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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 308962
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears, por la cual se aprueba la segunda ampliación de crédito de la convocatoria de subvenciones SOIB Dona 2022-2024, cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), con fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género del Ministerio de Igualdad y con fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales

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Texto

Hechos

El Servicio de Empleo de las Illes Balears es un organismo autónomo creado por la Ley 7/2000, de 15 de junio, que de acuerdo con sus estatutos tiene como funciones gestionar las políticas activas de ocupación; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, ocupación, formación y formación en alternancia con la ocupación, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; adaptar la formación y recualificación para la ocupación de las personas trabajadoras, así como otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y mejorar las condiciones de las personas trabajadoras.

Mediante la resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 4 de agosto de 2022 (BOIB nº 106 de 11 de agosto), se aprobó la convocatoria de subvenciones SOIB Dona 2022-24, para fomentar la contratación de mujeres víctimas de violencia machista en proyectos de inserción laboral.

Esta convocatoria de SOIB Dona está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la CAIB 2021-2023, aprobado por el acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2021 (BOIB nº 175, de 23 de diciembre) en la línea IV. Igualdad IV.1.17 Subvenciones destinadas a financiar los gastos que deriven del coste salarial para contratar mujeres víctimas de violencia machista desocupadas (SOIB Dona), y se rige por la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2013 que establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de ocupación gestionadas por el SOIB.

Esta convocatoria ha tenido una dotación inicial de 5.350.0000 €, de los cuales 1.350.000 € se destinan a la anualidad 2022 y 2.000.000 € para cada una de las anualidades 2023 y 2024.

El punto 3 del apartado tercero de la convocatoria prevé que, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se puede aumentar el importe consignado inicialmente en la convocatoria, mediante una resolución de modificación de la convocatoria, sin tener que ampliar el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo que establece el artículo 3.3.b) de las bases reguladoras.

Por otro lado, y en cuanto al plazo para presentar solicitudes, el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria establece que tiene que permanecer abierto desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 30 de septiembre de 2024, o hasta agotar el crédito (en caso de que sea anterior a esa fecha) y se haga público por parte del SOIB, con la publicación en el BOIB de la resolución mediante la cual se informe que se ha agotado el crédito disponible.

Dado que el crédito destinado al 2022 resultaba insuficiente para atender las solicitudes que ya se habían presentado, y visto que se dieron las disponibilidades presupuestarias que lo hacían posible, mediante resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 28 de octubre de 2022 (BOIB nº 141, de 1 de noviembre) se aprobó la ampliación del crédito de la convocatoria de subvenciones SOIB Dona 2022-2024 para el año 2022 en 1.650.000,00 € que, sumados a 1.350.000 € iniciales, supusieron un total de 3.000.000 €.

En cuanto al año 2023, hoy por hoy, se han concedido ayudas por importe de 1.932.887,63 € de los 2.000.000,00 € disponibles, y restan todavía solicitudes de ayuda presentadas que no se pueden atender por falta de crédito.

A estas alturas, el SOIB ha recibido del IB-Dona 1.350.000 € para ejecutar provenientes de la Conferencia Sectorial de Igualdad (ff 23090) y dispone en el presupuesto para este año de 1.930.000 € de fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (ff 23021) y de 720.000 € de fondos propios, que podría destinar a esta convocatoria, puesto que se adecuan a la finalidad. Esto permitirá ampliar el crédito de la convocatoria para el 2023 en 4 millones de euros que se tienen que sumar a los 2 millones iniciales.

La memoria justificativa de la directora del SOIB recoge las razones que justifican la necesidad de ampliar el crédito total de la convocatoria sin prolongar el plazo para presentar solicitudes.

Dado que hay disponibilidad presupuestaria y la convocatoria así lo prevé, y con el objetivo de facilitar la contratación del mayor número de mujeres posible, resulta oportuno modificar la convocatoria de subvenciones SOIB Dona 2022-2024 para ampliar el crédito para la anualidad 2023 en 4 millones más que se tienen que sumar a los 2 millones iniciales.

Con esta segunda ampliación de crédito sumada a la ampliación hecha en 2022, la convocatoria dispondrá de una dotación total de 11.000.000 €.

Por todo esto, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 22/2020, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio), y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria y con el informe favorable de la Intervención General, dicto la siguiente

Resolución

1. Ampliar el crédito total de la convocatoria SOIB Dona 2022-2024, aprobada mediante la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 4 de agosto de 2022 (BOIB nº 106, de 11 de agosto de 2022), en un importe de 4.000.000 € (cuatro millones de euros) que se tiene que añadir a la anualidad 2023, con un crédito total resultante en la convocatoria de 11.000.000 € (once millones de euros) con la distribución siguiente:

Año 2022

3.000.000 €:

  • 1.350.000 € imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 22090 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Igualdad- Pacto de Estado contra la violencia de género).
  • 750.000 € imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 22021 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales).
  • 900.000 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, fondos propios del SOIB.

Año 2023

6.000.000 €:

  • 1.350.000 € imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 22090 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Igualdad- Pacto de Estado contra la violencia de género).
  • 1.000.000 € imputable al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 19213 (fondos provenientes del FSE+).
  • 2.930.000 € imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 22021 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales).
  • 720.000 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, fondos propios del SOIB.

Año 2024

2.000.000 €:

  • 1.000.000 € imputable al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 24021 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales), siempre que haya crédito adecuado y suficiente.
  • 1.000.000 € imputable al centro de coste 76101, subprograma 322D05, Capítulo 4, Fondo Finalista 19213 (fondos provenientes del FSE+), siempre que haya crédito adecuado y suficiente.

2. Mantener el plazo para presentar solicitudes tal como prevé el apartado noveno.1. de la convocatoria, el cual ha de permanecer abierto hasta el 30 de septiembre de 2024, o hasta agotar el crédito (en caso de que sea anterior a esa fecha) y se haga público por parte del SOIB, con la publicación en el BOIB de la resolución mediante la cual se informe que se ha agotado el crédito disponible.

3. Ordenar comunicar a la Base de datos nacional de subvenciones y publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears esta Resolución, la cual empieza a producir efectos al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril), y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente que se haya publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE nº 167, de 14 de julio).

 

(Firmado electrónicamente: 8 de mayo de 2023)

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears Iago Negueruela Vázquez