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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 290335
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) para reducir y trasladar los créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022

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Texto

El 30 de agosto del 2018 se publicó en el BOIB núm. 107 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022. Posteriormente, se publicó la Resolución del presidente del FOGAIBA por la que se corrigen los errores detectados en la referencia a la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020 (BOIB núm. 70, de 25 de mayo de 2019) y que fue modificada por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 1 de julio de 2019 (BOIB núm. 89, de 4 de julio de 2019).

El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria por un importe de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000,00 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas. Este importe se incrementó con la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 3 de marzo de 2021 (BOIB núm. 32, de 6 de marzo de 2021) y la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 12 de julio de 2021 (BOIB núm. 94, de 15 de julio de 2021) hasta un importe total de un millón tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con setenta y cinco céntimos (1.003.455,75 €).

Mediante la Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA de 20 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2022) se trasladaron 189.077,54 € de los créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018 a la octava convocatoria.

El informe del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de 27 de marzo de 2023 determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la octava convocatoria, se ha dispuesto de un volumen de subvención de 92.856,02 € y, por lo tanto, existe un remanente de 96.221,52 €.

Por otra parte, en la última reprogramación del Programa operativo del FEMP (2023) se redujo la asignación a las Illes Balears de la medida 4.1.2 sobre la aplicación de estrategias de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Leader Isla de Menorca, por lo que queda un importe de la cofinanciación FEMP disponible para la novena convocatoria de 28.050,00 € y de la cofinanciación CAIB de 6.950,00 €; por lo tanto, corresponde modificar la resolución y trasladar a la novena convocatoria un importe de treinta y cinco mil euros (35.000,00 €).

El artículo 28.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la competencia se ejerce por avocación cuando los órganos superiores y directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears atraen el conocimiento y la resolución de un procedimiento determinado que corresponde, por cualquier título de atribución, a sus órganos dependientes. De acuerdo con ello, en este momento, por motivos de simplificación y agilidad en la tramitación del procedimiento, es conveniente avocar la competencia para trasladar los créditos remanentes a la novena convocatoria.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se reduce en sesenta y un mil doscientos veintiún euros con cincuenta y dos céntimos (61.221,52 €) el crédito total previsto en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022, publicada en el BOIB núm. 107, de 30 de agosto de 2018, por lo que queda destinado un crédito total a esta línea de ayudas de novecientos cuarenta y dos mil doscientos treinta y cuatro euros con veintitrés céntimos (942.234,23 €).

Segundo

Se avoca la competencia para efectuar el traslado del crédito remanente a la octava convocatoria y se traslada a la novena convocatoria de subvenciones que prevé la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022, publicada en el BOIB núm. 107, de 30 de agosto de 2018, el importe de treinta y cinco mil euros (35.000,00 €).

Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 25% restante.

Tercero

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 28 de abril de 2023

La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño