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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 315473
Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca de 13 de abril de 2023 (corrección de errores de 11 de mayo de 2023), por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial del área operativa del Servicio de Bomberos de Mallorca sobre el procedimiento de reclasificación de las categorías de bombero –a conductor -a, cabo y operador –a de comunicaciones y de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal del Servicio de Bomberos del Consell Insular de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 13 de abril de 2023 (corrección de errores aprobada en sesión de 11 de mayo de 2023), ha adoptado el acuerdo siguiente:

“Atendido:

1. La disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, de concesión de créditos suplementarios por<A[por|para]> atender gastos inaplazables derivados de sentencias judiciales pendientes de pago en el ámbito de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2018, y de modificación del Decreto Ley 2/2018, de 18 de octubre, por<A[por|para]> el cual se establecen ayudas y otras medidas urgentes para<A[por|para]> reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, determina que los cuerpos de bomberos de las administraciones locales pertenecen en la escala<A[escalera|escala]> de administración especial y que cada administración local clasificará el personal funcionario operativo de los servicios de prevención y extinción de incendios (SPEIS) de acuerdo con la estructura de subescalas<A[subescaleras|subescalas]>, clases y categorías que prevé, de forma que los/las cabos y cabos  especialistas, los/las bomberos –as y bomberos –as especialistas y los/las operadores –as de comunicaciones quedan<A[quedan|restan]> encuadrados dentro del subgrupo C1, escala<A[escalera|escala]> operativa básica, subescala<A[subescalera|subescala]> de servicios especiales y clase de extinción de incendios.

También, prescribe que las administraciones locales, en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta Ley, adaptarán sus relaciones de puestos de trabajo a aquello que disponen los apartados anteriores y que, igualmente, en el plazo de cinco años, los funcionarios de la escala<A[escalera|escala]> operativa básica pasarán a integrarse en el subgrupo C1, una vez acreditada la formación y superado el proceso selectivo que se determine. Los funcionarios de la escala<A[escalera|escala]> operativa básica que en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la Ley no consigan acreditar el requisito de titulación pasarán a la situación de «a extinguir» en el subgrupo C2, excepto que obtengan la titulación requerida.

2. El informe de valoración de puestos de trabajo, encargado por<A[para|por]> el Consell de Mallorca a Rodríguez Viñals Asesores de Administración Local, para el estudio, análisis, catalogación y valoración de los puestos de trabajo clasificados en la escala básica del Servicio de Bomberos del Consell de Mallorca.

3. El Acuerdo de la Mesa Sectorial del área operativa del Servicio de Bomberos de Mallorca sobre el procedimiento de reclasificación de las categorías de bombero –a conductor -a, cabo y operador –a de comunicaciones y de modificación de la Relación de Puestos<A[Lugares|Sitios]> de Trabajo del personal del Servicio de Bomberos del Consell Insular de Mallorca, adoptado en sesión celebrada el día 5 de abril de 2023.

Por<A[Por|Para]> todo el expuesto, el Consejero<A[consejero|conseller]> Ejecutivo de Hacienda y Función Pública propone al Pleno del Consell Insular de Mallorca la adopción del siguiente

ACUERDO

Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial del área operativa del Servicio de Bomberos de Mallorca sobre el procedimiento de reclasificación de las categorías de bombero –a conductor -a, cabo y operador –a de comunicaciones y de modificación de la Relación de Puestos<A[Lugares|Sitios]> de Trabajo del personal del Servicio de Bomberos del Consell Insular de Mallorca, adoptado en sesión celebrada día 5 de abril de 2023, cuyo contenido es el siguiente:

A) Reclasificación automática

Con el fin de facilitar el acceso del mayor número de personal a la reclasificación, se prevé que el personal que no reúna los requisitos de titulación y/o la acreditación del conocimiento de la lengua catalana correspondiente al nivel B2 de nivel de catalán, también pueda tomar parte en el proceso de manera condicionada y si en el futuro puede acreditar estos requisitos, se le reclasificará de forma automática.

B) Promoción interna excepcional

Si al haber finalizado estos procesos permanece personal funcionario de carrera que no se haya podido reclasificar por falta de titulación, se llevará a cabo un procedimiento de promoción interna excepcional al amparo de la disposición adicional séptima de la Ley 3/2007 de Función Pública, en el cual se eximirá del requisito de titulación si se acreditan 10 años de antigüedad, o 5 años con la realización de un curso específico organizado por la Dirección Insular de Función Pública.

C) Procedimiento selectivo simplificado

El procedimiento de selección constará de un único ejercicio tipo test<A[test|tiesto]>, que se extraerá de una batería de 125 preguntas sobre el temario aprobado que se tiene que publicar en las dos lenguas oficiales en la Sede electrónica del Consell de Mallorca.

El ejercicio constará de 30 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta, más 5 preguntas de reserva.

Las preguntas que se contestan correctamente tienen una valoración de un punto, las preguntas no contestadas (en blanco o más de una opción de respuesta) y las contestadas incorrectamente no se valoran ni se penalizan. Para superar el ejercicio se tiene que obtener una puntuación mínima de 15 puntos.

La duración del ejercicio es de 35 minutos y se llevará a cabo de forma presencial.

D) Incremento de las retribuciones vinculadas a la modificación de la Relación de Puestos<A[Lugares|Sitios]> de Trabajo

Los puestos<A[lugares|sitios]> de trabajo afectados por el proceso de reclasificación pasarán a tener una adscripción al subgrupo C1.

Derivado de las conclusiones del Estudio, análisis, catalogación y valoración de los puestos<A[lugares|sitios]> de trabajo clasificados en la escala básica del servicio de Bomberos del Consell de Mallorca, los puestos<A[lugares|sitios]> de trabajo incrementarán el complemento de destino<A[destinación|destino]> de la manera siguiente:

  • los puestos<A[lugares|sitios]> de bombero –a conductor –a pasarán del CD 15 al 18
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de bombero –a conductor –a GRM pasarán del CD 15 al 19
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de gestor -a de emergencias pasarán del CD 18 al 20
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de cabo de bomberos -as pasarán del CD 18 al 20
  • los puestos de cabo de bomberos -as GRM pasarán del CD 18 al 21

Se exceptúan los puestos de<A[lugares|sitios]> bombero-a conductor-a GRM, de cabo, de cabo GRM y de gestores –as de emergencias que no se reclasifiquen y permanezcan en el subgrupo C2 a extinguir, los cuales, por imperativo legal, no pueden exceder el nivel 18 de complemento de destino<A[destinación|destino]>.

También derivado del mencionado Estudio, se modificará el complemento específico de la manera siguiente:

  • los puestos<A[lugares|sitios]> de bombero –a conductor –a pasarán del CE 36 al 39
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de bombero –a conductor –a GRM pasarán del CE 39 al 41
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de gestor -a de emergencias pasarán del CE 40 al 36
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de cabo de bomberos -as pasarán del CE 39 al 42
  • los puestos<A[lugares|sitios]> de cabo de bomberos -as GRM pasarán del CE 42 al 44
  • los puestos de sargento de jefatura pasarán del CE 43 al 44
  • el puesto<A[lugares|sitios]> de suboficial –a pasará del CE 39 al 46

Se exceptúan los puestos<A[lugares|sitios]> de gestor-a de emergencias ocupados actualmente, los cuales permanecerán a extinguir con el complemento específico 40.

E) Cambio automático de nivel de Carrera Profesional

El personal que se reclasifique y acceda al subgrupo de clasificación C1, experimentará de forma automática una subida del nivel de complemento a cuenta de carrera que tenga reconocido en el subgrupo C2, de manera que pasará a percibir la cuantía del nivel correspondiente al subgrupo superior.”

Palma, a la fecha de la firma electrónica (11 de mayo de 2023)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública (Decreto de 26-01-2021, BOIB nº. 12, de 28 de enero) Josep Lluís Colom Martínez