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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 277246
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se deniegan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvencione para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE)

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Texto

Hechos

1. El 22 de diciembre de de 2020, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE) dentro el Programa Operativo FEDER 2014-2020, mediante la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 14 de diciembre de 2020 (BOIB nº 212).

2. La persona o entidad que figura en el anexo de esta Resolución presentó a la consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de subvención para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes.

3. El técnico de la Dirección General de Energía y Cambio Climático ha examinado la documentación aportada y ha emitido un informe desfavorable a la solicitud del expediente descrito en el anexo con la motivación que figura en este anexo.

4. El 23 de marzo de 2023, se emitió una propuesta de resolución denegatoria del director general de Energía y Cambio Climático (BOIB n.º 37, de 23 de marzo de 2023).

5. Ha finalizado el periodo de diez días hábiles que se concedía para presentar alegaciones.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de les leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 perla que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4. El Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el cual se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla (BOE n.º 212, de 6 de agosto de 2020).

5. La resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 14 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE) (BOIB n.º 212, de 22 de diciembre de 2020).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar la subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con la motivación que también figura.

2. Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Iles Baleares.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de  acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 24 de abril de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB n.º 31, de 4/3/2021)

 

ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para denegarles la subvención

Expediente

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Motivo de la denegación

PREE-129/2020

Ibinvestur, S.L.

***5052**

Mejora de la envolvente térmica

Incumplimiento punto 3. Actuaciones subvencionables y requisitos de la convocatoria. (Los usos industriales, no son subvencionables, al no estar climatizado el local y por lo tanto no consumir en calefacción y/o refrigeración, la medida de mejora de la cubierta no podría demostrar un ahorro del 20% de energía final. Al tratarse de un uso industrial).