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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 291387
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 28 de abril de 2023 de corrección de errores de la Orden 12/2023 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 5 de abril de 2023 por la que se fijan las cuantías actualizadas de las subvenciones por los gastos originados por actividades electorales para las elecciones autonómicas del 28 de mayo de 2023

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Texto

Hechos

1. Mediante la Orden 12/2023 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 5 de abril de 2023 se fijaron las cuantías actualizadas de las subvenciones por los gastos originados por actividades electorales para las elecciones autonómicas del 28 de mayo de 2023 (BOIB núm. 44, de 8 de abril).

2. Se ha advertido un error en la versión catalana de la mencionada Orden, concretamente en la letra c) del apartado 3 de su artículo único, en lo que respecta a la cuantía, dado que aparece un decimal de más, y donde dice 0,9255516 debería decir 0,925516, que es el resultado de aplicar a las cuantías que se establecieron en 2019 un incremento del 15,40 %, tasa que resulta de la evolución del índice de precios de consumo de las Illes Balears del mes de febrero de 2019 (correspondiente a la última actualización de las cuantías) hasta el mes de febrero de 2023 (correspondiente al último índice conocido a 5 de abril de 2023).

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que «las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que «la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición».

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error observado en la versión catalana de la Orden 12/2023 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 5 de abril de 2023 por la que se fijan las cuantías actualizadas de las subvenciones por los gastos originados por actividades electorales para las elecciones autonómicas del 28 de mayo de 2023, en los siguientes términos:

Donde dice:

c) En el caso de las elecciones a los consejos insulares, el límite de los gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,9255516 el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de la circunscripción electoral donde los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores presenten su candidatura, con independencia del resto de procesos electorales a los que concurran, sin que, por lo tanto, sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 131.2 de la Ley Orgánica 5/1985.

Debe decir:

c) En el caso de las elecciones a los consejos insulares, el límite de los gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,925516 el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de la circunscripción electoral donde los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores presenten su candidatura, con independencia del resto de procesos electorales a los que concurran, sin que, por lo tanto, sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 131.2 de la Ley Orgánica 5/1985.

2. Establecer que los efectos de la corrección son desde la fecha de publicación de la Orden 12/2023 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 5 de abril de 2023 por la que se fijan las cuantías actualizadas de las subvenciones por los gastos originados por actividades electorales para las elecciones autonómicas de 28 de mayo de 2023.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, de 28 de abril de 2023

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau