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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 269552
Resolución del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes de 19 de abril de 2023 por la cual se establece el régimen de suplencia del jefe de la Unidad de Gestión Económica en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante

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Texto

El artículo 32 de la Ley 3/2003, de 26 de marco, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en relación con el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece que los titulares de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se tienen que sustituir en sus funciones, de manera temporal, en los supuestos de ausencia,enfermedad o vacante.

El artículo 33.2 de la Ley 3/2003 establece que el régimen de suplencia lo tiene que determinar el superior jerárquico del titular del órgano afectado entre los titulares de órganos del mismo rango o del rango inmediatamente inferior. De acuerdo con lo que establece el artículo 6.3 de la Ley mencionada, tienen la consideración de órganos administrativos, además de los órganos superiores y de los directivos, las unidades administrativas (departamentos, servicios, secciones y negociados) a las cuales se atribuyen funciones que tienen efectos jurídicos ante terceras personas o la actuación de las cuales tiene carácter preceptivo.

Atendido el carácter preceptivo de la actuación del jefe de la Unidad de Gestión Económica, esta unidad administrativa tiene la condición de órgano administrativo. Para garantizar en todo momento la actuación de la Unidad de Gestión Económica en los casos de ausencia, enfermedad o vacante del jefe de esta Unidad, se hace necesario establecer un régimen de suplencia.

Por todo esto, de acuerdo con el que establecen los artículos 32.5, 33.2 y 42. de la Ley 3/2003, dicto la siguiente

Resolución

1. Establecer que en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante del jefe de la Unidad de Gestión Económica, el ejercicio de todas sus funciones, propias o delegadas, corresponde, por este orden, a las personas siguientes:

- Jefe del Servicio de Administración Deportiva

- Jefa del Departamento de Asuntos Generales

- Jefe del Servicio de Asuntos Generales

- Jefe del Servicio de la Unidad Administrativa de Contratación.

- Jefa de Administración de Personal

2. Dejar sin efecto la Resolución del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes de 14 de noviembre de 2019 por la cual se establece el régimen de suplencia del jefe de la Unidad de Gestión Económica en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante (BOIB núm. 158, de 21 de noviembre de 2019).

3. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, la cual tendrá efectos a partir de la fecha de publicación.

 

Palma, 19 de abril de 2023

El secretario general Xavier Lluís Bacigalupe Blanco