Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 315239
Oferta de empleo público municipal para 2023
(Exp. nº 563/2023)
Resolución de alcaldía
Hechos.
El presupuesto general y la plantilla de personal fueron aprobados por acuerdo del pleno del ayuntamiento de 29 de diciembre de 2023 (Butlletí Oficial de les Illes Balears, BOIB, nº 12, de 26.01.2023).
En la reunión de la mesa de negociación de 10 de mayo de 2023 se oído el parecer favorable de la delegada del personal funcionario del ayuntamiento.
Fundamentos de derecho.
Artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido del Estatuto básico del empleado público; artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; y artículo 128 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; sobre la oferta de ocupación pública.
Artículo 20,dos,1,c de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, sobre la oferta de empleo público.
Artículos 34 y 37,1,l) del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, sobre lea mesas de negociación y las materias objeto de negociación.
Resolución
En ejercicio de la atribución conferida por el artículo 21,1,g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, resuelvo:
- Aprobar la oferta de ocupación pública del Ayuntamiento de Alaró para el año 2023.
Personal funcionario de carrera:
Denominación: Policía local
Escala: Básica
Categoría: Policía
Grupo: C
Subgrupo: C1
Procedimiento selectivo: ordinario, turno libre
Número de plazas vacantes: 1
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, pueden interponerse, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes des de su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, 11 de mayo de 2023
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló