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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 331980
Resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca de 5 de mayo de 2023 por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Coordinador/a del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (S.U.A.P.) de Escuela Graduada de la plantilla orgánica autorizada de Atención Primaria de Mallorca

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Texto

Hechos

1. Se encuentra vacante y dotado presupuestariamente un puesto de trabajo de Coordinador/a del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (S.U.A.P) de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, cuya provisión se considera necesaria en el S.U.A.P. de Escuela Graduada.

2. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, las personas aspirantes que participen en la convocatoria tienen que disponer y acreditar los conocimientos de lengua catalana establecidos en las bases que rigen esta convocatoria.

No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, cuando la prestación asistencial pueda resultar afectada por la carencia o insuficiencia de profesionales interesados/interesadas, se podrá eximir del requisito de catalán legalmente exigible, en los términos establecidos por la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril.

Fundamentos de derecho

1. Art. 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. Acuerdo entre la Administración - INSALUD y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, de 23 de noviembre de 2001, sobre retribuciones del personal sanitario de los servicios de urgencia de atención primaria (S.U.A.P.), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2001 (B.O.E. 37, de 12/02/2002).

3. Arts. 23 a 28 del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

4. Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.

5. Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears de 5 de diciembre de 2022 de modificación de la plantilla orgánica de personal estatutario de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca.

6. Resolución de la Consejera de Salud y Consumo de 3 de noviembre de 2020 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Illes Balears (B.O.I.B. núm. 191, de 07/11/2020).

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Coordinador/a del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (S.U.A.P.) de Escuela Graduada de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, que, a además de desempeñar su actividad asistencial, debe realizar las actividades inherentes al cargo de Coordinador/a, entre las cuales ser un referente de liderazgo y responsabilidad del dispositivo, profundizar en la autonomía de gestión y la firma de acuerdos o compromisos asistenciales y presupuestarios.

2. Los requisitos para participar en esta convocatoria son:

 

a) Tener la condición de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 de la categoría médico/a de urgencias de atención primaria.

b) Pertenecer a la plantilla del S.U.A.P. de Escuela Graduada.

c) Acreditar conocimientos de lengua catalana de nivel B2 (nivel avanzado), mediante la aportación de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o certificado expedido, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección General de Política Lingüística que acredite poseer el nivel correspondiente mencionado.

3. Las personas interesadas en participar en la convocatoria deben presentar, en el plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:

  • Solicitud de participación.
  • Proyecto de gestión en relación con las actividades a desarrollar en el S.U.A.P. de Escuela Graduada.
  • Currículum vitae.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados.

4. La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el registro de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, ubicado en la calle Escuela Graduada, número 3, de Palma (07002) o en cualquiera de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez verificado por el órgano competente que las personas aspirantes cumplen los requisitos y el resto de especificaciones exigidas en la convocatoria, este mismo órgano nombrará la persona que considere más adecuada para el cargo, a propuesta de los profesionales del S.U.A.P. de Escuela Graduada, o declarará desierta la convocatoria –por medio de una resolución motivada- cuando no se presenten personas aspirantes idóneas para ocupar el cargo convocado.

6. La presente convocatoria se resolverá por medio de una resolución del Director Gerente de Atención Primaria de Mallorca, dictada por delegación de competencias de la Consejera de Salud, que se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

7. La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el cargo convocado de cuatro años de duración, que podrá ser renovado, sin perjuicio de lo previsto en el punto siguiente.

Al efecto de continuar en el cargo, la persona que resulte nombrada deberá superar una evaluación al acabar cada período de 4 años.

8. La persona titular del cargo provisto por libre designación podrá ser removida discrecionalmente por el órgano que la haya nombrado o por el que le sustituya en el ejercicio de la competencia y cesará por las causas siguientes:

  • Por no superar la evaluación al acabar cada período de cuatro años.
  • Por dejar de pertenecer a la plantilla del S.U.A.P. de Escuela Graduada.
  • Por renuncia expresa, aceptada por el órgano que lo designó.

9.  Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 5 de mayo de 2023)

La consejera de Salud PD El director gerente de Atención Primaria de Mallorca (B.O.I.B. 191/2020) ​​​​​​​Miquel Caldentey Tous