Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 315963
Aprobación oferta pública de colocación 2023
Por Decreto de Alcaldía n.º 2023-1691, de 8 de mayo de 2023, se ha dictado la resolución siguiente:
«DECRETO
Antecedentes
1. Propuesta del delegado especial de Personal a la MGNC al objeto de aprobar la oferta de colocación pública para el año 2023, de acuerdo con las previsiones de los Presupuestos Generales del Estado, Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
2. La Mesa General Negociadora Común al personal funcionario y laboral, en la sesión extraordinaria 3/2023, de 4 de mayo de 2023, acordó aprobar la oferta pública de colocación 2023.
3. Por resolución de Alcaldía n.º 2022/3854 se resolvió integrar a Miquel Àngel Llull Febrer dentro de la plantilla del Ayuntamiento de Manacor como trabajador indefinido no fijo y con la categoría de profesor de música, con una jornada de 17,5 horas/semana (que corresponde al 50% de la jornada completa fijada en el Ayuntamiento).
4. Informe jurídico de la jefa TAG de recursos humanos, de 8 de mayo de 2023.
Fundamentos de derecho
Primero. El art. 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local determina que las Corporaciones locales formularán públicamente su oferta de colocación pública con los criterios fijados en la normativa básica estatal.
El art. 70 del TREBEB prevé:
«1. Las necesidades de recursos humanos, cono asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
2. La oferta de empleo público o instrumento similar, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, deberá ser publicada en el diario oficial correspondiente.»
Segundo. El artículo 20.Dos de la Ley 31/2023, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023, regula la oferta de ocupación y determina que se articulará a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos: Tasa de reposición de efectivos del 120% para los sectores prioritarios y del 110% para el resto de sectores. Y por aquellos ayuntamientos que tengan amortizada la deuda financiera a 31 de diciembre de 2022, 120% para todos los sectores.
También se prevé una tasa de reposición de efectivos del 125% para las Policías Locales, que también tienen la consideración de sectores prioritarios.
Para el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, el apartado Tres prevé que el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplica sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hayan incorporado al referido ejercicio, por cualquier causa, excepto en los supuestos del apartado Tres.4, o reingresado desde situaciones que no comporten la reserva de puestos de trabajo.
A estos efectos se computan los ceses por jubilación, retirada, muerte, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración.
Añade la posibilidad, apartado 8, a que se incremente la tasa de reposición de efectivos con las altas y bajas registradas durante el ejercicio en curso (2023), hasta la fecha de aprobación de la oferta. Para hacerlo, la oferta se tendrá que aprobar dentro del primer semestre del ejercicio. Estas plazas se restarán de la tasa de reposición del ejercicio siguiente.
Esta situación se da con una plaza de Agente de Policía que ha causado baja por jubilación en fecha 5 de febrero de 2023.
No computan en la tasa de reposición de efectivos y por tanto no se tienen en cuenta para su cálculo, en conformidad con el apartado Tres.4:
b) las plazas que se convoquen por promoción interna.
La MGNC en la sesión extraordinaria 3/2023 ha acordado por unanimidad incorporar a la OPC de 2023 las plazas de administrativo/va y trabajador/a familiar por promoción interna.
c) Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial.
El Ayuntamiento de Manacor integró en la plantilla un profesor de música a media jornada, en conformidad con el decreto de Alcaldía 2022/3854.
Tercero. De acuerdo con el art. 37.1.l) los criterios generales sobre las ofertas de colocación pública serán objeto de negociación.
Cuarto. La competencia para aprobar la oferta de colocación pública corresponde al alcalde presidente de la Corporación, de acuerdo con el art. 21.1g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO
1. Aprobar la Oferta Pública de Colocación para el ejercicio 2023 siguiente:
- Tasa de reposición de efectivos del cuerpo de la Policía Local del 125%:
* Agente policía
* Agente policía
* Agente policía
* Agente policía
- Plaza por promoción interna:
* Administrativo/va
* Trabajador/a familiar
- Plaza de Profesor/a de música declarado por sentencia judicial como trabajador/a laboral indefinido no fijo de plantilla, con una jornada de 17,5 horas/semana (que corresponde al 50% de la jornada completa fijada por el Ayuntamiento).
2. Remitir esta resolución a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma, en conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»
Manacor, 11 de mayo de 2023
El regidor delegado especial de Promoción Económica Joan Gaià Mascaró