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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 331913
Notificación de la Resolución de rectificación de errores de la revocación parcial, Exp. 132 de fecha 3 de mayo de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha de 3 de mayo de 2023, dicta lo siguiente:

Informe propuesta de resolución por la que se rectifican unos errores materiales observados en la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, de 12 de abril de 2022 de revocación parcial

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1 Inversiones en las explotaciones agrarias

CONVOCATORIA: INEA 2019_1

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 208246

Código BDNS: 462613

Antecedentes

1.El 27 de marzo de 2023 el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA firma la resolución de revocación parcial de la ayuda concedida a Juan Oliver Sagrera, relativa a la línea de ayuda Inversiones en las Explotaciones Agrarias, con número de expediente INEA2019_1/132.

2. Dado que se han observado unos errores materiales en el anexo de la citada Resolución, por no haberse consignado correctamente las fuentes de financiación de la ayuda, es necesario rectificarlos.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, también establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

Propuesta de resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Rectificar los errores materiales observados en el anexo de la Resolución del vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA de 27 de marzo de 2023 de revocación parcial de la ayuda concedida a Juan Oliver Sagrera tal y como se indica en el anexo adjunto.

- Donde dice:

TITULAR

 

NIF

 

Nº EXPEDIENTE

 

Importe ayuda concedida

 

Importe ayuda justificada

 

Importe a revocar

FEADER

53%

AGE

14,10%

CAIB

32,90%

Anualidad

JUAN OLIVER SAGRERA

***1487**

INEA2019_1/132

14.990,70

12.978,00

432,00

228,96

60,91

142,13

2022

 

2

14.990,70

12.978,00

432,00

228,96

60,91

142,13

 

 

Nº BENEFICIARIOS

TOTAL AYUDA

 

 

TOTAL FEADER

TOTAL AGE

TOTAL CAIB

 

- Tiene que decir:

TITULAR

NIF

Nº EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Import ajuda justificada

Importe a revocar

CAIB 100%

Anualidad

JUAN OLIVER SAGRERA

***1487**

INEA2019_1/132

14.990,70

12.978,00

432,00

432,00

2022

 

14.990,70

12.978,00

432,00

432,00

 

2. Notificar esta Resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

El jefe de la Sección XVI Antonio Barceló Ávila

La jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

Conforme a la propuesta, en dicto resolución El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

(Firmado electrónicamente: 17 de mayo de 2023)

El secretario general de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández  Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)