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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 312513
Resolución de la regidora delegada de recursos humanos de día 9 de mayo de 2023, por la cual se da audiencia a las personas interesadas en el recurso de reposición presentado contra las bases que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir como funcionarios de carrera siete (7) plazas de la administración general y especial del Ayuntamiento de Llucmajor, mediante el sistema de promoción interna

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Texto

ANTECEDENTES

Primero.- Que en fecha 4 de abril de 2023 se publicó en el BOIB n.º 42 el Acuerdo de la Junta de Gobierno, de día 8 de febrero de 2023, mediante el cual se aprueba, entre otros, la convocatoria y bases del concurso-oposición para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, 7 plazas correspondientes a la escala de Administración general y especial incluidas a las ofertas públicas de ocupación de los años 2021 y 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor,

Segundo.- Que contra el mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno, se ha interpuesto recurso potestativo de reposición.

Tercero.- Visto el recurso de reposición interpuesto, es procedente abrir un trámite de audiencia previo a la resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De acuerdo con el artículo 105.c) de la Constitución Española, la ley tiene que regular el procedimiento a través del cual se tienen que producir los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia de las personas interesadas.

En este sentido, la regulación general de la audiencia al interesado se contiene en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en lo sucesivo LPACAP, el párrafo segundo del cual establece que «Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, pueden alegar y presentar los documentos y las justificaciones que consideren pertinentes.».

Y, más concretamente, en materia de recursos administrativos, el artículo 118 de la LPACAP, en cuanto a la audiencia de los interesados, establece una regla especial e indica en su apartado segundo que si hubiera otros interesados se los dará, en todo caso, traslado del recurso para que en el plazo antes mencionado, aleguen todo lo que estimen procedente.

Segundo. De acuerdo con la previsión del artículo 45,1.a) de la LPACAP, procede la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, puesto que el párrafo primero establece que:

“Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.”

En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación, cuando el acto tenga por destinatario una pluralidad indeterminada de personas.

En consecuencia,

RESUELVO:

Primero.- Dar audiencia a todas las personas interesadas en el recurso potestativo de reposición presentado contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno de día 8 de febrero de 2023 (BOIB n.º 42 de 4 de abril de 2023) por un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOIB, a fin de que puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes. Este recurso se encuentra a disposición de las personas interesadas en las oficinas del Servicio de Recursos Humanos, situadas en la Calle Constitución, n.º 6, 2.ª planta, de Llucmajor, de lunes a viernes hábiles, de 9 a 14.00 horas.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como a la página web del Ayuntamiento de Llucmajor.

Contra este acto administrativo, que es de mero trámite, no se puede interponer ningún recurso administrativo, sin perjuicio del que sea procedente contra los actos que se dicten en resolución del recurso interpuesto.

 

Llucmajor, 10 de mayo de 2023

El alcalde Eric Jareño Cifuentes