselldemallorca.net/web/seu/buscador-de-procediments.
Palma, 17 de mayo de 2023
La presidenta del IMAS Sofia Alonso Bigler