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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 290338
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) para reducir y trasladar los créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de marzo de 2018, por la que se convocan, para los años 2018-2020, ayudas para la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático

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Texto

El 27 de marzo del 2018 se publicó en el BOIB núm. 38 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de marzo de 2018, por la que se convocan, para los años 2018-2020, ayudas para la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, que fue modificada por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 14 de diciembre de 2018 (BOIB núm. 158, de 18 de diciembre de 2018) y la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de abril de 2022 (BOIB núm. 49, de 12 de abril de 2022).

El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria en noventa y dos mil cuatrocientos setenta y tres euros con cincuenta céntimos (92.473,50 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

El 18 de junio del 2019 (BOIB núm. 67), mediante la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de 14 de mayo de 2019, se trasladaron los créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de marzo de 2018 a la tercera convocatoria.

El informe del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de 31 de marzo de 2023 determina que, una vez finalizada la tramitación por denegación o desistimiento de las solicitudes de la tercera convocatoria, la única convocatoria pendiente de solicitudes por resolver es la sexta y que se puede trasladar todo el presupuesto a esta última convocatoria.

Por otra parte, las diversas reformulaciones del Programa operativo asignado en las Illes Balears han supuesto una reducción en el importe FEMP de la medida 1.5.4, por lo que se dispone actualmente de un importe FEMP de 9.650,00 € y de un importe CAIB de 9.650,00 € por esta medida; por lo tanto, el importe total que se puede destinar a la sexta convocatoria es de 19.300,00 €.

El artículo 28.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la competencia se ejerce por avocación cuando los órganos superiores y directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears atraen el conocimiento y la resolución de un procedimiento determinado que corresponde, por cualquier título de atribución, a sus órganos dependientes. De acuerdo con ello, en este momento, por motivos de simplificación y agilidad en la tramitación del procedimiento, es conveniente avocar la competencia para trasladar los créditos remanentes a la novena convocatoria.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se reduce en setenta y tres mil ciento setenta y tres euros con cincuenta céntimos (73.173,50 €) el crédito total previsto en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de marzo de 2018, por la que se convocan, para los años 2018-2020, ayudas para la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, publicada en el BOIB núm. 38, de 27 de marzo de 2018, por lo que queda destinado un crédito total a esta línea de ayudas de diecinueve mil trescientos euros (19.300,00 €).

Segundo

Se avoca la competencia para efectuar el traslado del crédito remanente de la tercera convocatoria y se traslada a la sexta convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 19 de marzo de 2018, por la que se convocan, para los años 2018-2020, las ayudas para la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático, el importe de diecinueve mil trescientos euros (19.300,00 €).

Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 50% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 50% restante.

Tercero

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 28 de abril de 2023

La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño