Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 331870
Convocatoria de subvenciones en materia de alojamiento para los estudiantes de Sant Josep de sa Talaia matriculados en centros universitarios o de educación superior fuera de la isla de Ibiza
Por Decreto de Alcaldía núm. 2023-2119, de 17 de mayo de 2023, se ha aprobado la siguiente
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ALOJAMIENTO PARA LOS ESTUDIANTES DE SANT JOSEP DE SA TALAIA MATRICULADOS EN CENTROS UNIVERSITARIOS O DE EDUCACIÓN SUPERIOR FUERA DE LA ISLA DE IBIZA
1. Objeto
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia no competitiva a personas físicas residentes en el municipio de Sant Josep que temporalmente viven fuera de la isla de Ibiza, por motivos de estudios superiores, y en consecuencia deben hacer frente a los gastos ocasionados por una vivienda alternativa a la habitual.
2. Normativa aplicable
La presente convocatoria se somete a la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (BOIB n.º 95, de 17 de julio de 2021). También se somete esta convocatoria a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su desarrollo mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y al Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep para los ejercicios 2020-2022, aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2020 (BOIB n.º 112, de 20 de junio de 2020).
3. Consignación presupuestaria y cuantía de la ayuda
La cuantía máxima de las ayudas que pueden concederse en esta convocatoria es de 60.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 231 48057 con fondos de financiación municipal. La cuantía de la ayuda es de un máximo de 1.500,00 €.
En caso de que el total de ayudas que deban concederse supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
4. Requisitos generales
Todas las personas beneficiarias deben acreditar que a la fecha de la publicación del extracto de la presente convocatoria cumplen los siguientes requisitos:
a. Ser mayor de 18 años.
b. Cursar estudios superiores fuera de la isla de Ibiza.
c. Ser titular la persona solicitante o sus progenitores de un contrato de alquiler de vivienda o documento acreditativo de un alojamiento para el curso escolar 2022/2023.
d. Que la vivienda esté situada en territorio español y coincida con el lugar en el que se cursen los estudios.
e. La persona solicitante ha de estar empadronada en Sant Josep.
f. Acreditar residencia legal en España.
g. Que la renta de la vivienda sea igual o inferior a 1.500,00 € mensuales.
h. Estar al corriente de pago de las mensualidades.
i. Que los ingresos anuales de las personas que consten empadronadas en Sant Josep, sumados los de todos los convivientes, no superen los siguientes límites:
Estos ingresos deben acreditarse con los datos que constan en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria mediante el impuesto de la renta de las personas físicas del ejercicio 2021 (casillas 435 y 460).
j. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el artículo 25 del RLGS.
k. No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cumpliendo con lo que se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al ser éstas ayudas de cuantía a otorgar a cada beneficiario/a no superior al importe de 3.000 euros, la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realiza mediante la presentación por el solicitante de la declaración responsable. El modelo de declaración responsable aprobado para esta convocatoria es el anexo 3.
l) No tener deudas con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
No se pueden conceder las ayudas cuando la persona solicitante o quien tenga su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto de la ayuda se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación:
a. Tener parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda.
b. Ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador de la vivienda.
5. Régimen de las ayudas
5.1. La concesión de la subvención se realizará mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo pueden obtener subvención las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.
5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite y resolutorios o definitivos del presente procedimiento el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el de la web del Ayuntamiento y el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org, santjosep.sedelectronica.es).
5.3. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública, entes públicos, instituciones privadas u otros recursos. El importe de la subvención en ningún caso puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo que prevé el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las personas beneficiarias de estas ayudas están obligadas a informar al Ayuntamiento de todas las subvenciones recibidas con destino a la actividad objeto de subvención.
6. Solicitud, plazo de presentación y documentación
6.1. Las instancias se dirigen a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentan en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso se debe pasar aviso por correo electrónico a la dirección habitatge@santjosep.org.
6.2. Las personas solicitantes de la subvención deben adjuntar a la solicitud (anexo 1) la siguiente documentación:
1. Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.
2. Documentos de identidad de la persona solicitante (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y de los miembros mayores de 18 años que consten en el certificado de convivencia.
