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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 304392
Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2023, por acciones realizadas durante la temporada 2022/202 o 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2023, el Plenario del Ayuntamiento de Inca ha aprobado las bases de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2023, por acciones realizadas durante la temporada 2022/2023 o 2023.

De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, mediante el presente edicto se publican las referidas bases.

 

Inca, 4 de mayo de 2023

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió

 

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA CLUBES DEPORTIVOS LOCALES 2023

Extracto del acuerdo de 30 de marzo de 2023 del pleno del ayuntamiento de inca por el que se convocan subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, a clubes deportivos locales, por acciones realizadas durante la temporada 2022-2023 o 2023.

BDNS: 692207

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692207

El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se pueden encontrar en el enlace https://incaciutat.com/subvencions-clubs-esportius-locals-2023

1. Objeto y finalidad de la convocatoria.

1. El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones dinerarias, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades deportivas locales (clubes), sin ánimo de lucro y que tienen la finalidad de fomentar la práctica deportiva entre todos los grupos de edad posibles. La finalidad de estas subvenciones es ayudar a hacer frente a parte de los gastos inherentes al desarrollo de las actividades deportivas.

2. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, dependen de los siguientes ámbitos temporales:

Ámbito federativo: la temporada 2022-2023 (sistema clásico de temporada) o 2023 (sistema moderno de temporada de año natural).

Ámbito temporal de la ejecución de los gastos: La ejecución de las actuaciones objeto de subvención, y por tanto de los gastos, deben haberse realizado en el período comprendido entre el 1 de agosto del ejercicio presupuestario anterior al del año de la convocatoria (2022) y el 30 de junio del ejercicio presupuestario de la convocatoria (2023).

3. Con el fin de dar cumplimiento a los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Actuación del Mandato, y de acuerdo con las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año, estas subvenciones tendrán que fomentar proyectos/actividades de interés público o social que tengan por finalidad:

-Financiar a las entidades deportivas de la ciudad (clubes), por la gestión ordinaria y apoyo a la acción de promoción y fomento de la actividad física y el deporte así como la participación en competiciones oficiales con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva en la ciudad.

2. Beneficiarios

Los perceptores y beneficiarios de las subvenciones serán los clubes deportivos locales legalmente constituidos y reconocidos, que figuren inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones/Entidades del Ayuntamiento.

3. Requisitos para la solicitud y forma de acreditarlos

Requisitos específicos clubs sin ánimo de lucro

  • Estar inscrito en el registro público correspondiente (CAIB).
  • Estar inscrito en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas, con los datos actualizados.
  • No incurrir en las circunstancias contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de las obligaciones de reintegro (fruto del preceptivo expediente de revocación) de subvenciones.
  • Acreditar haber participado en competiciones oficiales durante esta temporada deportiva 2022/23 o 2023.
  • Haber justificado las subvenciones concedidas y abonadas en ejercicios anteriores.
  • No concurrir con ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8, punto 2, de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Inca.
  • Cumplir con todas las condiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 6 de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca.

Incompatibilidades

  • Percibir otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de que el importe de las subvenciones en ningún caso no puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada (art. 19.1 y 19.2 de la LGS y art. 94.1 cuarta del TRLFPC).
  • No hay que confundirlo con la posibilidad de que el perceptor reciba más ingresos de terceros, en todo caso queda obligado –antes de la fecha límite para justificar– a notificarlo al Ayuntamiento y éste podrá resolver al respecto y modificar la resolución . En ningún caso puede admitirse que los ingresos superen el coste de la actividad concreta objeto de la subvención. Por tanto, el análisis de las liquidaciones finales del presupuesto requieren una atención especial en la fase de verificación de la justificación.

La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican.

4. Bases reguladores específiques

Por acuerdo del Pleno de fecha 30 de marzo de 2023, fueron aprobadas las Bases Reguladoras Específicas para el otorgamiento por parte del Ayuntamiento a través del Servicio de Deportes, de subvenciones destinadas a financiar a las entidades deportivas de la ciudad (clubs), para la gestión ordinaria y apoyo a la acción de promoción y fomento de la actividad física y el deporte así como la participación en competiciones oficiales con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva en la ciudad.

En todo lo no previsto en las bases y en esta convocatoria, será de aplicación lo que se establece en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento y en el resto de normativa aplicable.

5. Crédito y partida presupuestaria

El Ayuntamiento destinará un fondo estimado de treinta y siete mil euros (37.000€), con cargo a la aplicación presupuestaria 2023 000 34100 4830001 01.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas destinadas a la misma actuación, pero, en cualquier caso, conjuntamente con otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán exceder el coste total de la actuación. El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras entidades públicas o privadas, no puede exceder del coste de la actividad.

6. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.

Plazo: finalizará quince días (15 días) después a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial (BOIB). Cualquier solicitud presentada fuera de ese plazo no será admitida a trámite.

Forma: Con la entrada en vigor de la nueva Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, obliga a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y órgano colegiales a relacionarlas con las administraciones públicas por medios electrónicos y, por tanto, les obliga a disponer necesariamente de un certificado electrónico que represente a la organización. En el caso de no disponerlo puede hacerlo con su certificado electrónico propio (presidente, secretario...).

Por vía telemática a través del portal https://incaciutat.sedelectronica.es/info.2 a continuación en TRÁMITES DESTACADOS clica INSTANCIA GENERAL, – tramitación electrónica... Seguir rellenando y subir los documentos solicitados.

Lugar: En la sede electrónica del Ayuntamiento de Inca.

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan

 

Inca, 4 de mayo de 2023

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió