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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 266944
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la Finalización de la explotación y restauración de la zona norte de la concesión de la cantera Son Cerdà n.º 2244, TM Felanitx (113A/2021)

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Texto

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En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 23 de marzo de 2023,

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

La parte septentrional de la cantera de Son Cerdà ubicada en las parcelas 93, 94, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137,138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 167, 321 y 330 del polígono 51 del TM de Felanitx no tiene declaración de impacto ambiental favorable, y tiene que obtenerla según establece la Disposición Transitoria 2.ª de la Ley 10/2014, de minas de las Islas Baleares.

La solicitud de entrada del proyecto al órgano sustantivo, el Servicio de Minas, es anterior a la entrada en vigor del Decreto Legislativo 1/2020, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, de 28 de agosto de 2020, por lo que la ley ambiental aplicable dentro del ámbito autonómico es la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

Los proyectos de canteras: extracción o restauración se encuentran incluidos en el punto 1 del grupo 2. Industria extractiva del anexo 1 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares. De acuerdo con el artículo 14.a) tienen que ser objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos incluidos en el anexo 1 de esta Ley.

Por lo tanto, el proyecto se tiene que tramitar por el procedimiento establecido en la sección 1.ª del Capítulo II de evaluación de impacto ambiental de proyectos del Título II de evaluación ambiental de la Ley 21/2013, en lo referente a la evaluación de impacto ambiental ordinaria, junto con las prescripciones establecidas para la evaluación de impacto ambiental ordinaria del artículo 17.5 de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares sobre un anexo de incidencia paisajística.

Además, de acuerdo con el artículo 12 del Plan Director Sectorial de Canteras de las Islas Baleares (Decreto 61/1999, de 28 de mayo de 1999), respecto a los planes de restauración de canteras, la Comisión Balear de Medio Ambiente, actualmente, la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares tiene que emitir un informe preceptivo y vinculante.

1. Descripción y ubicación del proyecto

1. La parte septentrional de la explotación minera de arcilla (sección C) a cielo abierto de Son Cerdà n.º 2244 se ubica en las parcelas 93, 94, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137,138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154,155, 156, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 167, 321 y 330 del polígono 51 del TM de Felanitx (Mallorca) y que comprende una superficie autorizada de 160.651,33 m² de con 4 cuadrículas mineras (coordenadas: 1) 3º7'40'',39º28'00''; 2) 3º8'20'', 39º28'0''; 3) 3º8'20'',39º27'20'' y 4) 3º7'40'', 39º27'20'') en régimen de concesión. El material extraído se transporta íntegramente a la factoría de material cerámico para la construcción de Ladrillerías Mallorquinas.

2. La explotación minera de Son Cerdà se encuentra a unos 2,0 Km al suroeste del casco urbano de Felanitx y tiene dos accesos, uno de ellos se realiza a partir de un camino particular que conecta con el del camino de Son Negre y el otro se realiza directamente desde el camino de Son Negre.

3. El cierre de la explotación cumple con el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera según el promotor.

4. Dentro del perímetro minero, hay una edificación rústica en la parcela 129 del polígono 51.

5. La zona norte de la explotación de la cantera Son Cerdà se encuentra en proceso de agotamiento de las reservas de arcilla y ya se han realizado una gran parte de las actuaciones de restauración de la cantera. Estas actuaciones han supuesto la generación de los bancales de restauración en descenso con una altura de 10-12 m, con bermas de 8-10 m con un ángulo de talud de 30°.

6. En el norte de la parte septentrional de la explotación minera de Son Cerdà hay una superficie de 800 m² que queda fuera de la Zona de Interés Minero (ZIM) y se ubica en Suelo Rústico Común (RSC), que se restauró satisfactoriamente de acuerdo con el informe del ECA minera IPC de fecha 18 de enero 2018. Las actuaciones de esta restauración han sido: rellenado con material inerte de parte del talud norte hasta la cota 100 del terreno, cota de cabecera del bancal superior; extensión de una capa de tierra vegetal en la zona a restaurar; y plantación de acebuches en malla 1x1 al tresbolillo.

7. El objeto del proyecto consiste en:

a) La finalización de las tareas de extracción a cielo abierto por bancales descendentes de la zona nordeste de la zona septentrional de la cantera de Son Cerdà, de la que se prevé la extracción final de 189.000 m³ de arcilla (reserva de 378.000 T) en una superficie de 16.264 m² con una duración de 6 años en el momento de redactar el proyecto. El volumen anual de extracción previsto es de 35.000 m³ y la producción anual media estimada es de 70.000 T. La campaña extractiva se prevé de abril a septiembre, con una producción mensual de 17.000 T equivalentes a 8.500 m³.

En una documentación complementaria posterior del proyecto se indica que desde el momento de la redacción hasta el año 2022 quedan pendientes de explotar solo 42.661 m³ en una superficie de 3.910 m² que supondría aproximadamente 1 año de actividad extractiva. Así mismo, se indica que durante los años 2019, 2020 y 2021 se ha realizado una parada temporal de las tareas de extracción.

b) La continuación de la restauración del resto de la concesión norte de la cantera de Son Cerdà.

8. Las actuaciones relacionadas con las tareas de extracción de arcilla previstas son las siguientes:

- Extracción por arranque con medios mecánicos (generalmente con retroexcavadora y excepcionalmente con pala cargadora) sin explosivos con las características principales de los distintos frentes siguientes:

* Profundidad máxima: 10 m

* Talud máximo de bancal: 35°

* Talud general: 23°

* Longitud del frente desde 80 m a 100 m (media 90 m).

* En el momento de máximo desarrollo de los frentes, el número de bancos será de 4 con una altura de 10 m y una longitud de 90 m.

* Avance de los frentes de 9,72 m/año.

De acuerdo con el proyecto prevé el avance de los frentes desde 2017 hasta 2022.

- Creación de 2 pistas: la anchura mínima de la pista general de un carril será de 6,5 m mientras que la anchura mínima de la otra pista será de 3 m. Las pendientes longitudinales medias de las pistas no sobrepasarán el 10%, con máximos puntuales de 15-20%. Se prevé una pendiente transversal que será de 1% para garantizar la evacuación del agua de escorrentía.

- Creación de 2 cunetas de guarda dispuestas en el perímetro superior del agujero minero para evitar que el agua de escorrentía pueda producir daños a la explotación. La primera paralela al camino de Son Negre que recogerá las aguas procedentes de las cuencas próximas y que también servirá para regular el llenado del vaso de la cantera durante la restauración, y la segunda se ubicará en la zona de uso agrario, una vez restaurada, que recogerá las aguas de la zona norte situadas a cota superior al vacío.

9. Las actuaciones referentes a la finalización de la restauración de la cantera son las siguientes:

- En 2017 (fases previas):

a) Acondicionamiento del lado noroeste de la cantera norte de la explotación de Son Cerdà ubicada fuera de ZIM con revegetación y reforestación inmediatos. Duración 1 a 2 meses.(Actuación ya realizada y evaluada por la ECA minera IPC).

b) Acondicionamiento inicial de la zona norte de la cantera norte de la explotación de Son Cerdà para el derrame de material inerte (exclusivamente, código LER 170504 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código LER 170503) procedentes de excavaciones y desmontes para posteriormente crear una zona de superficie agrícola. Duración desde 2017 hasta 2018.

La restauración constará de 6 fases, aunque algunas se solapan:

- Fase 1: En 2019, acondicionamiento y reforestación del talud del primer bancal con arbustivas y herbáceas, y reforestación del primer bancal de la zona oeste de la cantera norte. Siembra de 49 tamariscos (Tamarix spp), 144 pinos carrascos (Pinus halepensis), 297 acebuches (Olea europea var. sylvestris), 99 carrizos (Phragmites australis) y 99 matas (Pistacia lentiscus).

- Fase 2: En 2020, acondicionamiento y reforestación de una parte del talud del segundo bancal con arbustivas y herbáceas, y reforestación de una parte del segundo bancal de la zona oeste, sur y este de la cantera norte. Siembra de 130 tamariscos, 381 pinos carrascos, 782 acebuches, 261 carrizos y 261 matas.

- Fase 3: De 2019 a 2022, relleno inicial de la zona norte de la cantera norte con material inerte de norte a sur y acondicionamiento y reforestación del resto del talud del segundo bancal con arbustivas y herbáceas, y reforestación del resto del segundo bancal de la zona oeste, sur y este de la cantera norte. Siembra de 58 tamariscos, 169 pinos carrascos, 348 acebuches, 116 carrizos y 116 matas.

- Fase 4: De 2020 a 2022, finalización del acondicionamiento y reforestación del resto de taludes con arbustivas y herbáceas, y reforestación del resto de bancales de la cantera norte (tercer talud y cuarto talud (el primero por encima de la lámina de agua), y tercer bancal). Siembra de 79 tamariscos, 231 pinos carrascos, 669 acebuches, 353 carrizos y 353 matas. Desarrollo del relleno de la zona septentrional de la cantera norte para crear la zona agraria con material inerte código LER 170504, en la que se sembrarán cultivos de herbáceas de secano de triticale (X. triticosecale Wittmack) en asociación con leguminosas como la algarroba (Vicia sativa L.) y/o el haba (Vicia faba L.).

- Fase 5: De 2022 hasta el 2037, relleno de la zona norte de la cantera norte hasta cota 100 formando bancales de relleno cabe bajo material inerte con volumen final de 327.128 m³ (de los que, como mínimo un 30%, proceden de la misma explotación) y posterior acondicionamiento con tierra vegetal para crear una zona de uso agrícola (actualmente, el volumen pendiente de relleno para completar la zona agrícola es de 184.300 m³).

A partir de 2022, también se inicia la plantación de vegetación de ribera con el inicio de la creación de una laguna en la plaza resultante de la cantera norte hasta el segundo bancal empezado por arriba. Siembra de 332 tamariscos y 332 carrizos.

- Fase 6: Desde 2037 a 2040, formación de 6 islotes flotantes artificiales de diferentes medidas mediante módulos de 2 x 1 m de polietileno reciclado alveolar con sistema integrado para flotar y anclados en el fondo de la laguna mediante jaulón de 100 cm estructurado con red de polietileno rellenado de piedras. El herbazal se estructurará en fibra de coco con helófitos como Iris pseudocorus, Scirpus lacustris, Juncus effusus...

10. El presupuesto de la fase final de explotación (aproximadamente 1 año) será de 342.567 €. El presupuesto de las 6 fases de restauración será de 178.412,46 € mientras el presupuesto correspondiente a la aplicación de las medidas ambientales de la EIA (hidrosiembra, regueras de apoyo, control fauna exótica, apoyo técnico y partidas varias) será de 7,000 €. En cuanto al presupuesto del plan de vigilancia y seguimiento ambiental se estima que será de 11.200 €.

2. Elementos territoriales y ambientales significativos del entorno al proyecto

1.Según el Plan Insular de Mallorca, la parcela donde se localiza la cantera norte de Son Cerdà se ubica en Suelo Rústico en Régimen General (SRG) y no se encuentra afectada por ninguna Área de Prevención de Riesgos (APR).

2. La cantera se encuentra en Zona de Interés Minero.

3. El proyecto no afecta a ningún espacio de relevancia ambiental de los que define la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental.

4. En cuanto a los Hábitats de Interés Comunitario (HIC), a 30 m de la zona septentrional de la cantera norte donde se proyecta la zona agraria hay la HIC 5330 Matorrales termomediterráneos y predesérticos de calidad baja de acuerdo los datos de hábitats de Interés Comunitario 2022 de las Islas Baleares de la IDEIB. El código del subtipo es 5330-6 y corresponde a acebuches y matas no arborescentes (Cneoro tricocci-Ceratorietum siliquae y Prasio-Oleetum sylvestris).

5. Según la cuadrícula 1x1 n.º 5021 del Bioatlas de la IDEIB que alcanza la totalidad de la cantera, no consta ninguna especie catalogada y/o amenazada.

6. La vegetación que rodea el perímetro de la cantera se compone de un mosaico de zonas de cultivo entre las que se intercalan pequeñas masas de acebuches y matas en zarzales.

7. En lo referente al paisaje, la cantera norte tiene baja incidencia paisajística dado que a vista de peatón el vacío minero es poco visible desde el camino de Son Negre por su profundidad. De acuerdo con el anexo de estudio de incidencia paisajística del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la calidad visual de la cantera es media mientras que la capacidad de absorción visual del paisaje indica una fragilidad baja con capacidad de regeneración paisajística.

8. Respecto a las aguas superficiales, el proyecto no afecta ninguno. En cuanto a las aguas subterráneas, el proyecto se ubica sobre la masa de agua subterránea «1819M1» San Salvador, que es un acuífero profundo con mal estado cualitativo, buen estado cuantitativo, en riesgo de contaminación por nitratos y cloruros y con una vulnerabilidad a la contaminación baja.

9. Según el IV Plan de Defensa contraincendios Forestal de las Islas Baleares, el ámbito territorial de la cantera se encuentra sin riesgo de incendio forestal.

10. De acuerdo con el EIA, respeto el Patrimonio Histórico y Cultural, el proyecto no afecta a ningún Bien de Interés Cultural ni Bien Catalogado.

11. Alrededor del perímetro norte, sur y oeste del vacío minero existen viviendas, la mayoría de ellos a 30 y 70 m de distancia del mismo.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1. Información Pública, consultas a las Administraciones afectadas y personas interesadas

Según el artículo 36 de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, el Servicio de Minas de la Dirección General de Política Industrial, como órgano sustantivo, sometió el expediente del proyecto al trámite de información pública por un plazo de 30 días mediante un anuncio en el BOIB núm 93, de 28 de julio de 2018. Sin embargo, y dado que había transcurrido más de 1 año de la primera información pública, el Servicio de Minas volvió a someter a información pública el proyecto por plazo de 30 días mediante otro anuncio en el BOIB n.º 16 del 6 de febrero de 2021.

De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, el Servicio de Minas realizó las consultas a las Administraciones afectadas siguientes:

* Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares.

* Ayuntamiento de Felanitx.

* Servicio de Cambio Climático y Atmósfera de la Dirección General de Energía y Cambio Climático de la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos.

* Servicio de Promoción de la Salud Pública y de los Hábitos Saludables de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

* Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

* Servicio de Residuos y Suelos Contaminantes de la Dirección General de Residuos y Educación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

* Departamento de Infraestructuras y Territorio del Consell Insular de Mallorca.

A día de hoy dentro del expediente constan los informes de las administraciones afectadas y personas afectadas siguientes:

- Servicio de Salud Ambiental (25/02/2021) informó favorablemente dado que no se observan riesgos significativos para la salud pública.

- Servicio de Protección de Especies (4/03/2021) informó favorablemente sobre el nuevo trámite de información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental de la explotación Son Cerdà con n.º 2244 al TM de Felanitx.

- Servicio de Cambio Climático y Atmósfera (23/03/2021) informó: a) que la cantera dispone de una resolución de inscripción como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera del grupo C; b) el próximo control de comprobación por parte de un OCA se tiene que realizar antes de junio de 2024 y c) se tiene que presentar un anexo consistente en un estudio sobre el impacto directo e inducido sobre el consumo energético, la punta de demanda y las emisiones de gases de efecto invernadero de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.

- Servicio de Explotación y Conservación de Carreteras del Consell Insular de Mallorca (18/05/2021) que informó que los viales que se encuentran pegados a las parcelas donde están proyectadas las actuaciones de la cantera no forman parte de la red de carreteras del Consell Insular de Mallorca y que las parcelas se encuentran a una distancia superior a 50 m de la carretera más próxima de la red de carreteras del Consell Insular de Mallorca.

- Servicio de Ordenación de Territorio del Consell Insular de Mallorca (07/06/2021) indicó una serie de condicionados al proyecto.

3.2. Alegaciones

El Servicio de Minas indica que no tiene constancia de la presentación de alegaciones durante el trámite de exposición pública del proyecto de explotación de referencia.

4. Integración de la evaluación

4.1. Alternativas

De acuerdo con el estudio de impacto ambiental (EIA), se han estudiado las alternativas siguientes:

- Alternativa 0: No ejecutar ningún proyecto y continuar con la actividad inicial de restauración.

- Alternativa 1: La restauración se basa en restablecer el perfil original del terreno mediante el relleno total del vacío minero.

- Alternativa 2: Llevar a cabo la restauración mediante el acondicionamiento y la revegetación (arbórea, arbustiva y herbácea) de los bancales y taludes junto con la creación de una laguna que ocupe el vacío minero con vegetación palustre y la instalación de 6 islotes artificiales, así como, el desarrollo de una zona agraria en la zona norte condicionada mediante relleno de material inerte y tierra vegetal.

Una vez analizadas las variables de cada alternativa (factores abióticos, bióticos y antrópicos), el EIA concluye que la alternativa 2 es la mejor alternativa desde el punto de vista ambiental y técnico.

