Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 288032
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 3 de abril de 2023, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria de ayudas a jóvenes de 18 a 35 años para alquilar una vivienda (Exp. 5228-2023-000001)
BDNS 689801
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/689801):
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de la solicitud de ayuda las personas físicas que cumplan las condiciones siguientes:
a) Tener cumplidos o cumplir el año de la convocatoria entre 18 y 35 años, ambos incluidos.
b) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca.
c) Ser titulares de un contrato de arrendamiento, a título individual (tanto si se vive solo como si convive con su propia unidad familiar) o como coarrendatario (contrato con varias personas arrendatarias que no formen parte de la misma unidad familiar) de la vivienda situada en Menorca, que tiene que ser el domicilio habitual de la persona que solicita la ayuda.
d) Pagar el alquiler por transferencia, domiciliación o mediante ingreso, todos ellos a través de una entidad financiera.
e) No ser titulares del pleno dominio o de un derecho de uso sobre alguna vivienda, salvo que se acredite la no disponibilidad de la vivienda por causas ajenas a la voluntad de las personas que solicitan la ayuda, debidamente acreditadas.
f) Haber obtenido durante el ejercicio 2021 unos ingresos brutos anuales que no superen los umbrales establecidos en las bases de la convocatoria.
Segundo. Objeto
El objeto de estas bases es la prestación de ayudas a jóvenes de entre 18 a 35 años para los gastos derivados del alquiler de la vivienda habitual.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 3 de abril de 2023.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 75.000 € (setanta y cinco mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el BOIB y finalizará el 15 de septiembre de 2023, o cuando se agote el crédito en el supuesto de que no haya transcurrido el plazo establecido.
Sexto. Otros datos.
El importe máximo por solicitante es de 2.700 € (450 € mensuales durante un máximo de 6 meses). Se abonará por persona solicitante hasta un máximo del 50% del alquiler mensual de 6 meses.
El alquiler del domicilio habitual tiene que cumplir los requisitos siguientes:
- La vivienda tiene que estar ubicada en Menorca.
- La renta mensual máxima tiene que ser igual o inferior a 900 €.
- En el contrato de alquiler de la vivienda tiene que figurar el nombre de la persona que solicita la ayuda.
- El contrato de alquiler se tiene que haber firmado antes o en la fecha en que se presenta la solicitud.
Los gastos subvencionables se tienen que realizar entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
Maó, 26 de abril de 2023
Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)