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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 291843
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de mayo de 2023 por el que se declaran inversión de interés autonómico las obras del proyecto de la nueva Facultad de Ciencias en el campus de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece en su artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El Real Decreto 2243/1996, de 18 de octubre, aprueba las transferencias de las funciones y los servicios en materia de universidades de la Administración del Estado en la comunidad autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 204/1996, de 28 de noviembre, hace pública la asunción y la distribución de las competencias transferidas por la Administración del Estado a la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de universidades y prevé la perspectiva de la planificación universitaria en cuanto a la docencia, la investigación, la implantación de nuevos estudios y la construcción de edificios de docencia e investigación.

La Universidad de las Illes Balears se creó mediante la Ley 18/1978, de 15 de marzo, sobre la creación de una universidad con sede en Palma (BOE n.º 66, de 18 de marzo).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, este presta y garantiza el servicio público de la educación superior universitaria mediante la docencia, la investigación y la transferencia del conocimiento y establece para las universidades las siguientes funciones:

a) La educación y formación de los estudiantes a través de la creación, desarrollo, transmisión y evaluación crítica del conocimiento científico, tecnológico, social, humanístico, artístico y cultural, así como de las capacidades, competencias y habilidades inherentes a este.

b) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación y actualización de conocimientos y métodos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, culturales y para la creación artística.

c) La generación, desarrollo, difusión, transferencia e intercambio del conocimiento y la aplicabilidad de la investigación en todos los campos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, artísticos y culturales.

d) La promoción de la innovación a partir del conocimiento en los ámbitos sociales, económicos, medioambientales, tecnológicos e institucionales.

e) La contribución al bienestar social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en el que estén insertas, así como a la promoción de las lenguas oficiales de estas, a través de la formación, la investigación, la transferencia e intercambio del conocimiento y la cultura del emprendimiento, tanto individual como colectiva, a partir de fórmulas societarias convencionales o de economía social.

f) La generación de espacios de creación y difusión de pensamiento crítico.

g) La transferencia e intercambio del conocimiento y de la cultura al conjunto de la sociedad a través de la actividad universitaria y la formación permanente o a lo largo de la vida del conjunto de la ciudadanía.

h) La formación de la ciudadanía a través de la transmisión de los valores y principios democráticos.

i) El fomento de la participación de la comunidad universitaria y de la ciudadanía en actividades promovidas por entidades de voluntariado y del tercer sector que se encuentren en línea con los principios y valores del sistema universitario.

j) Las demás funciones que se les atribuyan legalmente.

El planeamiento urbanístico del campus universitario está recogido en su Plan especial, aprobado el 30 de abril de 1987 (BOCAIB n.º 69, de 2 de junio), que se incorporó al PGOU de Palma como sistema general de equipamiento comunitario docente en suelo rústico (SGEC/DO, ficha 43-01-E, del PGOU de Palma).

Los terrenos sobre los que se ubica el campus universitario fueron objeto de un proceso de expropiación. El acta de recepción de las fincas se formalizó mediante una escritura de agrupación de las fincas y la inscripción de la parcela del campus universitario en el Registro de la Propiedad número 2 de Palma con el número de entrada 996 de 1996 (referencia catastral: 9582004-DD6898A-0001-DG).

La Universidad de las Illes Balears inició, a principios del año 2000, la tramitación de la modificación del Plan especial del campus de la UIB, que se aprobó inicialmente el 20 de junio de 2012 (BOIB n.º 99, de 10 de julio).

La tramitación ambiental de la modificación del Plan especial, que se llevó a cabo al amparo de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, logró la conformidad de la Comisión de Medio ambiente de las Illes Balears (CMAIB) con la memoria ambiental, pero condicionada al cumplimiento de una serie de condiciones (BOIB n.º 161, de 24 de diciembre de 2016). En la actualidad, el único requerimiento que impide la aprobación definitiva del Plan especial es tener que ejecutar el proyecto de canalización de las aguas pluviales del campus universitario.

Debido a la carencia de disponibilidad presupuestaria para llevar a cabo la inversión requerida, la tramitación del expediente se encuentra parada en el Ayuntamiento de Palma, que no dará el visto bueno a la memoria ambiental hasta que no compruebe el cumplimiento de las condiciones exigidas por la CMAIB. Por este motivo, la normativa urbanística aplicable es, en cada zona del campus, la más restrictiva que se pueda aplicar entre el primigenio y desfasado Pla especial de 1987 y la modificación que se aprobó inicialmente en 2012.

Tanto es así que el último edificio que se construyó en el campus, el Centro de Estudios de Posgrado, edificio Antoni Maria Alcover, en 2013, tuvo que legalizarse a través de la Ley 14/2012, de 19 de diciembre, de ordenación urbanística de la Universidad de las Illes Balears, dado que la única parcela donde se podía construir en aquel momento no cumplía los requisitos volumétricos del plan del año 1987 (vigente). Gracias a la aplicación de la mencionada Ley no se perdió la financiación disponible para la construcción y el equipamiento posterior de un edificio absolutamente necesario para la Universidad. Esta Ley fijó también un régimen transitorio para facilitar la implantación de nuevas edificaciones a partir de los parámetros de la Ley y del Plan especial actual.

Con la aprobación del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca y la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, la Universidad se encuentra ante una situación urbanística crítica:

- El Plan del año 1987 es el vigente y no cubre las necesidades actuales del campus.

- No se puede solicitar licencia de obras para ninguna intervención, dado que, de acuerdo con el artículo 129. 2 de la Ley 12/2017 y del artículo 186.3 a) y c) del Reglamento general de la Ley 2/2014:

a) en cualquier caso no se podrá realizar ningún tipo de obra o actuación (…)

c) (…) en la misma parcela o solar en que existan edificaciones o construcciones en la situación de fuera de ordenación (…), en ningún caso se puede autorizar la realización de ninguna obra de nueva planta…

- La Universidad tiene varios proyectos con financiación externa (Fondos FEDER autonómicos, Fondos Next Generation EU, así como del Impuesto de Turismo Sostenible) que no pueden ser ejecutados.

Es por eso que, visto el contenido del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 10, de 20 de enero), es necesario llevar a cabo los trámites reglamentarios para proponer al Consejo de Gobierno de la CAIB la declaración de interés autonómico para la construcción de las obras que afectan el campus universitario.

La Universidad de las Illes Balears se encuentra completamente alineada con el Compromiso para lograr la neutralidad climática en 2030. Por este motivo, uno de los factores más importantes es el de la reducción efectiva del consumo de energía y, principalmente, de la energía proveniente de fuentes no renovables. En este sentido, la Universidad trabaja de manera intensa para disponer de un plan global de implantación de un modelo de sostenibilidad y de compromiso con la conservación del medio ambiente.

Este plan tiene que prever, entre otras, las acciones necesarias para reducir el consumo de energía y analizar los perfiles de consumo actuales y que habrá que corregir. Aun así, no se puede descartar la necesidad de continuar ofreciendo una Universidad de excelencia en las tareas propias de las que la Universidad es valedera: la docencia, la investigación y la transferencia del conocimiento. Por este motivo, y derivado de la necesidad de incorporar nuevos estudios, resulta necesaria la dotación de nuevos espacios donde poder llevar a cabo las funciones propias de la Universidad.

El proyecto de la nueva Facultad de Ciencias nace de la necesidad de actualizar un modelo obsoleto. Es un proyecto que plantea, como estrategia rectora, la recuperación y la reutilización en vez de la nueva implantación y olvido del problema que supone una edificación obsoleta energéticamente.

El edificio Mateu Orfila i Rotger, a pesar de que es un único edificio por su morfología y secuencia de construcción, se considera dividido en dos alas claramente diferenciadas. La primera es el ala de Física, que tiene una superficie de 4.380,00 m2, y la segunda se identifica como el ala de Química, de 7.989,00 m2.

La primera de las intervenciones, que es objeto de otra solicitud de declaración de interés autonómico, corresponde a la reforma energética del ala de Química. En esta obra se plantea una reforma total de los 7.989,00 m2 y una mejora de la eficiencia energética de la envolvente del edificio y de los equipos de climatización; esta ya dispone de financiación asignada mediante el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la ejecución del Programa de impulso a la rehabilitación de edificios públicos con fecha 16 de febrero de 2022.

El sector del edificio Mateu Orfila i Rotger conocido como Física, tiene una antigüedad superior a 40 años; en la actualidad se encuentra en un estado de conservación deficiente y se puede considerar una ruina energética. Además, la afectación de nuevas disposiciones normativas en materia de seguridad en la edificación ha supuesto que el edificio no garantice la seguridad de utilización y contra incendios, condiciones que son de cumplimiento obligado para cualquier edificio, y todavía más para un edificio docente y de investigación de la Universidad.

Visto el estado de conservación deteriorado en que se encuentra el sector del edificio Mateu Orfila i Rotger conocido como Física, se plantea la demolición de aproximadamente el 50 por ciento de la superficie construida y, posteriormente, una rehabilitación completa de un bloque en altura que es valorizable en cuanto a superficie construida aproximada de 2.200 m2. Para tratar de no interferir con el funcionamiento de la tarea docente y de investigación, la obra se plantea en dos fases diferenciadas de manera clara.

La fase 1 se destina a la construcción de un edificio para cubrir el servicio actual del ala de Física, a dar forma a espacios de docencia, de investigación y despachos para el personal que actualmente ocupa el edificio de tres plantas del ala de Física.

La fase 2 se destina a la reordenación de construcciones de entidad escasa que ocupan la planta del ala de Física. De este modo, se promueve una renaturalización de los espacios anexos a la Facultad de Ciencias y se potencia una lectura más humana del campus. En cuanto al edificio de tres alturas, se plantea una reforma completa, una transformación arquitectónica, claramente destinada a trasladar el edificio al presente, con un componente importante de reforma energética y transformación de espacios siguiendo los nuevos criterios de funcionalidad y accesibilidad universal.

En total, se plantea una superficie total aproximada de 10.750,00 m2 de rehabilitación y nueva construcción.

El edificio Mateu Orfila i Rotger se encuentra en el campus de la Universidad de las Illes Balears, concretamente, a la parcela denominada zona 1–facultades existentes, según establece el Plan especial de 1986 de la Universidad de las Illes Balears. Las obras de la construcción del nuevo edificio suponen una ampliación de la ocupación de 1.420,20 m 2, que ocupan parte del espacio libre justo a continuación del edificio de Física existente.

El plazo previsto de ejecución de las obras es de 20 meses para la primera fase, con el inicio de las obras el día 1 de agosto de 2024 y el final, el día 30 de abril de 2026. Para la segunda fase, el plazo previsto está marcado en 20 meses, con el inicio de las obras el día 1 de abril de 2026 y el final, el día 30 de noviembre de 2027. El presupuesto total de la construcción es de 32.629.307,70 euros, IVA incluido.

De acuerdo con lo anterior, el día 3 de abril de 2023 el rector de la Universidad de las Illes Balears solicitó la declaración de interés autonómico, entre otros, del proyecto de la nueva Facultad de Ciencias en el campus de la Universidad de las Illes Balears, objeto de financiación por el impuesto del turismo sostenible, regulado por la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (LIET), en la parcela con referencia catastral: 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 1–facultades existentes, parcela única, del Plan especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears (registro n.º GOIBE231563/2023).

Queda patente que la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura tiene la voluntad de mejorar los espacios destinados a la docencia y la investigación universitaria y, por lo tanto, manifiesta su interés en poder acometer las obras del proyecto de la nueva Facultad de Ciencias en el campus de la Universidad de las Illes Balears.

El Decreto Ley 1/2018 establece la regulación de los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender a la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley. En este sentido, la Dirección General de Política Universitaria e Investigación estima plenamente justificado que se consideren como inversión de interés autonómico las obras del proyecto de la nueva Facultad de Ciencias en el campus de la Universidad de las Illes Balears.

Por todo ello, teniendo en cuenta que es un proyecto del máximo interés general para la población y con el fin de darle el mayor impulso posible, lo más adecuado es declarar inversión de interés autonómico el proyecto de la nueva Facultad de Ciencias en el campus de la Universidad de las Illes Balears en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 1–facultades existentes, parcela única del Plan especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears.

El artículo 7 del Decreto Ley 1/2018 establece que un equipamiento público de uso educativo o de investigación se considera inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo.

 

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión del día 2 de mayo de 2023 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, inversión de interés autonómico las obras del proyecto de la nueva Facultad de Ciencias del campus de la Universidad de las Illes Balears en la parcela con la referencia catastral 9582004-DD6898A-0001-DG, zona 1–facultades existentes, parcela única del Plan especial de 1987 de la Universidad de las Illes Balears.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 2 de mayo de 2023

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez