Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 299572
Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme de nombramiento de los miembros del Jurado en el concurso de cortometrajes “MFC-#MallorcaFilmCurtmetratges”
Antecedentes
Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se aprueba el concurso de cortometrajes “MFC-#MallorcaFilmCurtmetratges” para promover la creación audiovisual, así como hacer una promoción turística alternativa, vinculada a la cultura y al talento mallorquines. (BOIB nº. 28, de 4 de marzo de 2023).
En relación con lo anterior dicto la siguiente,
Resolución
1. Nombrar el jurado en el Concurso de de cortometrajes “MFC-#MallorcaFilmCurtmetratges” para promover la creación audiovisual, así como hacer una promoción turística alternativa, vinculada a la cultura y al talento mallorquines, el cual estará formado por :
Fernando Schwartz - escritor, presentador de televisión (Lo + Plus) y diplomático
Marga Meliá - directora y guionista
Agnès Llobet - actriz y escritora
Fernando Bauzá - director creativo y editor
2. Otorgar los premios a la obra que obtenga el número más elevado de votos favorables, a criterio del jurado. Si el jurado considera que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad mínima para ser galardonada, los premios pueden quedar desiertos.
3. Informar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de esta Resolución, de acuerdo el establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y del artículo 66 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta, que se produce tres meses después de interponer el recurso de alzada sin que se haya notificado la resolución.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede , cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con lo que se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y con lo que se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 4 de mayo de 2023
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordà