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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 321769
Convocatoria de becas de formación práctica para estudiantes universitarios del Ayuntamiento de Santanyí

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Texto

Referencia Base de Datos Nacional de Subvenciones:  694916

Por resolución de la alcaldía del Ayuntamiento de Santanyí de fecha 12 de mayo de 2023, se ha aprobado la convocatoria que ha de regir la concesión de becas de formación práctica para estudiantes universitarios en el Ayuntamiento de Santanyí.   

CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS EN EL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Artículo 1. Objeto y finalidad

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto regular la concesión de las becas de formación práctica destinadas a estudiantes de grado, máster universitario o título propio de la Universidad de las Illes Balears o de cualquier universidad del estado español para realizar prácticas en determinadas áreas y unidades del Ayuntamiento de Santanyí.

1.2. Los objetivos de estas becas son:

a. Ofrecer una formación práctica que contribuya a garantizar una mejor calificación profesional a estudiantes de estudios universitarios.

b. Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en la que los/las estudiantes tendrán que operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.

c. Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.

d. Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.

Artículo 2. Régimen de la concesión y marco normativo

2.1. Las becas objeto de esta convocatoria se conceden en régimen de concurrencia competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y se rigen por: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; el Real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas; las Bases generales reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Santanyí, aprobadas en sesión de Pleno ordinario de 27 de diciembre de 2022; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social; y el Real decreto 592/2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Asimismo, deberá tenerse en cuenta la normativa propia de cada universidad en materia de prácticas.

2.2. Las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, son compatibles con las becas objeto de esta convocatoria.

Artículo 3. Personas beneficiarias

3.1. Podrán ser beneficiarios de las becas objeto de esta convocatoria las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Ser estudiantes de grado, máster universitario o título propio de la Universidad de las Illes Balears o de cualquiera otra universidad del estado español, matriculados este curso 2022-2023 en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las competencias básicas que se deben adquirir con la realización de las prácticas.

b) Los alumnos solicitantes deben cumplir con la normativa reguladora de las prácticas académicas externas o de las prácticas extracurriculares de sus respectivas universidades con anterioridad a la finalización del plazo para optar a la beca y deberán acreditarlo documentalmente.

c) Contar con número de la Seguridad Social.

d) Estar empadronados/as en el municipio de Santanyí antes de la publicación en el BOIB de esta convocatoria.

3.2. Los peticionarios deben estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias, incluidas las municipales, y no ser deudores de reintegro de subvenciones.

3.3. El mero hecho de presentar la solicitud de las becas de formación práctica supone aceptar esta convocatoria.

Artículo 4. Documentación

Los peticionarios deben presentar los siguientes documentos:

1. Impreso de solicitud (instancia) debidamente cumplimentada indicando lugar y duración de las prácticas solicitadas.

2. DNI /NIE del interesado.

3. Conjunto de declaraciones responsables del Anexo 2.

4. Acreditación matriculación curso 2022-2023.

5. Un certificado de créditos/asignaturas aprobadas.

6. Documentación acreditativa del número de la Seguridad Social.

7. Datos de la cuenta corriente para la transferencia bancaria.

8. La documentación que se estime conveniente para acreditar el cumplimiento por parte de los peticionarios de los criterios establecidos.

Artículo 5. Lugar y plazo para presentar las solicitudes

5.1. Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de las siguientes formas:

TELEMÁTICAMENTE: a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santanyí (https://www.ajsantanyi.net/es). Para poder llevar a cabo un registro telemático es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico o Cl@ve pin.

PRESENCIALMENTE: En el Registro General del Ayuntamiento de Santanyí (de 09:00 horas a 14:00 horas de lunes a viernes) o en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. También se puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, deben presentarse los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

5.2. El plazo establecido para presentar solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOIB.

Artículo 6. Criterios de selección

El orden de preferencia entre los solicitantes que cumplan los requisitos previstos en el artículo 4 de esta convocatoria será únicamente el de entrada en el Registro General del Ayuntamiento.

Artículo 7. Cuantía

La cuantía de la beca -que debe ser abonada por el Ayuntamiento- se fijará en función del número de horas de prácticas que el estudiante realice al día. El importe hora/práctica vendrá determinado por la normativa de cada universidad, con el límite máximo de 6,30 €/hora brutos. A la retribución se le aplicará un 2 por ciento de retención de IRPF, que se restará a las cantidades brutas. El pago de la subvención se realizará mensualmente durante el tiempo que duren las prácticas, en concepto de nómina.

El Ayuntamiento abonará a la Seguridad Social la cuota empresarial de cotización correspondiente al becario, establecida según el RD 1493/2011, de 24 de octubre.

Artículo 8. Crédito presupuestario

El importe máximo de esta convocatoria es de seis mil euros (6.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 16-32603-4870101.

Artículo 9. Becas ofertadas

9.1. CONTRATACIÓN

Becas ofertadas: 1

Departamento responsable: Contratación Pública

Personal responsable del becario: TAG del departamento de Contratación Pública

Titulación académica del estudiante: Grado en Derecho, Grado en ADE, Grado en Económicas o doble Grado en ADE-Derecho

Tareas a desarrollar dentro del departamento:

- estudio, actualización del estado y control de los expedientes

- redacción de documentación administrativa (informes, pliegos de cláusulas administrativas, oficios, entre otros)

Horas a realizar: hasta un máximo de 600 horas

9.2. SECRETARÍA

Becas ofertadas: 1

Departamento responsable: Secretaría

Personal responsable del becario: Secretario del Ayuntamiento

Titulación académica del estudiante: Grado en Derecho, Grado en ADE o doble Grado en ADE-Derecho

Tareas a desarrollar dentro del departamento:

- apoyo en materia administrativa y presupuestaria a los departamentos de juventud, deportes, servicios sociales y medio ambiente (procedimiento administrativo, contratación y gestión del presupuesto)

Horas a realizar: hasta un máximo de 600 horas

9.3. CULTURA

Becas ofertadas: 1

Departamento responsable: Cultura

Personal responsable del becario: Técnica de Cultura

Titulación académica del estudiante: Grado en Humanidades, Grado en Historia del Arte, Grado en Bellas Artes y Grado en Historia

Tareas a desarrollar en el departamento:

- catalogación del patrimonio cultural, principalmente artístico, del fondo del Ayuntamiento de Santanyí

- colaboración con las actividades culturales del departamento de Cultura

Horario: preferentemente de mañana con disponibilidad horaria de tardes, vísperas y fines de semana para apoyar los actos culturales del departamento

Horas a realizar: hasta un máximo de 600 horas

Artículo 10. Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de la subvención es por concurrencia competitiva teniendo en cuenta el orden de preferencia previsto en el artículo 6. Este procedimiento se iniciará de oficio, por resolución de Alcaldía que aprobará la convocatoria y ordenará su publicación en la BDNS y en el BOIB.

La concejalía de Educación es el órgano competente para tramitar las solicitudes de esta convocatoria e instruir el procedimiento, si bien la competencia para resolverlo y conceder las subvenciones corresponde a la Alcaldía.

El órgano instructor, asistido por los servicios técnicos de este Ayuntamiento que emitirá un informe, deberá determinar si las solicitudes son completas y conformes con el contenido de esta convocatoria, en caso contrario, requerirá a los solicitantes para que en el plazo de 10 días hábiles presenten la documentación o las aclaraciones requeridas, con indicación de que si no lo hacen se les tendrá por desistidos de su solicitud.

Posteriormente, dictará una propuesta de resolución, que debe publicarse en la página web, para que las personas interesadas, en el plazo máximo de 10 días hábiles, puedan alegar lo que consideren oportuno. Se entenderá que las personas que no presentan alegaciones aceptan la subvención en los términos de la propuesta de resolución.

La propuesta de resolución que se ha convertido en definitiva o la resolución expresa de la Alcaldesa, si resulta necesaria dada la presentación de alegaciones a la propuesta, finalizan el procedimiento de concesión de la subvención. Esta resolución también se publicará en la página web del Ayuntamiento y se notificará a las personas beneficiarias y al órgano correspondiente de las universidades interesadas.

Las resoluciones de alcaldía que conceden o deniegan la ayuda solicitada ponen fin a la vía administrativa.

El plazo máximo para resolver el procedimiento y para notificarlo es de seis meses desde el día en que se publica la convocatoria en el BOIB.

En todo caso, deberá firmarse un convenio con las universidades correspondientes que regulará los aspectos académicos, los términos de la colaboración que deben regir entre las partes signatarias (estudiante, representante de la Universidad y representante del Ayuntamiento) y cualquier otra circunstancia que resultare procedente. Asimismo, se tendrán que cumplir todos los trámites necesarios previos a la firma de este convenio y especialmente aquellos que hacen referencia al registro de la oferta de prácticas para acoger a estudiantes.

Artículo 11. Publicación

Esta convocatoria se publicará en la BDNS, en el BOIB y en la página web del Ayuntamiento.

 

Documento firmado electrónicamente al margen (Santanyí, 15 de mayo de 2023

La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat

 

ANEXO I CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS, DE MÁSTER Y TÍTULO PROPIO EN EL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ CURSO 2022/2023 SOLICITUD

DATOS PERSONALES

Nombre y apellidos: ____________________________________________________________

Dirección: ____________________________________________________________________

Población y código postal: _______________________________________________________

Teléfono móvil: _______________________________________________________________

Correo electrónico: _____________________________________________________________

DNI / NIF: ___________________________________________________________________

EXPONGO:

Que estoy cursando estudios de _______________________________________ en la Universidad _______________________________.

Que cumplo con los requisitos para ser beneficiario de la subvención __________________________________________, publicada en el BOIB núm. ___________, de fecha _________________.

Que estoy empadronado/a en el municipio de Santanyí.

SOLICITO: Tomar parte en esta convocatoria

En el Departamento municipal siguiente (indicar el Departamento por orden de preferencia):

1º_______________________________

2º_______________________________

3º_______________________________

Durante el período: ____/ ____/ _____ a ____/ ____/ _____ y ​​con una duración de ___________ horas

Santanyí, _______________________de 2023

Firma del solicitante

 

 

 

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

 

DOCUMENTACIÓN ADJUNTADA

(   ) Solicitud cumplimentada (ANEXO I)

(   ) Fotocopia DNI/NIF del/la solicitante o documento equivalente

(   ) Certificado o documento equivalente de créditos/asignaturas aprobadas

(   ) Conjunto de declaraciones responsables (ANEXO II)

(   ) Datos de la cuenta corriente para la transferencia bancaria

(   ) Comprobante de la matrícula curso 2022-2023

(   ) Acreditación número Seguridad Social

Información sobre el tratamiento de datos personales

Conforme al Reglamento 2016/679 General de Protección de Datos y LO 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD) informamos al/la solicitante que trataremos los datos personales facilitados en los términos que se exponen a continuación:

Responsable: Ayuntamiento de Santanyí - Plaza Mayor, 12, 07650, Santanyí (Illes Balears)

Delegado de Protección de Datos: dpo@ajsantanyi.net

Finalidad: Gestionar las peticiones y solicitudes.

Legitimación: El cumplimiento de una obligación legal y el ejercicio de poderes públicos conferidos al Responsable.

Conservación: Los datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad mencionada, respetando en todo caso lo que determine la normativa de archivo aplicable.

Destinatarios: El Responsable podrá comunicar a las empresas que presten servicios relacionados, así como a autoridades competentes en la materia.

Derechos: Las personas solicitantes pueden revocar el consentimiento (si ésta es la legitimación), ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación, supresión, oposición o portabilidad, dirigiéndose por escrito al registro del Ayuntamiento o al Delegado de Protección de Datos dpo@ajsantanyi.net. Se debe adjuntar una fotocopia del DNI o firmar el correo electrónico con una firma electrónica reconocida.

Reclamación: Puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

 

ANEXO 2 CONJUNTO DE DECLARACIONES RESPONSABLES DATOS DEL/LA SOLICITANTE

Nombre y apellidos: ______________________________________ DNI/NIF: _____________

Calle o plaza: _____________________________________Núm.: ______Piso:_____________

Localidad y CP: _______________________________________________________________

Teléfono: _____________________Correo electrónico: ________________________________

DECLARO bajo mi responsabilidad:

- que no incurro en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones, ni el artículo 6 de las Bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Santanyí aprobadas en sesión de Pleno ordinaria de 27 de diciembre de 2022.

- que estoy al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no soy deudor por reintegro de ninguna subvención.

- que voy a cumplir con el deber de confidencialidad sobre los asuntos que pueda conocer a consecuencia de la participación en los correspondientes procedimientos administrativos.

Asimismo, AUTORIZO al Ayuntamiento de Santanyí a obtener de oficio los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, en el procedimiento de otorgamiento de becas para prácticas externas.

Santanyí, ___________________________ de 2023

(Firma solicitante)