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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 276836
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 27 de marzo de 2023, relativo a la aprobación de las bases que regulan las ayudas para centros educativos sostenibles de la isla de Menorca y Decreto de la Presidencia de la Agencia Menorca Reserva de Biosfera núm. 4/2023, relativo a la aprobación de la convocatoria (Exp. 0921-2023-000001)
BDNS 686527
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/686527):
Primero. Beneficiarios
Pueden concurrir a esta convocatoria los centros educativos de Menorca de titularidad pública o privada y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar debidamente constituidos como centro educativo y estar inscritos en el Registro de Centros docentes no Universitarios, creado por el Decreto 59/2003, de 13 de junio.
b) Estar ubicados en la isla de Menorca.
Segundo. Objeto
El objeto de estas bases es la regulación de las ayudas para la transformación de los centros educativos de Menorca de todas las etapas y niveles educativos, tanto públicos como privados, en centros más sostenibles. Tiene por finalidad el impulso de iniciativas para la implementación de actuaciones de educación para la sostenibilidad.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 27 de marzo de 2023.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 15.000 € (quince mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a esta convocatoria será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Sexto. Otros datos.
El importe máximo subvencionable por solicitud es de 3000€.
Serán objeto de ser subvencionadas las actuaciones ejecutadas de 1 de enero de 2023 hasta el 20 de noviembre de 2023 sin posibilidad de ser prorrogadas.
Maó, 5 de abril de 2023
Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)