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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 331397
Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se corrigen errores en la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se convocan las subvenciones para apoyar proyectos culturales para el año 2023

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Industrias culturales de las Illes Balears de 2 de mayo de 2023, se aprobó la convocatoria de subvenciones para apoyar proyectos culturales para el año 2023.

2. Se ha detectado un error en el apartado 6.1 de la resolución mencionada.

Fundamentos del derecho

1. De acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, estas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo esto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1.i) de los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 50/2018, de 21 de diciembre, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar el apartado 6.1 de la Resolución de 2 de mayo de 2023 por la que se convocan las subvenciones para apoyar proyectos culturales para el año 2023, en el siguiente sentido:

Donde dice:

6.1. El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas al ICIB, se iniciará el 12 de mayo de 2023 y se extenderá hasta el 12 de junio de 2023, ambos incluidos.

Tiene que decir:

6.1. El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas al ICIB, se iniciará el 12 de mayo de 2023 y se extenderá hasta el 2 de junio de 2023, ambos incluidos.

2. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

(Firmado electrónicamente: 18 de mayo de 2023) El presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears Miquel Company Pons