Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TRANSICIÓN, TURISMO Y DEPORTES

Núm. 275362
Extracto de la Resolución del consejero ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes, de día 4 de abril de 2023 relativo a la aprobación de la convocatoria de subvenciones dirigida a las Asociaciones de Familias de Alumnos para la organización de actividades físicas y/o deportivas extraescolares en curso escolar 2022/2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 688693

De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones dirigida a las Asociaciones de Familias de Alumnos para<A[para|por]> la organización de actividades físicas y/o deportivas extraescolares en del curso escolar 2022/2023, aprobada mediante Resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes, por delegación del Consejo Ejecutivo, de día 4 de abril de 2023.

El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

Beneficiarios                                                              

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de familias de alumnos de centros educativos públicos y concertados, de educación infantil, primaria y secundaria, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener capacidad jurídica, de actuar y estar legalmente constituidas y registradas en el censo de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Educación y Universidad. La entidad solicitante tiene que indicar el número de registro a la solicitud.
  • Desarrollar su actividad en Mallorca, conforme a lo que se establece en sus estatutos en el ámbito de la educación.
  • Cumplir los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ordenanza de Subvenciones del Consejo de Mallorca.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca y sus organismos dependientes.
  • Ejecutar el proyecto de actividades durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de mayo de 2023.
  • No haber sido sancionada o condenada en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme. Arte 11 Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de género entre mujeres y hombres.
  • No ser deudora por resolución de procedencia de reintegro a que hace referencia el artículo 48.4 del OGS.
  • Cumplir el resto de requisitos previstos en esta convocatoria y en la normativa de subvenciones aplicable.

Objeto

El objeto de esta convocatoria es fomentar la realización de proyectos orientados al ejercicio de actividades extraescolares físicas y/o deportivas dirigidas al alumnado fuera del horario escolar.

Son actividades subvencionables las actividades físicas y/o deportivas extraescolares organizadas por las AFA en del curso escolar 2022-2023, durante el periodo del 1 de octubre de 2022 al 31 de mayo de 2023. Estas actividades tienen que tener una duración mínima de 3 meses, dentro del periodo mencionado.

Son gastos subvencionables:

  • Gastos de material deportivo fungible necesario para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad.
  • Gastos de los monitores que imparten las actividades físicas y/o deportivas.
  • Gastos derivados de actividades de formación del personal de la AFA, relacionadas con la gestión y desarrollo de actividades físicas y/o deportivas.
  • Gastos de utilización de instalaciones públicas o privadas para desarrollar la actividad física y/o deportiva.
  • Adquisición de material textil necesario para<A[por|para]> el desarrollo de la actividad.
  • Adquisición de material sanitario (botiquines y gastos similares).
  • Las comisiones bancarias derivadas de los pagos mencionados en los puntos anteriores.
  • Los gastos de seguros serán justificables en su totalidad siempre que se den estas circunstancias:
    • Tienen que estar facturadas y abonadas dentro del periodo subvencionable.
    • Tienen que cubrir la temporada 2022-2023

En caso contrario, sólo se imputará el gasto que corresponda al periodo subvencionable.

Bases reguladoras

La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18/02/17), modificada por acuerdo plenario de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 4/08/18).

Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2023, se destina la cantidad de 30.000,00 € a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.34101.48901.

Importe de la subvención

El importe de la subvención será un importe cierto de 1.000 €, siempre que cumpla los requisitos para ser beneficiario, a excepción que solicite un importe inferior.

Si el remanente de crédito es inferior al importe solicitado para<A[para|por]> el último beneficiario según el orden de presentación, le corresponderá la subvención por el importe del mencionado remanente.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión es mediante concurrencia no competitiva y por riguroso orden de entrada, de manera que serán subvencionables todas las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, y, por lo tanto, no es necesaria la comparación entre las solicitudes, o hasta que se agote el crédito de la convocatoria.

Se seguirá la orden de entrada de las solicitudes en el registro electrónico del Consejo de Mallorca, siempre que el expediente sea correcto y se aporten los documentos preceptivos. En este sentido, si se hace un requerimiento a la entidad solicitante, el orden de entrada que figurará en el registro será el del momento en que se presenta la documentación correcta y completa.

Las solicitudes se podrán resolver individualmente, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de las mismas, a medida que estas entren en el registro del Consejo de Mallorca. Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, toda la documentación y los anexos que lo acompañan empieza a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el día 31 de mayo de 2023.

El lugar<A[lugar|sitio]> para presentar la solicitud es la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

La solicitud, así como los requerimientos y la aportación de documentación se tiene que hacer por medios electrónicos. Sólo serán válidas las aportaciones de documentación que se hagan a través de la sede electrónica, por lo tanto, es necesario el certificado digital de representante de persona jurídica.

Justificación

Las entidades junto con la solicitud de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa establecida en el punto 10 de la convocatoria.

 

Palma, 19 de abril de 2023 El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes ​​​​​​​Andreu Serra Martínez