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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 272540
Convocatoria de la prueba extraordinaria para la obtención del permiso municipal de conductor de auto taxi del Ayuntamiento de Andratx 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto número 2023-1060, de 21 de abril de 2023 de la regidora delegada de Transportes y Taxis, se ha aprobado la convocatoria extraordinaria de la prueba para la obtención del permiso municipal de conductor de autotaxi necesario para poder llevar a cabo el servicio público de taxi.

En conformidad con aquello previsto en el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de día 10 de abril de 2021, y que dice así:

“Visto el contenido del expediente donde consta los informes de los técnicos correspondientes.

Considerando que el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de 2021, prevé como condición para la obtención del permiso municipal <<(...) tener aprobado el examen que convocará el Ayuntamiento dentro del primer cuatrimestre de cada año, sobre el conocimiento del municipio o lugares de especial interés (..)>>.Vistas las solicitudes presentadas al respeto,y la normativa aplicable al caso. También se puede convocar una convocatoria extraordinaria según necesidad del servicio.

De acuerdo con el que establece la Ley 4/2014, de 20 de junio de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares, la Ley 7/85, de 2 de abril,reguladora de bases de régimen local, el citado reglamento, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y otras normas de carácter general aplicables , y en virtud de las competencias que me han sido delegadas mediante Decreto 842/2022 de 6 de julio de 2022 como regidora delegada del área de servicios de transportes y taxis.

ACUERDA

Primero: Convocar una prueba extraordinaria para la obtención del permiso municipal de conductor de autotaxi necesario para poder llevar a cabo el servicio público de taxi. En conformidad con el que ha previsto en el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de día 10 de abril de 2021.

Segundo: Ajustar la prueba a los siguientes conceptos:

PRIMERO. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Y SOLICITUDES

En concordancia con el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de

Transporte de Viajeros con Automóvil de Turismo de Andratx de día 10 de abril de 2021, podrán participar a la prueba extraordinaria todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 18 años.

b) Disponer del carnet de conducir exigido por el Código de Circulación para este tipo de vehículos.

c) No sufrir ninguna enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte ejercer de forma normal la profesión (este requisito se acreditará mediante certificado médico correspondiente).

d) No disponer de antecedentes penales (este requisito se acreditará mediante certificado de Penales).

Las personas aspirantes tendrán que declarar bajo su responsabilidad a sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, y aportar junto con la solicitud:

– Declaración responsable manifestante que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

– Copia simple del anverso y el reverso del DNI o documento que acredite la nacionalidad, en vigor.

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados. Será suficiente la declaración jurada de la persona interesada sobre su autenticidad, así como sobre los datos que figuran a la instancia, sin perjuicio que, en cualquier momento, el tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Andratx le puedan requerir que acredite la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, y que hayan estado objeto de valoración.

Aquella documentación que obra en poder de la Administración no tendrá que ser aportada nuevamente. De este modo, solo tendrá que aportar la nueva documentación. A efectos de localizar la documentación alegada por el aspirante y que ya está en poder de la Administración, será necesario comunicar de manera detallada qué documentación está en poder del Ayuntamiento y en qué procedimiento se presentó. Con la formalización y presentación de la solicitud, los aspirantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarias para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del procedimiento,de acuerdo con la normativa vigente.

Las persones aspirantes quedarán vinculadas a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y el teléfono que figuren se considerarán válidos a efectos de notificaciones, y será responsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos como la no comunicación durante el procedimiento de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

SEGUNDO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

El plazo de presentación de solicitudes (instancia general con el contenido

señalado en su punto primero de esta convocatoria) será de 7 días hábiles y empezará a computar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Así mismo, el BOIB de la convocatoria quedará a disposición de los interesados a la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://andratx.sedelectronica.es/) dentro del apartado “Tablón de anuncios”.

Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de las siguientes formas:

– TELEMÁTICAMENTE: a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/). Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve pin.

– PRESENCIALMENTE (solo por aquellos supuestos previstos a la Ley 39/2015):

 

a) Al Servicio de Atención Ciudadana (SACO) del Ayuntamiento de Andratx obligatoriamente con cita previa (08:30 13:30 de lunes a viernes) o a cualquier de las oficinas de registro de la administración autonómica, de la administración general del estado, del resto de comunidades autónomas que integran la administración local.

b) Por correo postal. En este caso, presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de correos pueda indicar, mediante el sello oficial,el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro.

Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.

Los sucesivos anuncios que se desprendan de la presente convocatoria se publicarán únicamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://andratx.sedelectronica.es/) y a la página web corporativa (www.andratx.cat).

TERCERO. CONTENIDO DE LAS PRUEBAS

La prueba consistirá en un examen en dos bloques:

– Un primer bloque tipo maceta, que constará de 20 preguntas, con tres opciones a señalar, siente solo una la válida; no penalizarán las respuestas incorrectas, siente necesario para superar la prueba contar con un mínimo de 12 preguntas correctas.

– Un segundo bloque con dos preguntas a desarrollar. Cada una de las dos preguntas se valorarán de 0 a 10 puntos, siente la nota máxima 20, y siente necesarios,para superar esta prueba, 12 puntos en este bloque.

La duración de la prueba será de 90 minutos.

Los conocimientos sobre el que tratará la prueba son los que estipulan el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de 2021:

– Conocimiento del municipio (fiestas, acontecimientos, calles...).

– Localización de calles del municipio.

– Lugares de especial interés.

La prueba se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de instancias, y se anunciará en la página web del Ayuntamiento de Andratx (www.andratx.cat) y al tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/).

 

CUARTO. TRIBUNAL CALIFICADOR Y PROCEDIMIENTO

El tribunal estará constituido por tres miembros nombrados por la corporación municipal.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la regidora del área dictará resolución con una lista provisional de los admitidos y excluidos así como de la composición del tribunal con un plazo de 7 días hábiles para enmendar o presentarlas alegaciones que se consideren oportunas.

La abstención y la recusación de los miembros del Tribunal será en conformidad con el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público. Transcurrido este plazo, la regidora del área resolverá declarando aprobada lista definitiva de admitidos y excluidos, así como el lugar, la fecha y hora de realización del examen y se publicará al tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/), con un plazo de alegaciones de 3 días hábiles; siendo posteriormente elevada a definitiva.

Las persones aspirantes que hayan obtenido la calificación de apto tendrán que presentar la documentación que los acredita para la obtención del permiso, de acuerdo con aquello previsto a la convocatoria y en el plazo que establece el tribunal, que será de un máximo de 10 días hábiles. La falta de presentación de esta documentación en el plazo requerido se entenderá como renuncia para la obtención del permiso municipal.

QUINTO. RECURSOS

Contra la presente convocatoria, se puede interponer recurso potestativo de reposición o directamente el contencioso-administrativo.

Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes acontar desde el día siguiente al de la publicación, no pudiendo, en este caso,interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición ose haya producido la desestimación presunta.

El recurso de reposición tendrá que presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su interposición, y en esta vía contencioso-administrativo.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123 anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente acto.

Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere pertinente.”

Lo cual se hace público por su conocimiento.

 

Documento firmado electrónicamente (21 de abril de 2023

La alcaldesa-presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)