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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 322735
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2023 por el cual se modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de agosto de 2021 por el cual se declara inversión de interés autonómico la construcción de una residencia para personas mayores dependientes en el municipio de Sant Llorenç d’Es Cardassar (BOIB núm. 113 de 24 de agosto de 2021)

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Texto

La Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, en el artículo 4, establece que son inversiones de interés autonómico las declaradas como tales por el Gobierno de las Illes Balears por su especial relevancia para el desarrollo económico y social en su ámbito territorial.

En cuanto a la declaración y tramitación de estas inversiones, el artículo 5 de la Ley 4/2010 establece que la declaración de una inversión de interés autonómico es adoptada por el Consejo de Gobierno a propuesta de un consejero o consejera en el ámbito de su respectiva competencia. Esta declaración se puede acordar en cualquier momento de la tramitación administrativa, pero solo tendrá efecto a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. Las inversiones de interés autonómico tienen que tener en sus diferentes trámites administrativos un impulso preferente y rápido, ante cualquier administración de las Illes Balears.

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el artículo 7, dispone que un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social se considera como una inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo.

Para la declaración de un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social como una inversión de interés autonómico, el Consejo de Gobierno de las Illes Balears tiene que identificar los terrenos donde se ubica o se tiene que ubicar el equipamiento público, indicar la administración a la cual corresponde la titularidad, determinar el uso concreto que se tiene que dar al equipamiento y señalar el sistema general de equipamiento en el suelo al cual se adscribe o, en su caso, informar de la clasificación y la calificación urbanística del equipamiento si este ya existe.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2010 (BOIB n.º 190, de 30 de diciembre de 2010), se otorgó la autorización para crear el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears, fruto de la fusión de los consorcios de recursos sociosanitarios y asistenciales de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera. Así, se autorizó s la consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración para que subscribiera el correspondiente convenio de colaboración con el resto de administraciones consorciadas para crear el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares.

En los Estatutos del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears, insertados como anexo en el convenio mencionado, se prevé que con la denominación Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears se constituye una entidad para impulsar, programar, ejecutar, promover y financiar la creación de infraestructuras, de equipmientos, de instalaciones y, en general, de todo tipos de recursos sociosanitarios y asistenciales en las Illes Balears.

En el artículo 5 de los Estatutos referidos se prevé que el Consorcio tiene como finalidades programar, impulsar, ejecutar, promover y financiar:

- La construcción de infraestructuras de nueva planta de carácter sociosanitario, asistenciales y sociales.

- La rehabilitación, la modificación y la adaptación de inmuebles y otras edificaciones para destinarlos a usos sociosanitarios, asistenciales o sociales.

- El equipamiento de instalaciones y centros sociosanitarios, asistenciales y sociales.

- La creación de cualquier otro tipo de recursos sociosanitarios, asistenciales y sociales.

En fecha 26 de enero se comunicó al Consorcio que, en fecha 21 de marzo de este año, el Ayuntamiento de Sant Llorenç adoptó el acuerdo por el cual realiza una manifestación formal de voluntad de cesión de inmuebles de titularidad municipal a favor del Consorcio de Recursos Sociosanitarios de dos parcelas rústicas situadas a las siguientes parcelas:

- Parcela 119 del polígono 7, con referencia catastral 07051A007001190000DM

- Parcela 654 del polígono 7, con referencia catastral 07051A007006540000DB

Ambas parcelas constituyen la finca registral número 3744 inscrita en Registro de la Propiedad de Manacor n.º 1.

Actualmente las parcelas están clasificadas como suelo rústico.

Mediante Acuerdo de la Junta Rectora de fecha 15 de diciembre de 2020 se aprobó el Plan de Actuaciones para el año 2021, que incluye lo siguiente:

«E.1.a.- Actuaciones de promoción de nuevas infraestructuras sociosanitarias

Objetivos específicos

- Tramitación y promoción de los nuevos equipamientos sociosanitarias que sean necesarios por el cumplimiento de las competencias propias y en colaboración con otras administraciones.

- Colaboración con las entidades locales que soliciten la posterior incorporación en el Plan de Actuaciones para la Ampliación de la Red Pública de Servicios Sociales. En cumplimiento del que se establece en su punto 3 del Plan de Actuaciones de las Illes Balears, el Consorcio colaborará con las nuevas entidades locales que quieran formalizar su incorporación en el Plan.

- Colaboración con la D.G. de Planificación, Equipaciones y Formación para tramitar los proyectos de actuaciones en residencias públicas que se acojan a la Modalidad 2 del Plan de Actuaciones para la Ampliación de la Red Pública de Servicios Sociales; mediante el apoyo para la elaboración de los expedientes necesarios para la elaboración de los convenios de colaboración para la mejora de las residencias públicas existentes, para generar nuevas plazas que puedan ser incorporadas en la Red Pública de Servicios Sociales.»

Al respecto, la Memoria justificativa de la necesidad de la declaración de inversión de interés autonómico de la residencia para personas mayores dependientes en el municipio de Sant Llorenç, emitida por el gerente del Consorcio en fecha 5 de agosto de 2021, establece que en la conformación actual de la XPAD se constata la carencia de servicios residenciales y la saturación de las plazas residenciales públicas de titularidad de las diferentes administraciones. La realidad de ocupación y reserva, y las listas de espera de la Red Pública de Atención a la Dependencia nos indican claramente la insuficiencia actual de recursos.

En la sesión de 23 de agosto de 2021 (BOIB n.º 113 de 24 de agosto), el Consejo adoptó el Acuerdo de declarar inversión de interés autonómico la construcción de una residencia para personas mayores dependientes en el municipio de Sant Llorenç d'Es Cardassar, que se situará a las parcelas 119 y 654 del polígono 7, con las referencias catastrales 07051A007001190000DM y 07051A007006540000DB respectivamente; ambas parcelas constituyen la finca registral número 3744 inscrita en Registro de la Propiedad de Manacor n.º 1, y actualmente las parcelas están clasificadas como sol rústico.

En fecha 16 de noviembre de 2021, el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sant Llorenç subscribieron el convenio para la cesión de la propiedad de la finca registral 3744, que constituye las parcelas 119 y 654 del polígono 7, a los efectos de llevar a cabo las obras de construcción de una residencia para personas mayores dependientes.

En fecha 22 de noviembre de 2022, se subscribió una adenda para la modificación del convenio de colaboración entre el Consorcio y el Ayuntamiento de Sant Llorenç para la construcción de una residencia para personas mayores dependientes, en que se prevé que el Ayuntamiento cede, durante el plazo de ejecución de las obras de la residencia, al Consorcio el uso de la parcela con referencia catastral 07051A007090210000DO (polígono 7, parcela 9021), con el fin de que se pueda realizar el suministro de agua, saneamiento, electricidad, telefonía, fibra óptica y cualquier otro servicio en la finca 3744, propiedad del Consorcio, en la cual se construirá la residencia para personas mayores dependientes.

Una vez finalizadas las canalizaciones que se tienen que realizar en la parcela 07051A007090210000DO, el uso del vial y de sus terrenos se devolverá al Ayuntamiento, al cual corresponde realizar el mantenimiento y reparaciones de los servicios instalados. Una vez finalizadas las obras en el vial que se tiene que realizar en la finca 3744 de Sant Llorenç, el Consorcio se compromete a que este vial esté abierto y sea de uso general. Una vez determinada la parte de la finca 3744 que constituirá el equipamiento de la residencia, el resto del terreno que forma parte de la declaración de interés autonómico será devuelto en el Ayuntamiento.

En fecha 28 de abril de 2023, el gerente del Consorcio emitió la Memoria justificativa de la necesidad de la modificación de la declaración de inversión de interés autonómico para incluir las obras de saneamiento, suministro eléctrico, de agua y de telecomunicaciones para la residencia para personas mayores dependientes en el municipio de Sant Llorenç. Se hace constar que de este modo el ámbito en la cual se desarrolla la declaración de interés autonómico de la construcción de la residencia y sus suministros estará formado por las siguientes parcelas catastrales: 119, 654 y 9021 del polígono 7 del municipio de Sant Llorenç.

El Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de acuerdo con el artículo 2.1.e de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y según la disposición adicional primera, punto 1, y el anexo 1 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 21 de 15 de febrero); atendiendo a las sucesivas modificaciones.

Asimismo, en el artículo 2.5 a) de la mencionada regulación se atribuye a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, a trav´es de la Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación, la competencia en materia de planificación de la política de servicios sociales, fomento de la construcción de equipamientos de servicios sociales y fomento de las inversiones en servicios sociales.

Sobre la base de las anteriores previsiones, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en la sesión del día 15 de mayo de 2023 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Modificar el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de agosto de 2021 (BOIB n.º 113 de 24 de agosto de 2021) por el cual se declara inversión de interés autonómico la construcción de una residencia para personas mayores dependientes en el municipio de Sant Llorenç d'Es Cardassar, que se situará en las parcelas 119 y 654 del polígono 7, con las referencias catastrales 07051A007001190000DM y 07051A007006540000DB respectivamente; ambas parcelas constituyen la finca registral número 3744 inscrita en Registro de la Propiedad de Manacor n.º 1, y actualmente las parcelas están clasificadas como sol rústico.

Al respeto, se incluye dentro del ámbito de afectación la parcela con referencia catastral 07051A007090210000DO (polígono 7, parcela 9021), en la cual se tienen que realizar las obras de suministro de agua, saneamiento, electricidad, telefonía, fibra óptica y otros servicios de la residencia en la finca 3744 de Sant Llorenç, propiedad del Consorcio.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Sant Llorenç d'Es Cardassar.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 15 de mayo de 2023

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez