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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 297996
Corrección de errores de la Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático de 29 de marzo por la cual se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6, ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 6) (BOIB nº.41, de 1 de abril de 2023)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB n.º 125, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6, ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB n.º 137, de 22 de octubre de 2022).

2. En fecha 29 de marzo de 2023 se emitió la Propuesta de resolución del Director general de energía y Cambio Climático por la cual por la cual se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6, ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 6) (BOIB nº.41, de 1 de abril de 2023).

3. Con posterioridad , se ha detectado un error material manifiesto en el en la tabla del anexo publicado.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la rectificación del error material existente de la Propuesta de resolución del Director general de energía y Cambio Climático de 29 de marzo de 2023 por la cual se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6, ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 6) (BOIB nº.41, de 1 de abril de 2023) en los términos siguientes:

 

Donde dice :

ANEXO Lista de beneficiarios a los cuales se les aminora la cantidad de ayuda concedida y se propone el pago

Nº. expediente

Solicitante

NIF

Subvención propuesta(€)

Importe a desvincular(€)

Subvención a pagar (€)

Motivo

NEXTG6-111/2021

MESQUIDA MONSERRAT, JUAN ANDRÉS

***6996**

2.525,00

300,00

2.825,00

Reduce la potencia térmica instalada de 11,3 kW a 10,1 kW

NEXTG6-94/2021

JUAN MARQUES COMPANY

***4904**

2.474,78

117,27

2.357,51

El importe total de las facturas presentadas es inferior al importe del presupuesto presentado inicialmente.

Debe decir:

ANEXO Lista de beneficiarios a los cuales se les aminora la cantidad de ayuda concedida y se propone el pago

Nº. expediente

Solicitante

NIF

Subvención propuesta(€)

Importe a desvincular(€)

Subvención a pagar (€)

Motivo

NEXTG6-111/2021

MESQUIDA MONSERRAT, JUAN ANDRÉS

***6996**

2.825,00

300,00

2.525,00

Reduce la potencia térmica instalada de 11,3 kW a 10,1 kW

NEXTG6-94/2021

JUAN MARQUES COMPANY

***4904**

2.474,78

117,27

2.357,51

El importe total de las facturas presentadas es inferior al importe del presupuesto presentado inicialmente.

2. Publicar esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 3 de mayo de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo