Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 308688
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo y del Consejo Rector de la Agencia de Reserva de Biosfera en sesión de carácter ordinario de 24 de abril de 2023, relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases que regulan las ayudas para acciones de voluntariado para el año 2023 (Exp. 0908-2023-000001)
BDNS 692331
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692331):
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las entidades jurídicas que cumplan las siguientes condiciones:
Tener los requisitos para estar debidamente constituidas como entidad de voluntariado en los términos previstos en el artículo 4b y artículo 14 de la Ley 11/2019 de voluntariado de las Islas Baleares. Se deberá acreditar a tal efecto que se ha iniciado el procedimiento para incluir a la entidad en el censo de entidades de las Illes Balears.
Tener sede o subsede en Menorca.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social frente a la Administración General del Estado.
Segundo. Objeto
El objeto de estas bases es la regulación de las ayudas para acciones de voluntariado que lleven a cabo las entidades ciudadanas reconocidas para llevarlas a cabo. Tiene por finalidad el reconocimiento de iniciativas para la implementación de actuaciones de implicación ciudadana en la sostenibilidad de la isla.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo y por el Consejo Rector de la Agencia Menorca Reserva de Biosfera en sesión de carácter ordinario de 24 de abril de 2023.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 100.000 € (cien mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a esta convocatoria comienza a partir del día siguiente en que la convocatoria salga publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears y termina el 30 de mayo de 2023.
Sexto. Otros datos.
El importe máximo subvencionable por solicitud es de 6.000 €.
Son objeto de ser subvencionadas las actuaciones ejecutadas del 1 de enero de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023, sin posibilidad de ser prorrogadas.
Los beneficiarios quedan obligados a justificar las actuaciones y gastos efectuados con cargo a la ayuda económica concedida antes del 15 de diciembre de 2023.
Maó, 4 de mayo de 2023
Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo y del Consejo Rector
(Decreto 427/2019, de 11 de julio y Decreto 20/2000, de 21 de enero)
(BOIB núm. 97 de 16-7-2019 y BOIB núm. 13 de 30-1-2020)
Octavi Pons Castejón