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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 274206
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 5 de abril de 2023 por la que se autoriza la modificación de la configuración, con la ampliación de tres unidades de educación infantil de primer ciclo, del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Francesc d'Assís, de Muro

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Texto

Hechos

1. Mediante Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 27 de octubre de 2020 (BOIB núm. 190, de 5 de noviembre), se autorizó la transformación de una unidad de educación infantil de segundo ciclo en una unidad de educación primaria en el Colegio Privado Concertado Sant Francesc d'Assís de Muro y se corrigió el error material de la Orden del consejero de Educación y Cultura por la que se autoriza el cambio de denominación específica de los centros privados, centro de educación infantil «San Francisco de Asís» y centro de educación primaria « Parroquia San Francisco de Asís», de Muro.

2. El 8 de marzo de 2021 (GOIBE31736/2021), el señor Guillem Crespí Sastre, como representante de la Congregación Hermanas Franciscanas Hijas de la Misericordia, de Palma, presentó una solicitud de modificación de la configuración, con ampliación de tres unidades de educación infantil de primer ciclo del CC Sant Francesc de Assís, de Muro y presentó la documentación pertinente.

3. En fecha 12 de abril de 2021, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI), emitió un informe desfavorable, dado que la documentación presentada no acreditaba que las instalaciones del centro cumplían los requisitos establecidos por el Decreto 23/2020, de 31 de julio. Este informe se comunicó al titular del centro en fecha 26 de abril de 2021.

4. El 12 de mayo de 2021, el representante del centro aportó nueva documentación para subsanar las deficiencias indicadas en el informe emitido por el Instituto para la Educación de la Primera Infancia de fecha 12 de abril de 2021.

5. En fecha 18 de mayo de 2021, el arquitecto del IEPI emitió un nuevo informe desfavorable, dado que la documentación presentada no acreditaba que las instalaciones del centro cumplían los requisitos establecidos por el Decreto 23/2020, de 31 de julio. Este informe se comunicó al titular del centro en fecha 2 de junio de 2021.

6. El 9 de junio de 2021, el representante del centro aportó nueva documentación para subsanar las deficiencias indicadas en el informe emitido por el Instituto para la Educación de la Primera Infancia de fecha 18 de mayo de 2021.

7. El 21 de junio de 2021, el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) emitió informe favorable de la configuración solicitada. Este informe se comunicó en fecha 9 de julio de 2021.

8. El 18 de enero de 2023 (GOIBE48386/2023), el representante del centro solicitó la visita a las instalaciones para supervisar las obras realizadas y presentó las titulaciones del personal del centro.

9. El 16 de marzo de 2023, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia emitió un informe técnico favorable de la visita de inspección al centro realizada el día 6 de marzo de 2023, en el que se comprobó que las instalaciones se adaptaban a los planos informados favorablemente.

10. El 31 de marzo de 2023, la Comisión de Valoración de las Cualificaciones del Profesorado de Educación Infantil de Primer Ciclo emitió informe favorable provisional respecto al número de profesionales, condicionado a cumplir los compromisos adquiridos respecto a la certificación de lengua catalana exigible de conformidad con el apartado f) del artículo 11 del Texto consolidado aprobado por el Decreto 23/2020.

11. El 3 de abril de 2023, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización de la modificación de la configuración, con la ampliación de tres unidades de educación infantil de primer ciclo del CC Sant Francisc d'Assís, de Muro.

12. El 4 de abril de 2023, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la modificación de la configuración, con la ampliación de tres unidades de educación infantil de primero ciclo del CC Sant Francesc d'Assís, de Muro.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someter a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

6. La Orden del consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 por la que se fijan las titulaciones que hay que tener para dar clases de y en lengua catalana, propia de las Illes Balears, en la enseñanza reglada no universitaria , se establecen las equivalencias, se define el Plan de Formación Lingüística y Cultural (FOLC), se regulan las condiciones de la exención de la evaluación de la lengua catalana y literatura en enseñanzas no universitarias y se determinan las funciones y la composición de la Comisión Técnica de Asesoramiento para la Enseñanza de y en Lengua Catalana (BOIB núm. 38, de 27 de marzo).

7. Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 28 de mayo de 2018 por la que se aprueban las instrucciones que establecen las condiciones para obtener la equivalencia del certificado de capacitación para la enseñanza en lengua catalana en el primer ciclo de la educación infantil (CCI) con la titulación de técnico superior en Educación Infantil (BOIB núm. 68, de 2 de junio).

8. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

9. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Illes Balears (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el 4 de abril de 2023, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Autorizar la modificación de la configuración, con la ampliación de tres unidades de educación infantil de primer ciclo del CC Sant Francesc d'Assís, de Muro, con efectos a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07002579

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: Sant Francesc d'Assís

Titular: Congregació Germanas Franciscanes Filles de la Misericòrdia, (CIF R0700022G)

Domicilio del edificio de educación infantil: c. Antoni Maura, nº. 3

Domicilio del edificio de educación primaria: c. de Joan Miró, nº. 1

Localidad: Muro

Municipio: Muro

CP: 07440

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de 1r ciclo: 3 unidades ( 0-1 año: 1 unidad, 7 plazas escolares, 1-2 años: 1 unidad, 12 plazas escolares y 2-3 años: 1 unidad, 18 plazas escolares)

Educación infantil de segundo ciclo: 4 unidades y 100 plazas escolares

Educación primaria: 7 unidades y 175 plazas escolares

3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

4. Poner en conocimiento del citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique en el BOIB, d de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 5 de abril de 2023

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March Cerdà