Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 278414
Resolución del consejero de Educación y Formación Professional de 21 de abril de 2023 por la que se conceden las subvenciones correspondientes a la convocatoria de ayudas individualitzadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria obligatoria y formación profesional básica que no poden disfrutar del servicio de comedor escolar durante el curso escolar 2022-2023
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de febrero de 2023 (BOIB núm. 25, de 25 de febrero), se convocaron ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria obligatoria y formación profesional básica que no pueden disfrutar del servicio de comedor escolar durante el curso escolar 2022-2023.
2. En estos momentos, con el límite de crédito autorizado, las ayudas deben hacerse efectivas con cargo a la partida presupuestaria 13601 421K03 48021 00 (1.400.000,00 euros) para el año 2023.
3. Los servicios técnicos de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa han examinado las propuestas y puntuaciones concedidas por los consejos escolares.
4. De acuerdo con el punto 13.4 de la Resolución de 16 de febrero, la Comisión debe analizar las valoraciones hechas por los centros, preparar la relación de alumnos por orden de puntuación y elevar al órgano instructor el informe que debe servir de base para la propuesta de resolución de la convocatoria en la que se determinan, de acuerdo con los recursos disponibles, los beneficiarios por centros y la cuantía de las ayudas, así como la relación de los alumnos propuestos para la denegación del ayuda, especificando el motivo.
5. La Comisión Evaluadora se ha reunido el día 17 de abril de 2023 para estudiar y valorar las solicitudes de subvención y ha elevado propuesta de relación de solicitudes concedidas (anexo 1) y la relación de solicitudes denegadas (anexo 2), la cual debe servir de base para la propuesta de resolución.
6. El día 17 de abril de 2023, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa dictó una propuesta de resolución, que se publicó el mismo día en la página web de la Dirección General, tal y como establece el párrafo 13.11 de las bases de la convocatoria.
7. De acuerdo con el apartado 13.9 de la convocatoria, durante estos tres días se han renunciado a dos ayudas por cuantía de 275 euros cada una, por lo que la concesión de ayudas individualizadas de alimentación del curso 2022-2023 a favor de los alumnos de los centros docentes son los que se relacionan en el anexo 1 con cargo a la partida presupuestaria 13601 421K03 48021 00 (108.900,00 euros) para el año 2023.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 1 de julio de 2009 ).
4. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de febrero de 2023 (BOIB núm. 25, de 25 de febrero), por la que se convocan ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria obligatoria y formación profesional básica que no pueden disfrutar del servicio de comedor escolar durante el curso escolar 2022-2023.
5. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 4 de marzo de 2021 de delegación de competencias en el secretario general de esta Consejería
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la concesión de ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria obligatoria y formación profesional básica que no pueden disfrutar del servicio de comedor escolar durante el curso escolar 2022-2023 que se relacionan en el anexo 1.
2. Denegar la concesión de ayudas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria obligatoria y formación profesional básica que no pueden disfrutar del servicio de comedor escolar durante el curso escolar 2022-2023 que se relacionan en el anexo 2.
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 21 de abril de 2023
El secretario general Tomeu Barceló Rosselló Por delegación del consejero de Educación y Formación Professional (BOIB núm. 34, de 11/03/2021)