3. Certificado de matrícula de estudios del curso 2022/2023.
4. Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo es presentado por la persona solicitante y por cada uno de los miembros que consten en el certificado de convivencia mayores de 18 años.
5. Contrato en vigor de la vivienda o documento que lo acredite.
6. Acreditación del pago de las mensualidades desde el primer pago efectuado en el período subvencionable hasta el mes anterior a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes de la presente convocatoria (curso escolar 2022/2023).
7. Certificado de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2.
8. Anexo 3: declaración responsable firmada por la persona solicitante y titular del contrato de alquiler y por cada uno de los miembros que consten en el certificado de convivencia.
9. Acreditación de los ingresos de la persona solicitante y de las personas mayores de 18 años que consten en el certificado de convivencia. Estos ingresos deben acreditarse mediante la presentación de la declaración de la renta o autorización firmada (anexo 2).
10. Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados, o certificado de titularidad.
6.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.
6.4. Enmienda de defectos de las solicitudes
En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requiere que en el plazo de 10 días, a partir del día siguiente de la notificación, presente las rectificaciones o correcciones necesarias, con la indicación de que si no lo hace se entiende por desistida la solicitud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Órgano colegiado
El órgano colegiado realiza la valoración técnica de las solicitudes y eleva informe al órgano instructor, que formula la propuesta de resolución, que cuando sea definitiva eleva al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.
Está formado por los siguientes miembros:
Presidenta: la concejala de Vivienda o persona en quien delegue.
Vocales:
Secretaria de la corporación o persona en quien delegue.
El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:
8. Instrucción y resolución
8.1. El órgano instructor del procedimiento es una persona técnica del Departamento de Bienestar Social, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 12 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.
El órgano instructor, a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado, formula la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se notifica a los interesados y se les concede un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para presentar alegaciones y, en su caso, requerirles para que presenten la documentación que acredite la realidad de los datos afirmados en la declaración.
Examinadas las alegaciones que, en su caso, hubiesen presentado los/las interesados/as, el órgano instructor, previo informe del órgano colegiado, formula la propuesta de resolución definitiva, que debe expresar la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda.
La propuesta de resolución definitiva se eleva al órgano competente para resolver, que dicta resolución definitiva con la lista de los solicitantes que hayan obtenido ayudas y la cuantía de las ayudas concedidas, que se notifica de conformidad con lo expuesto en la base 5.2.
La resolución de la concesión, de acuerdo con el artículo 14a de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep, debe contener la relación de personas beneficiarias a las que se otorga ayuda con las cuantías individualizadas así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida, de solicitudes no atendidas.
8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación al artículo 10.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
La resolución es pública, de conformidad con lo que prevé el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el artículo 17 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.
El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de doce meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
9. Difusión de la subvención concedida
Por la naturaleza de esta subvención, no es preceptivo establecer medidas de difusión de la subvención concedida al beneficiario.
10. Reintegros
10.1. Es procedente el reintegro total o parcial de la ayuda concedida y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los siguientes casos:
a. El incumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda.
b. La obtención de la ayuda sin que se cumplan las condiciones requeridas para ello o cuando se alteren las condiciones tenidas en cuenta para su concesión, siempre que sea por causas imputables a la persona beneficiaria.
c. El incumplimiento grave de la obligación de justificar la finalidad de los fondos percibidos en la forma y plazos establecidos.
d. La negativa a someterse a las actuaciones de comprobación de control previstas legalmente o la obstrucción injustificada de estas actuaciones.
10.2. El procedimiento de reintegro debe iniciarse de oficio por resolución del órgano competente y debe regirse por los artículos 36 a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el título III del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por el artículo 27 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de las Subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
10.3. Las cantidades reintegrables tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser exigidas por la vía de apremio.
11. Protección de datos
La solicitud de ayuda de vivienda implica que la persona interesada autoriza al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia al tratamiento de los datos de carácter personal para la gestión de las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
12. Régimen de recursos
Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
— El recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a la desestimación presunta.
— O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación del acuerdo.
(Firmado electrónicamente: 18 de mayo de 2023
El alcalde Ángel Luis Guerrero Domínguez)
ANEXO 1 SOLICITUD DE AYUDA DE GASTOS DE ALOJAMIENTO PARA ESTUDIANTES
PERSONA SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
Domicilio:
Teléfono:
Correo electrónico:
REPRESENTANTE:
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
Domicilio:
Teléfono:
Correo electrónico:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA VIVIENDA
Tipo de vía: ………, nombre de la vía: .………………………………………, número: ………., escalera: ………., piso: ………, puerta……..., población: …............................ …………………………………………………………….., código postal: ……….
DATOS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA (empadronamiento)
n.º |
Parentesco |
Nombre y apellidos |
Fecha de nacimiento |
DNI/NIE |
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Solicitante |
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7 |
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EXPONGO:
Que considero que reúno los requisitos exigidos y quiero acogerme a la convocatoria de ayudas de alojamiento para estudiantes que realiza el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
SOLICITO:
Que se me conceda la subvención correspondiente.
Sant Josep de sa Talaia, ......... de .............................. de 2023
(firma)
ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
□ Anexo 1: solicitud mediante modelo normalizado.
□ Documentos de identidad de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 con los cuales está empadronado.
□ Certificado de matrícula del centro educativo.
□ Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo es presentado por el solicitante y titular del contrato y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.
□ Contrato en vigor de la vivienda o documento acreditativo.
□ Justificantes de estar al corriente de pago de las mensualidades.
□ Certificado de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2 rellenado.
□ Anexo 3: declaración responsable firmada por el solicitante y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.
□ Anexo 4: comunicación de la persona perceptora de la subvención.
□ Acreditación de los ingresos de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia con los que está empadronado, mediante la presentación de la declaración de la renta o autorización firmada (anexo 2).
□ Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad de cuenta a nombre del solicitante.
□ Título de familia numerosa.
□ Documentación acreditativa del reconocimiento de la situación de discapacidad.
ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
ANEXO 2 MODELO DE AUTORIZACIÓN
(A rellenar por cada una de las personas mayores de 18 años que consten empadronadas en el certificado de convivencia.)
Yo, .........................................................................................................................., con DNI/NIE ..................................., como posible beneficiario de las ayudas que otorga este Ayuntamiento para el alquiler.
AUTORIZO EXPRESAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA a solicitar información de carácter tributario o económico a la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Padrón Municipal, y que pueda comprobar y verificar los datos de carácter personal, de acuerdo con lo que se establece en el Real Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de Medidas de Simplificación Documental de los Procedimientos Administrativos.
Sant Josep de sa Talaia, .......... de ............................................... de 2023
Firma
ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
ANEXO 3 DECLARACIÓN RESPONSABLE
(A rellenar por cada una de las personas mayores de 18 años que consten empadronadas en el certificado de convivencia.)
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
Domicilio:
Teléfono:
Correo electrónico:
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:
Sant Josep de sa Talaia, ......... de ........................................ de 2023
ANEXO 4 COMUNICACIÓN DE LA PERSONA PERCEPTORA DE LA SUBVENCIÓN
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
Domicilio:
Teléfono:
Correo electrónico:
EXPONGO:
Que, a efectos de poder participar en la convocatoria de ayudas de vivienda para estudiantes del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
HACEMOS CONSTAR:
Que solicitamos que la subvención sea satisfecha en el siguiente número de cuenta corriente:
País |
D.C. IBAN |
Código de la entidad bancaria |
Código de la sucursal |
D.C. |
n.º de cuenta o libreta |
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Sant Josep de sa Talaia, ......... de ................................ de 2023
Firma
ANEXO 5 MODELO DE PODER DE REPRESENTACIÓN
NOMBRE:
DNI/NIE:
DOMICILIO AL EFECTO DE NOTIFICACIONES:
TEL.:
CORREO ELECTRÓNICO:
COMUNICO:
Que, al amparo del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, otorgo el poder de representación a fin de que lleve a cabo las actuaciones procedimentales que estime procedentes y actúe en mi representación y en la defensa de mis intereses, en el procedimiento de convocatoria de subvenciones en materia de ayuda de alquiler que se sigue en el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, a:
NOMBRE:
DNI/NIE:
DOMICILIO AL EFECTO DE NOTIFICACIONES:
TEL.:
CORREO ELECTRÓNICO:
Y en prueba de conformidad lo firmo en el lugar y fecha expresados:
Lugar y fecha:
Firma: