Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 282849
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea - Next Generation EU
El día 26 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado n.º 257 el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 (de ahora en adelante, el Plan o el PRTR).
El marco regulador de las ayudas que establece el Real Decreto 902/2022 es conforme con la distribución competencial existente en la materia, concretada en el artículo 149.1.13a de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica. Este Real Decreto establece un modelo para la concesión directa de ayudas, basado en mecanismos de cooperación y colaboración sustanciales a la estructura del Estado de las autonomías. De este modo corresponde a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla la aprobación de las convocatorias de subvenciones a favor de los destinatarios finales de las ayudas, con cumplimiento estricto de los hitos y objetivos del PRTR.
El capítulo III del Real Decreto 902/2022 establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas para las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla a los destinatarios últimos, a los que se ajustará la convocatoria de ayudas.
Estas ayudas están financiadas con los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que establece el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), en lo que prevé el PRTR.
El componente 6 se denomina Movilidad sostenible, segura y conectada. Este documento recoge unas líneas de inversión y, en concreto, la inversión 4 (C6.I4) consiste en impulsar el sector de transporte mediante actuaciones destinadas a la digitalización y la intermodalidad.
La medida 15 de la inversión C6.I4 prevé la subvención para proyectos de inversión para la digitalización de los servicios de transporte de viajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local, y en particular las ayudas destinadas a la digitalización de empresas privadas de transporte de viajeros y mercancías, de los operadores de transporte y de las empresas cargadoras, como empresas que intervienen en el transporte de mercancías.
En cuanto al marco regulador de esta convocatoria, resulta de aplicación la normativa estatal en materia de subvenciones, constituida por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Asimismo, la aprobación del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, y esta convocatoria se enmarcan en el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que resulta de aplicación de la normativa europea, estatal y autonómica aplicable al PRTR y al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En concreto, en el ámbito estatal hay que tener en cuenta la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (ambas órdenes publicadas en el Boletín Oficial del Estado n.º 234, de 30 de septiembre de 2021).
En el ámbito autonómico resulta de aplicación la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y, en consecuencia, la tramitación urgente, el despacho prioritario y las especialidades en materia de gestión presupuestaria y de las subvenciones que se establecen.
Por todo ello, en cumplimiento del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiadas por la Unión Europea - Next Generation EU, que se anexa a esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrá interponerse directamente un recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
Palma, 26 de abril de 2023
El consejero de Movilidad y Vivienda Josep Marí i Ribas