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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 324929
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre el Proyecto de aparcamiento al aire libre en Cala d’Hort, T.M. Sant Josep de sa Talaia (153A/2022)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de abril de 2023,

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

1.El proyecto de aparcamiento al aire libre en Cala d'Hort (T.M. Sant Josep de sa Talaia) está incluido en el punto 10 del grupo 10 del anexo 1 del Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares: Proyectos en espacios naturales protegidos - Aparcamientos, dado que se localiza íntegramente dentro de espacio red natura 2000.

2.El EIA se expuso al público el 13 de mayo de 2021 (BOIB n.º 62), y la tramitación a seguir es la establecida en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y el Decreto Legislativo 1/2020.

3.Por lo que, después de haber sido sometida a evaluación de impacto ambiental ordinaria, con carácter previo a su autorización administrativa, es procedente formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 21/2013.

Antecedentes

1. En fecha 28/05/2020 tiene entrada en la CMAIB oficio del órgano sustantivo de inicio de EIA simplificada del proyecto.

2. En fecha 26/06/2020 la CMAIB remite al órgano sustantivo y promotor del proyecto resolución del presidente de la CMAIB sobre la sujeción a EIA ordinaria del proyecto, de fecha 10/06/2020, dado que este se ubica íntegramente dentro de espacio red natura 2000 (resolución n.º 96/2020).

Información del proyecto

El objeto del proyecto es un aparcamiento al aire libre en el polígono 29, parcela 18, de Cala d'Hort (T.M. Sant Josep de sa Talaia), con una ocupación de 6.918,06 m² en el extremo norte de la parcela, con una superficie total de 80.339 m², afectando a tres bancales contiguos a la carretera de Cala d'Hort, prácticamente desprovistos de vegetación, con el objeto de resolver los problemas de seguridad y movilidad en el ámbito de la playa de Cala d'Hort.

En la actualidad, existe en la parcela referida una actividad no autorizada de aparcamiento de vehículos particulares, así como de acceso de autobuses turísticos y de excursiones, en la franja litoral de la parcela, en el cauce del torrente, a lo largo de toda la carretera PMV-803-1 y en parcelas vecinas. Se prevé cerrar con rocas el acceso a los bancales que actualmente son utilizados cuando el torrente y la carretera están llenos, y se descompactará la superficie por medios mecánicos para fomentar su regeneración natural.

Según el EIA, se prevé condicionar una zona de campos de cultivo inactivos, periódicamente labrados, para un estacionamiento de pago de vehículos al aire libre, para 161 plazas para vehículos (7 de ellas adaptadas para personas con movilidad reducida), 17 plazas para motocicletas y 3 para autobuses.

Las actuaciones previstas serán las siguientes:

1. Ejecución de medidas de protección contraincendios con una superficie aproximada de 2.000 m², al sur y al este del ámbito de actuación, consistentes en reducción de la masa de combustible vegetal, reducción de la cubierta arbustiva de hasta el 30%, eliminación de pies arbóreos separados menos de 6 m y poda de ramas de árboles hasta los 3 m de altura.

2. Preparación del terreno (nivelación y compactación).

3. Instalación de una caseta de madera de 8,96 m² para las tareas de cobro y control del aparcamiento. Dispondrá de una cubierta de madera con placas solares para suministrar la energía necesaria para luminarias tipo LED de la caseta, así como de una marquesina de 6,75 m² y un banco para la espera de los usuarios del microbús que enlaza con la playa. El aparcamiento no dispondrá de alumbrado exterior.

4. Instalación de cerramientos y acabados, incluyendo la delimitación de las plazas de aparcamiento con tablones o traviesas de madera, rampas para salvar los diferentes desniveles existentes, zonas de vegetación forestal con especies autóctonas, papeleras, valla tejana, bolardos delimitadores y señalización vertical de madera. En total, los cerramientos serán de 84,5 m en el lado de la carretera y de 133,65 m en el interior del aparcamiento.

5. Replantación de sabinas en el interior del aparcamiento, respecto a aquellas que deban ser retiradas de las actuales paredes secas que deben demolerse. Este material se empleará para hacer nuevos muros de mampostería con mortero en el interior del aparcamiento.

6. El presupuesto estimado de ejecución del proyecto es de 71.000 euros, con un plazo previsto de duración de las obras de veinte a treinta días. Los residuos generados en la fase de ejecución del proyecto serán reutilizados en la misma obra o en canteras con plan de restauración aprobado, o bien separados para su entrega a gestor autorizado, en función de su tipología.

Elementos ambientales significativos del entorno al proyecto

De acuerdo con el Plan Territorial de Ibiza (2005), el ámbito de actuación está calificado como suelo rústico protegido, área natural de especial interés de alto nivel de protección (SRP-AANP) y forma parte del LIC ES5310032 «Cap Llentrisca – Sa Talaia». Se encuentra afectado por área de prevención de riesgos (APR) de incendios. Según el IV Plan Forestal de las Islas Baleares (2015-2024), se corresponde con una zona con alto riesgo de incendio forestal.

Según el EIA, la vegetación natural en torno a la parcela, corresponde a un mosaico de campos de cultivo en general en estado inactivo, que alternan con zonas forestales arbustivas más o menos densas del típico pinar sabinar ibicenco, que corresponde a una etapa intermedia entre las asociaciones Cneoro tricocci – Pistacietum lentisci, Rosmarino – Eiricion multiflorae, presentándose también brugueras o tomillares del Teucrio piifontii – Corydothymetum capitati. Destaca la presencia del endemismo Diplotaxis ibicensis, relativamente abundante en la parcela, pero no en los terrenos directamente afectados por el proyecto. Tampoco se localizan hábitats de interés comunitario (HIC) dentro del espacio proyectado como aparcamiento.

De acuerdo con la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad, las especies animales más relevantes que se pueden encontrar en la zona son lagartijas (Podarcis pityusensis), especie de interés comunitario incluida en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y en el anexo II de la Ley 42/2007, y algunas aves incluidas en la Directiva Aves 2009/147/CE, como la terrera común (Calandrella brachydactyla), la cogujada montesina (Galerida theklae), o el endemismo balear Sylvia balearica, entre otros.

La zona de estudio se sitúa sobre la masa de agua subterránea 2005M1 «Cala Tarida», acuífero profundo en mal estado cualitativo y cuantitativo, y moderada vulnerabilidad a la contaminación. El curso de agua superficial más próximo al espacio proyectado como aparcamiento se localiza a unos 125 m de distancia (torrent de ses Alfàbies).

De acuerdo con el EIA, en la parcela o en su entorno próximo no existe ningún elemento o conjunto patrimonial protegido, catalogado o inventariado en el Catálogo de Patrimonio del Municipio de Sant Josep de sa Talaia. Debe destacarse, en todo caso, la presencia de paredes secas que separan los bancales de cultivos de la finca, algunas de ellas parcialmente derruidas.

Resumen del proceso de evaluación

4.1 Fase de información pública y de consultas

En el BOIB n.º 62, de 13 de mayo de 2021, se publica el trámite de información pública de declaración de interés general y de evaluación ambiental del proyecto durante un plazo de treinta días. También se publica anuncio en la sede electrónica del Consell Insular de Ibiza.

De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 21/2013, se llevaron a cabo las consultas siguientes a las administraciones públicas afectadas por el proyecto:

Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo, de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad:

Se concluye que:

Considerando los elementos del entorno, las características de las obras correspondientes a la documentación aportada, el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo informa como administración pública afectada que:

1. Época de peligro de incendios forestales: se cumplirán las medidas de prevención durante la época de peligro de incendios forestales establecidas en la Directiva 98/37/CE, de 22 de junio, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre máquinas, en cuanto a las determinaciones con relación al riesgo de incendio y en el art. 8.2.c. del Decreto 125/2007. Este artículo hace referencia a la utilización de maquinaria y equipos, en terreno forestal y áreas contiguas de prevención, que puedan generar deflagración, chispas o descargas eléctricas susceptibles de provocar incendios forestales, en estos casos se debe disponer, para uso inmediato, de extintores de mochila cargados y de las herramientas adecuadas que permitan sofocar cualquier conato que se pudiera provocar. Así mismo, las obras se realizarán preferentemente fuera de la época de riesgo de incendios, es decir, por norma general entre el 16 de octubre y el 30 de abril, quedando en todo caso paralizadas los días de máximo riesgo de incendio.

2. Franja de prevención de incendios forestales: las medidas de creación de una franja de autoprotección y su mantenimiento que aparecen en el proyecto son adecuadas siempre que tengan una anchura mínima de 30 m. La restauración de parte de la zona de aparcamiento actual no debe conllevar un aumento del riesgo de incendio.

3. Durante la época de peligro de incendios y, en cualquier caso, cuando haya una emergencia, debe estar garantizado el paso a la finca para los servicios de emergencias, tal como se especifica en el art. 7 del Decreto 125/2007.

4. Los operarios participantes en las obras serán instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar, en las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio y conocerán el número telefónico de comunicación en caso de incendios forestales (112).

5. En cualquier caso, os recordamos la responsabilidad de los propietarios del desempeño de la legislación adecuada según el tipo de instalación o construcción y del uso responsable de los medios o de los daños que un incendio forestal pueda causar.

Servicio de Planificación en el Medio Natural, de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad:

Se concluye que:

Informo favorablemente la declaración de interés general en suelo rústico un aparcamiento público al aire libre, en el polígono 28, parcela 60, en Cala d'Hort, en el Término Municipal de Sant Josep de sa Talaia, en el ámbito del LIC ES5310032 – Cap Llentrisca – Sa Talaia, promovido por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, siempre que se cumplan los condicionantes siguientes:

  • Se apliquen todas las medidas correctoras y protectoras detalladas en el EIA.
  • Las obras eviten el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, para evitar perturbaciones y molestias a la fauna durante la época más sensible, la nidificación.
  • Durante la ejecución de la obra, cada tipo de residuo se recoja separadamente para su gestión adecuada de acuerdo con el RD 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, y el resto de normativa aplicable. No se vierta o abandone ningún tipo de residuo al medio natural, y se tomen las medidas necesarias para evitar la dispersión de los residuos por el viento fuera de los recipientes.
  • Se minimice la generación de ruido y vibraciones durante la ejecución de las obras en lo posible, adoptando las medidas de insonorización y de mantenimiento necesarias para que la maquinaria se ajuste a las limitaciones establecidas por el RD 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
  • No se instalen papeleras individuales, únicamente un punto de recogida selectiva agrupado y vigilado, siempre que se pueda garantizar la correcta gestión de los residuos depositados.
  • La señalización instalada se adaptará al manual de señalización de los espacios de relevancia ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio, y por tanto deberá ser consensuada con los técnicos de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio antes de su instalación.
  • Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, de la DG de Residuos y Educación Ambiental:

Se considera que:

Primera. En el documento que tiene por título Proyecto modificado. Solicitud de declaración de interés general para aparcamiento al aire libre en el polígono 28, parcela 60 – Cala d'Hort. Sant Josep de sa Talaia Islas Baleares, en el apartado 1.3.- Oportunidad y conveniencia de la localización propuesta (Pág. 9, último párrafo) se establece que «La parte no ocupada por la edificación se mantiene en su estado natural, no se realizan movimientos de tierra, abancalamientos, ni transformación del perfil natural del terreno, por lo que no se altera su naturaleza rústica».

En cambio, tanto en el Documento de Síntesis (Pág. 9) como el Estudio de Impacto Ambiental (Pág. 87) sí que se prevé el movimiento de tierras («Preparación del terreno. Consiste en el movimiento de tierras hasta la nivelación a las cotas de proyecto y la compactación del terreno»).

Debe indicarse que si se producen movimientos que requieran la aportación de tierras de otros lugares, puede ser de aplicación la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de colmatado y obras distintas a aquellas en que se generaron.

Segunda. En el Documento de Síntesis (Apartado 3.3.4) Residuos, en el cuadro donde se hace mención a los residuos generados, se procede a que estos residuos sean designados según la decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532, sobre la lista de residuos, en conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Lista Europea de Residuos), sobre todo, para aquellos residuos definidos como «Defectuosos y rotos, recortes ...» que tienen como destino canteras con plan de restauración aprobado.

Los planes de restauración aprobados de las canteras deben prever específicamente los residuos de construcción y demolición u otras tipologías de residuos de cara a su colmatación, por este motivo, se debe dar cumplimiento al artículo 53. Valorización en canteras que dispongan de un plan de restauración de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares.

En caso de no ser factible la gestión de residuos en cantera, estos deberán ser gestionados mediante las instalaciones autorizadas, sean públicas o privadas.

Tercera. En el documento Estudio de Impacto Ambiental, en el apartado 5.6.1 «Residuos previsiblemente generados. La obra no generará residuos de tipología RCDs (residuos de construcción y demolición). Tampoco se genera ningún tipo de residuo peligroso)», en cambio, se aporta la tabla de la pág. 93 que hace mención también a los diferentes tipos de residuos generados y concretamente los «Defectuosos y rotos, recortes ...» que tienen como destino canteras con plan de restauración aprobado.

El Servicio de Residuos y Suelos Contaminados hace las mismas consideraciones que en el apartado anterior.

Se concluye que:

Se informa favorablemente el Proyecto modificado. Solicitud de declaración de interés general para aparcamiento al aire libre en el polígono 28, parcela 60 – Cala d'Hort. Sant Josep de sa Talaia (Islas Baleares) teniendo en cuenta las Consideraciones técnicas anteriores.

Sección de Medio Ambiente, del Consell Insular d'Eivissa:

Se concluye que:

Se está de acuerdo con la valoración de impactos y en la valoración global del proyecto que se hace tanto en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) como el Estudio de Repercusiones Ambientales (ERA).

Considerando las características del proyecto, en el conjunto de las medidas correctoras, de prevención y minimizadoras, además de las características del ámbito de actuación, no se prevén impactos significativos derivados de la ejecución y funcionamiento del proyecto.

Todo lo anterior, si se añade como medida minimizadora que el mantenimiento de la franja de protección contraincendios también se realice fuera de la época de nidificación de aves y el mantenimiento de los ejemplares de gran porte de sabinas (Juniperus phoenicea) en su ubicación original.

Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

Análisis técnico del expediente

1. Alternativas

En el EIA se plantean las siguientes alternativas:

La alternativa 0 (no ejecución del proyecto). Supondría mantener la situación actual de aparcamiento incontrolado de vehículos, con los problemas derivados de seguridad y de movilidad existentes en el ámbito de la playa de Cala d'Hort (obstrucción del cauce del torrente, ocupación de los arcenes de la carretera...)

Respecto de las alternativas de ubicación del aparcamiento, según el EIA, la alternativa propuesta, que afecta a una superficie de 6.918,06 m² en el extremo norte del polígono 29, parcela 18, donde se localizan tres bancales contiguos a la carretera de Cala d'Hort, prácticamente desprovistos de vegetación, se considera la más idónea por su proximidad a la cala, accesibilidad directa desde la carretera, tipología de la superficie afectada (campos de cultivo) e impacto ambiental provocado, y superficie disponible. Se descartan todos aquellos emplazamientos afectados por APR de erosión o de deslizamiento, y por servidumbre de protección de costas.

En cuanto a alternativas de actividad, de acuerdo con el EIA, considerando las normativas urbanísticas y de protección ambiental existentes sobre estos terrenos, no puede plantearse otra actividad productiva y oportuna diferente a la propuesta, a excepción del cultivo de secano. En todo caso, esta alternativa no resolvería los problemas de seguridad y de movilidad en la playa de cala d'Hort.

En cuanto a las alternativas de capacidad del aparcamiento, según el EIA, una vez descartadas las superficies afectadas por APRs y servidumbres, la superficie disponible es la que se propone para el proyecto. Esta superficie limita y condiciona el número de plazas de aparcamiento a implantar (161 automóviles, 17 motocicletas y 3 autobuses).

Respecto de las alternativas de diseño general, de acuerdo con el EIA, el diseño propuesto se adapta a las normativas técnicas de este tipo de instalaciones, y proporciona un buen aprovechamiento de la superficie disponible. Los elementos de cierto volumen (caseta, marquesina) se minimizan, y se utilizan únicamente materiales naturales.

En cuanto a las alternativas de abastecimiento energético, se plantean tres posibilidades: conexión a la red general soterrada a la carretera colindante, autoconsumo mediante paneles fotovoltaicos y modelo mixto, eligiéndose la segunda alternativa como la más idónea, desde el punto de vista ambiental.

2. Principales impactos de la alternativa escogida y su corrección

Se identifican y valoran los impactos durante las fases de ejecución y funcionamiento. Considerando la naturaleza y características de los proyectos a ejecutar, no se prevé fase de desmantelamiento.

a) Suelo y subsuelo

Durante las obras, el tratamiento y manejo inadecuado de los materiales de obra, especialmente arenas, cementos y materiales de excavación, puede suponer la alteración de la morfología del entorno de la obra, por arrastre de materiales a causa de aguas pluviales y depósito de los mismos en el entorno. En todo caso, entre las medidas correctoras, se prevé minimizar los acopios de materiales y dejarlos protegidos de la lluvia y del viento. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que para los terrenos del entorno del ámbito de actuación, que se encuentran actualmente compactados por el aparcamiento incontrolado de vehículos, se prevé su descompactación por medios mecánicos.

b) Emisiones

Durante la fase de ejecución, las actuaciones previstas en el proyecto, como el acopio de materiales de obra y el uso de maquinaria, pueden afectar a la calidad del aire (emisiones de ruidos y vibraciones, polvo...), a pesar de que tanto el volumen de material necesario, como el tiempo de ejecución de la obra, es muy reducido. Por otro lado, durante la fase de funcionamiento, se producirán ruidos por el tráfico de los vehículos de los usuarios del aparcamiento.

Entre las medidas correctoras de estos impactos, se prevé el riego periódico con agua para menguar la producción de polvo o la revisión periódica de la maquinaria.

c) Movilidad

Según el EIA, la grave problemática actual de movilidad en la playa de Cala d'Hort (saturación del espacio para aparcar, colapso del tráfico por vehículos aparcados a ambos lados de la carretera, colapso por taponamiento en el actual aparcamiento del torrente...) se pretende resolver con el aparcamiento proyectado. Debe tenerse en cuenta la implantación de medidas (rocas) para evitar el estacionamiento en estas zonas, una vez se encuentre operativo el nuevo aparcamiento.

Por otro lado, la movilidad inducida por las obras no se considera significativa.

d) Flora

Los terrenos objeto de estudio se encuentran prácticamente desprovistos de vegetación y sin afección por HIC o especies singulares. En todo caso, los ejemplares arbustivos de sabina que puedan verse afectados por el proyecto, localizados junto a las paredes secas existentes, serán replantados en los espacios creados para separación de los espacios interiores del aparcamiento, o en su defecto serán replantados en los campos colindantes por el oeste, afectados por el estacionamiento incontrolado de vehículos en la actualidad, que serán restaurados. Así mismo, se considera que el proyecto tendrá un efecto positivo, principalmente, sobre la especie Diplotaxis ibicensis, pinos y sabinas, a causa de la eliminación del aparcamiento incontrolado existente en la actualidad en otros lugares de la parcela, donde figuran estas especies (franja litoral...).

e) Fauna

Durante la fase de obras, se considera que la reducción de biomasa vegetal del entorno del ámbito de actuación (unos 2 m³ de pinar-sabinar), como medida de prevención de incendios, puede traducirse en un cambio de las especies de aves presentes. En todo caso, estas tareas se ejecutarán fuera del periodo de nidificación de las aves (15 de marzo - 15 de julio).

Por otro lado, se prevé que en los campos colindantes por el oeste en la zona de estudio se deposite toda la piedra obtenida en el cribado del suelo del aparcamiento, y que no vaya a reutilizarse en la construcción de las nuevas paredes de mampostería. Esta piedra se distribuirá por los campos a restaurar, creando acumulaciones de piedras que puedan servir de refugio y de zona de cría a la lagartija pitiüsa (Podarcis pytiusensis), como una de las medidas compensatorias de la ocupación de terreno para el aparcamiento proyectado. También se fomentará la biodiversidad de quirópteros y algunas aves con la instalación de cajas nido.

f) Residuos

La obra no generará RCDs, ni residuos peligrosos. Se prevé que los residuos generados durante la fase de ejecución del aparcamiento sean reutilizados en la misma obra o depositados en cantera con plan de restauración aprobado (restos de áridos, material de demolición de las paredes secas...), según su estado, así como su entrega a gestor autorizado, en el caso de envases, cajas de cartón...

Por otro lado, el EIA prevé la instalación de papeleras para los usuarios en el ámbito de actuación. En todo caso, debe tenerse en cuenta que el Servicio de Planificación en el Medio Natural considera que estas deben ser sustituidas por un único punto de recogida selectiva agrupado y vigilado, siempre que se pueda garantizar la correcta gestión de los residuos depositados por los usuarios.

g) Energía

La caseta de control del nuevo aparcamiento estará dotada de placas solares en su cubierta, para cubrir su demanda energética. Por otro lado, debe tenerse en cuenta el consumo energético del microbús que enlazará el aparcamiento con la playa. En todo caso, de acuerdo con el EIA, se considera que este consumo será muy inferior al consumo del tráfico de los vehículos particulares en la actualidad.

Respecto del consumo energético durante la fase de obras, se considera poco significativo.

h) Recursos hídricos

Durante la fase de funcionamiento del proyecto, no se prevé consumo de agua, ni generación de aguas residuales. En todo caso, se debe tener en cuenta, durante la fase de obras, el riesgo de contaminación de las aguas subterráneas por vertidos accidentales de sustancias contaminantes.

i) Áreas de prevención de incendios

Dado que la zona de estudio se corresponde con una ZAR, se prevé la reducción de biomasa forestal en una superficie de aproximadamente 2.000 m², al sur y al este del ámbito de actuación, con vegetación poco densa o dispersa, como medida de protección contraincendios. Esta medida será mantenida durante la fase de funcionamiento del aparcamiento y consistirá en la reducción de la cobertura arbustiva de hasta el 30%, eliminación de pies arbóreos separados menos de 6 m entre sí y poda de ramas de arbolado hasta los 3 m de altura.

Así mismo, según el EIA, los trabajos que requieran el uso de herramienta de corte, soldadura y cualquier otra maquinaria generadora de chispas, se ejecutarán exclusivamente fuera del periodo de riesgo de incendio, es decir, entre el 30 de octubre y el 1 de abril.

j) Paisaje

Durante las fases de obras y de funcionamiento del proyecto, se prevé un impacto paisajístico, principalmente, por los acopios de materiales de obra, maquinaria y por la presencia de vehículos durante la época estival. Por un lado, el EIA prevé, durante las obras, la disposición de los acopios en aquellos lugares donde se reduzca su visibilidad desde el exterior.

Por otro lado, respecto del impacto paisajístico durante la fase de funcionamiento, el promotor aporta un proyecto de integración paisajística del nuevo aparcamiento, en el que se determina que este solo será visible desde el tramo de carretera colindante, aproximadamente unos 118 m, proponiendo una barrera vegetal en este tramo con especies arbóreas y arbustivas autóctonas, como la sabina, el pino o la mata, entre otros. Así mismo, se prevén otras medidas compensatorias en la parte de la parcela afectada en la actualidad por el aparcamiento incontrolado de vehículos, como la recuperación de cultivos extensivos de secano de arbolado agrícola, la restauración de paredes secas y, en los campos colindantes por el oeste, la restauración de la vegetación forestal.

k) Actividades económicas

El proyecto tendrá un efecto positivo, puesto que supone una mejora en las condiciones de explotación de la playa de Cala d'Hort como punto de atracción turística y recreativa, y un aumento de la calidad del servicio prestado al turista, sobre todo por la mitigación de los problemas de movilidad existentes y que repercuten negativamente en el nivel de satisfacción del visitante.

4.3 Seguimiento ambiental

Se presenta un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para el seguimiento de las medidas ambientales propuestas para minimizar los impactos, tanto en la fase de construcción como la de funcionamiento. No queda claro si la incorporación de todas estas medidas, así como su seguimiento, disponen de una partida específica dentro del presupuesto del proyecto.

Conclusiones

Por todo lo anterior, se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del “Proyecto de aparcamiento al aire libre en Cala d'Hort (T.M. Sant Josep de sa Talaia)”, al concluirse que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos, siempre que se cumplan todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas en el EIA y en el proyecto de integración paisajística aportado por el promotor, documentación firmada por el Sr. Bartolomé Planas, biólogo, de DUNA Consultoras, con fechas enero de 2021 y marzo de 2020, respectivamente, y además se cumplan los condicionantes siguientes:

1. Antes de ejecutar el proyecto, y teniendo en cuenta a las distintas administraciones competentes, todos aquellos lugares del entorno próximo a la cala susceptibles de ser utilizados como aparcamiento de vehículos, deberán quedar inhabilidados con sistemas efectivos e integrados en el entorno que eviten el aparcamiento, y deberá procederse a su restauración a su estado natural.

2. De acuerdo con el Servicio de Planificación en el Medio Natural:

  • Las obras deben evitar el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, para evitar perturbaciones y molestias a la fauna durante la época más sensible, la nidificación.
  • Durante la ejecución de la obra, cada tipo de residuo se debe recoger separadamente para su gestión adecuada de acuerdo con el RD 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, y el resto de normativa aplicable. No se vertirá o abandonará ningún tipo de residuo al medio natural, y se tomarán las medidas necesarias para evitar la dispersión de los residuos por el viento fuera de los recipientes.
  • Se debe minimizar la generación de ruido y vibraciones durante la ejecución de las obras en lo posible, adoptando las medidas de insonorización y de mantenimiento necesarias para que la maquinaria se ajuste a las limitaciones establecidas por el RD 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
  • Se instalará únicamente un punto de recogida selectiva agrupado y vigilado, siempre que se pueda garantizar la correcta gestión de los residuos depositados.
  • La señalización instalada se adaptará al manual de señalización de los espacios de relevancia ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio, y por tanto deberá ser consensuada con los técnicos de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio antes de su instalación.

3. Respecto de la faja de autoprotección de al menos 30 m de anchura contraincendios en todo el perímetro del aparcamiento, se deberá respetar en todo caso la vegetación arbustiva y arbórea del entorno. En caso de que no sea posible ejecutar esta faja hacia fuera de la zona destinada a aparcamiento sin afectar a la vegetación natural existente, deberá dejarse un espacio de amortiguamiento de la misma anchura dentro del aparcamiento.

4. Según el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo:

  • Las obras se realizarán preferentemente fuera de la época de riesgo de incendios, es decir, por norma general entre el 16 de octubre y el 30 de abril, quedando en todo caso paralizadas los días de máximo riesgo de incendio.
  • Durante la época de peligro de incendios y, en cualquier caso, cuando haya una emergencia, debe estar garantizado el paso a la finca para los servicios de emergencias, tal como se especifica en el art. 7 del Decreto 125/2007.
  • Los operarios participantes en las obras serán instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar, en las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio y conocerán el número telefónico de comunicación en caso de incendios forestales (112).
  • De acuerdo con la Sección de Medio Ambiente del Consell Insular d'Eivissa, deberán mantenerse los ejemplares de gran porte de sabinas (Juniperus phoenicea) en su ubicación original.

5. Durante la ejecución de las obras, se deberán llevar a cabo riegos periódicos con agua pluvial o regenerada para minimizar la producción de polvo, así como tener en cuenta buenas prácticas para evitar la emisión de contaminantes a la atmósfera:

https://www.caib.es/sites/atmosfera/es/d/guia_por_el_control_de_las_emisiones_de_pulso_de_la_construccion_y_demolicion-30632/

6. Dado que el ámbito de actuación se localiza sobre acuífero con moderada vulnerabilidad a la contaminación, se atenderá a lo que dispone el anexo I de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Islas Baleares y de medidas tributarias: «Durante la ejecución de las obras, deben adoptarse las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias».

7. Se deberá definir un perímetro de protección de estacionamiento de vehículos alrededor de los árboles y arbustos plantados, con el objeto de evitar la compactación del terreno en la zona de las raíces y favorecer la infiltración de agua.

8. Considerando la ubicación del aparcamiento dentro de red natura 2000 y la existencia de viviendas en las proximidades del emplazamiento del aparcamiento, el plan de vigilancia ambiental deberá incluir un seguimiento de los ruidos generados durante cada una de las fases del proyecto, para garantizar el cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de ruidos.

9. En caso de una eventual fase de desmantelamiento de la actividad, deberá garantizarse la restauración del terreno afectado por el proyecto en su estado natural, así como la gestión de los residuos generados.

10. El presupuesto del proyecto de urbanización deberá contener una partida específica relativa a la incorporación de las medidas ambientales y su seguimiento.

Por otro lado, se recuerda que:

  • En la época de peligro de incendios forestales se cumplirán las medidas de prevención durante la época de peligro de incendios forestales establecidas en la Directiva 98/37/CE, de 22 de junio, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre máquinas, en cuanto a las determinaciones con relación al riesgo de incendio y al art. 8.2.c. del Decreto 125/2007. Este artículo hace referencia a la utilización de maquinaria y equipos, en terreno forestal y áreas contiguas de prevención, que puedan generar deflagración, chispas o descargas eléctricas susceptibles de provocar incendios forestales, en estos casos debe disponerse, para uso inmediato, de extintores de mochila cargados y de las herramientas adecuadas que permitan sofocar cualquier conato que se pudiera provocar.
  • Según el Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, en caso de que durante las obras se produzcan movimientos que requieran la aportación de tierras de otros lugares, puede ser de aplicación la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de colmatado y obras distintas a aquellas en que se generaron.

Así mismo, en relación con los residuos procedentes de las obras del proyecto que se deseen destinar a canteras con plan de restauración aprobado, estos planes deben prever específicamente los residuos de construcción y demolición u otras tipologías de residuos de cara a su colmatación, debiendo dar cumplimiento al artículo 53 Valorización en canteras que dispongan de un plan de restauración de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares.

  • El aparcamiento deberá dotarse de puntos de carga para vehículos eléctricos, así como reservar plazas para uso exclusivo de vehículos libres de emisiones, en cumplimiento de las prescripciones de los artículos 64 y 65 de la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.

Esta DIA se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.

 

(Firmado electrónicamente: 16 de mayo de 2023)

La secretaria general Catalina Inés Perelló Carbonell Por suplencia del presidente de la CMAIB (BOIB núm. 26, de 28/02/2023)