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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 288027
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 3 de abril de 2023 relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria de ayudas a jóvenes de 18 a 35 años para adquirir equipos informáticos, financiar permisos de conducción y participar en actividades formativas no regladas (Exp. 5231-2023-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 689474

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/689474):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias las personas físicas que cumplan las condiciones siguientes:

a) Tener o cumplir el año de la convocatoria entre 18 y 35 años, ambos incluidos.

b) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca.

c) Realizar las actividades subvencionables.

d) Haber obtenido durante el ejercicio 2021 unos ingresos brutos anuales que no superen los umbrales establecidos en las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es la prestación de ayudas a la población de entre 18 y 35 años para los gastos derivados de la adquisición de equipos informáticos, la formación no reglada y a la obtención de carnets de conducir.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 3 de abril de 2023.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 175.000 € (ciento setanta y cinco mil euros), desglosados de la siguiente manera:

Línea

Cuantía máxima

Línea 1. Adquisición de equipos informáticos

20.000 €

Línea 2. Obtención de permisos de conducción

55.000 €

Línea 3. Participación en actividades formativas no regladas artísticas, culturales, de ocio y deportivas

100.000 €

TOTAL

175.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el BOIB y finalizará el 15 de septiembre de 2023, o cuando se agote el crédito en el supuesto de que no haya transcurrido el plazo establecido.

Sexto. Otros datos.

Los importes máximos que se pueden conceder, siempre que haya crédito suficiente para esta convocatoria, son:

 

Línea 1: 500 € por persona beneficiaria por gastos de compra de ordenadores, tabletas, impresoras, routers, repetidores y otros con funcionalidades equivalentes.

Línea 2: 50% por persona beneficiaria del coste de carné, licencia y curso de formación para obtener la calificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera de mercancías o de viajeros (CAP). Este importe no puede superar los 1.000 €, para:

- Gastos de matrícula y clases teóricas y prácticas en autoescuelas

- Gastos de tramitación o gestión del expediente por parte de las autoescuelas

- Gastos de tasas de examen por obtención de permisos de conducción de cualquier clase de vehículo y del certificado de aptitud profesional (CAP)

Línea 3: 300 € por persona beneficiaria, por gastos de matrícula y de las cuotas para participar en actividades artísticas, culturales, de ocio y deportivas.

Son gastos subvencionables los efectivamente efectuados y pagados entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023.

 

Maó,  26 de abril de 2023

Por delegación de la presidenta ​​​​​​​El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)