5. Principales impactos de la alternativa escogida y su corrección

En la EIA se presentan la identificación y la valoración de los impactos ambientales que el proyecto puede producir sobre el entorno en la fase final de explotación, en la fase de ejecución de la restauración y en la fase de mantenimiento del terreno ya restaurado. Para la identificación se ha utilizado la técnica de la matriz de interacciones causa-efecto junto con una escala cromática para indicar el factor significativo de los impactos para cada una de las etapas mencionadas antes, mientras que para la valoración de los impactos se ha aplicado la metodología simple enjuiciamiento (cualitativa) propuesta por Gómez Orea y Gómez Villarino (2003), contrastada con la valoración cuantitativa de acuerdo con la metodología adaptada a las recomendaciones de Conesa Fernández- Vitoria (2009). Se han tenido en cuenta las características más significativas de cada impacto: signo, extensión, momento, persistencia, reversibilidad, recuperabilidad, acumulación, sinergia, efecto, periodicidad, importancia e intensidad (compatible, moderado, severo y crítico) para determinar si son impactos negativos significativos, impactos negativos no significativos, nulos, impactos positivos no significativos, impactos positivos significativos, muy positivos con unos umbrales numéricos.

En el EIA, se han identificado los impactos siguientes:

a) En la fase de explotación minera:

- Arranque mecánico de la arcilla que supondrá la generación de impactos negativos significativos compatibles o moderados sobre el territorio, los recursos edáficos, la calidad del aire, la calidad acústica del entorno, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje, la generación de residuos, el consumo de energía y el uso residencial o agrario de la zona. Sin embargo, el arranque mecánico implicará un impacto positivo significativo moderado sobre la industria y la economía con la creación de ocupación.

- Funcionamiento de la maquinaria que supondrá impactos negativos significativos compatibles o moderados sobre el territorio, la calidad del aire, la calidad acústica del entorno, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje, la generación de residuos, consumo de energía y el uso residencial o agrario de la zona pero implicará un impacto positivo significativo moderado sobre la industria y la economía con la creación de ocupación.

- Circulación de la maquinaria y de los vehículos de la obra que supondrá impactos negativos significativos compatibles o moderados sobre el territorio, la calidad del aire y la calidad acústica del entorno, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje, el consumo de energía, la movilidad de los vehículos de la zona a pesar de que implicará un impacto positivo significativo bajo sobre la industria y la economía con la creación de ocupación.

- Desbroce del terreno afectado por la explotación minera que supondrá impactos negativos significativos compatibles o moderados sobre la calidad del aire y la calidad acústica del entorno, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje, el consumo de energía, la generación de residuos y el uso residencial o agrario de la zona pero implicará un impacto positivo significativo bajo sobre la industria y la economía con la creación de ocupación.

b) En la fase de ejecución de la restauración:

- Tareas de ejecución de la restauración que supondrán impactos negativos significativos compatibles que afectarán en el territorio, los recursos edáficos, la calidad del aire, la calidad acústica del entorno, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje, el consumo de energía, la generación de residuos pero implicarán impactos positivos significativos moderados sobre la economía con la creación de ocupación.

- Siembra y revegetación que supondrán un impacto negativo significativo compatible sobre el uso minero de la zona dado que la actividad minera desaparece e implican un coste para el promotor. Sin embargo, también suponen impactos positivos significativos moderados sobre la economía con la creación de ocupación.

c) En la fase de mantenimiento de la restauración:

- Mantenimiento del estado final de la restauración que supondrá impactos positivos significativos notables sobre el territorio, la biodiversidad, la flora, la fauna, los hábitats, el paisaje.

Medidas ambientales propuestas en la EIA

* Para reducir la generación de ruidos y vibraciones: maquinaria en perfecto estado técnico acreditado con ITV favorables; uso de maquinaria adecuada respecto a la potencia y a la emisión de partículas; llevar a cabo las actuaciones más susceptibles de generar ruido con la mayor diligencia posible; desconcentración de las actividades potencialmente molestas; las máquinas y equipos dispondrán de dispositivos silenciadores y el personal de la cantera estará instruido sobre medidas correctoras sobre el ruido y las vibraciones.

* Para reducir la emisión de contaminantes atmosféricos: control del polvo mediante regueras, aspersiones o pulverizaciones de accesos, pistas y vías de circulación mediante camiones cubeto; planificación de las tareas para evitar su desarrollo durante épocas de sequías o fuertes vientos; en el caso de la adquisición de nuevos equipos, estos tendrán unas mejores prestaciones respecto a la reducción de emisiones de polvo, ruido, vibraciones y gases contaminantes; limitación de la velocidad de los vehículos; los camiones de transporte tendrán de un tonelaje adecuado a la carga transportada; las operaciones de carga y descarga se realizarán con la mayor diligencia posible para evitar las emisiones de polvo y ruidos excesivos; se evitará el desbordamiento del material en los operaciones de cargas de volquetes.

* Para reducir el impacto visual y mejorar la integración paisajística: introducción de irregularidades que roturen la monotonía y la regularidad de los bancos de explotación en vertical y en horizontal; creación de pequeñas discontinuidades en las paredes por el establecimiento de nidos de aves y la colonización de plantas espontáneas; instalación de vegetación por hidrosiembra en microhábitats e irregularidades de la roca favorables para aumentar la biodiversidad y la integración con el entorno; siembra de semillas por dispersión manual de especies vegetales similares a las utilizadas en la actuación de superficie de la cabecera del talud; la plantación se realizará en la base de la pared rocosa con una distribución de especies irregular y en varias filas de amplitud (esquemas de plantación). Las lianas se plantarán al lado de la pared rocosa y las leñosas más alejadas; periódicamente se eliminarán especies invasoras o exóticas consiguiendo 0 individuos o un recubrimiento inferior al 10%, si son especies rizomatosas se eliminarán los rizomas; control de fauna invasora en el entorno de la laguna; se instalarán trampas para la detección de Rhynchoforus ferrugineus y si se detecta se informará a la administración competente; se realizará un control de los sistemas de drenaje perimetrales para evitar la entrada de las aguas de escorrentía, especialmente durante el otoño; los sustratos serán adecuados para el desarrollo de la revegetación y de origen sostenible sin contener contaminantes ni entonces de especies alóctonas; las entonces estarán autorizadas y certificadas o procederán de semillas o esquejes de especies presentes en la zona; se realizarán regueras de apoyo en épocas de carencia hídrica para garantizar el éxito de la revegetación; la revegetación se iniciará en el perímetro de la cantera para reducir la visibilidad de la cantera; se contará con apoyo técnico para el diseño y seguimiento de la revegetación y la restauración.

Para evitar el derrame de sustancias contaminantes: el manejo de maquinaria y de los equipos se realizará con la diligencia adecuada para evitar derrames accidentales de carburantes o aceites; se dispondrá de sepiolita o similar para contener y controlar un eventual derrame accidental, y el residuo resultante se gestionará por un gestor autorizado.

Para mejorar la gestión de residuos: se fomentará la reutilización de los productos susceptibles de convertirse en residuos y se realizará una adecuada gestión de los residuos de acuerdo con su naturaleza; finalizada la explotación minera, la zona tendrá que quedar libre de residuos, instalaciones y elementos propios de la actividad y los residuos resultantes se gestionarán correctamente.

Para evitar los incendios forestales: se extremarán las precauciones en los meses estivales y de mayor riesgo forestal y se cumplirá la normativa vigente en materia de prevención y extinción de incendios.

Plan de Vigilancia Ambiental

En cuanto al Plan de Vigilancia Ambiental (PVA), su objetivo es comprobar el cumplimiento y funcionamiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas en la EIA, además de prever ante posibles efectos no esperados. El PVA incluye las fases de explotación, de ejecución de la restauración y de mantenimiento de la restauración.

- Para la fase de explotación: seguimiento de las acciones del proyecto de explotación; control sobre el manejo de hidrocarburos, aceites y áridos fines; control del transporte y dispensación de los áridos, hidrocarburos y aceites fuera de la explotación; control de las actividades generadoras de ruido y gases; seguimiento de las medidas ambientales indicadas para esta fase.

- Para la fase de restauración: control y seguimiento de las operaciones de restauración; control y seguimiento de la revegetación durante el proyecto y después del cierre de la cantera; seguimiento especial de los tamarindos; seguimiento y control de la evolución de las acciones de control/erradicación de especies vegetales alóctonas como del Rhynchoforus ferrugineus, y de otra fauna invasora; control sobre el manejo y la gestión de hidrocarburos y aceites; realización de medidas y controles de las medidas ambientales; semestralmente se realizarán revisiones del estado de las plantaciones efectuadas y se reposarán los ejemplares que no sean viables.

Se prevé el uso de los indicadores siguientes: indicadores establecidos en la normativa vigente en materia de emisiones de polvo, ruidos, vibraciones y contaminantes atmosféricos; durante la revegetación los indicadores propuestos en el «Manual para la restauración de canteras de roca caliza en el clima mediterráneo». Jorba & Ramon-Vallejo. Generalitat de Catalunya. ISBN: 978-84-393-8205-8, así como, el porcentaje de individuos que no han arraigado, si es superior al 10%, se reposarán; abundancia y presencia de especies invasoras para aplicar su erradicación; niveles de la lámina de agua y medidas de la calidad del agua (incluidos aceites e hidrocarburos) de la laguna al finalizar la restauración.

- Para la fase de mantenimiento de la restauración: seguimiento y control de la aparición de signos de erosión en los taludes, así como también seguimiento y control de los procesos ecológicos restablecidos.

Se prevé el uso de los indicadores siguientes: abundancia y presencia de especies invasoras, se dará parte a la propiedad y a las administraciones competentes en la materia de protección de especies.

Las actividades de vigilancia se realizarán semestralmente en la fase de explotación y de ejecución de la restauración. En la fase de mantenimiento de la restauración las actividades de vigilancia se realizarán a los 12 o 24 meses (1 visita anual o cada 2 años) con una duración máxima de 4 años y una duración mínima de 2 años.

6. Consideraciones técnicas

1. El relleno con material inerte con código LER 170504 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código LER 170503, procedentes de excavaciones y desmontes supondrá una operación de valorización y se tendrán que cumplir una serie de condicionantes:

a) Solo se podrá hacer uso de residuos con código LER 170504 Tierras y piedras de excavación, procedentes de espacios que no han soportado ni soportan en la actualidad actividades potencialmente contaminadoras del suelo.

b) Las tierras y piedras que se pretende valorizar para la restauración de la cantera con código LER 170504 «Tierras y piedras distintas a las especificadas en el código LER 170503» tendrán que ser comunicadas según el procedimiento recogido en la orden APM 1007/2017, de 10 de octubre, sobre las normas generales para la valorización de materiales naturales excavados para su utilización para operaciones de relleno y para obras diferentes de aquellas que se generaron. Estas tierras y piedras tendrán que ser incluidas en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares.

c) La operación de valorización de tierras y piedras finalizará una vez la autoridad minera resuelva que ha finalizado la ejecución del plan de restauración. Esta resolución tendrá que ser comunicada al órgano competente en materia de residuos para poderlo indicarlo así al Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares.

2. Según la documentación aportada, se ha verificado la estabilidad de los taludes por los métodos de análisis de Bishop, Felleneus/Peterson, Spencer, Janbu, Morgenstern-Price y en todos los métodos mencionados el cálculo del factor de seguridad es superior a 1,3 por lo que se considera adecuada la estabilidad de los taludes siempre que se ajuste a los parámetros del terreno (altura de talud de 10 m y ángulo de talud de 35°) para los que ha sido calculado.

3. Se ha presentado el anexo consistente en un estudio sobre el impacto directo e inducido sobre el consumo energético y las emisiones de gases de efecto invernadero, que concluye que el proyecto tiene una eficiencia energética alta respecto al consumo energético (gasóleo y consumo eléctrico). Así mismo, en cuanto a las emisiones de CO₂ de la maquinaria móvil, se indica que se prevé la emisión de unos 9.040,08 Kg de CO2/anuales, que estaría incluida dentro de los parámetros estándares para este tipo de instalaciones.

4. En el EIA se presenta una estimación bibliográfica de las emisiones sonoras previstas. Sin embargo, se tendrá que hacer un estudio sonométrico real de las emisiones acústicas derivadas de la fase de explotación y de la fase de restauración para verificar que las estimaciones sonoras indicadas en la bibliografía corresponden con la realidad acústica y que se cumplen los umbrales legales con el objetivo de comprobar que las medidas preventivas que se han propuesto serán eficaces en todas las zonas potencialmente receptoras de ruido (viviendas próximas).

Como umbrales legales, se tendrán que tener en cuenta los establecidos en el anexo III tabla B1 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la zona acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas para la zona de viviendas.

Tabla B1. Valores límite de inmisión de ruido aplicables a infraestructuras portuarias y a actividades

Tipos de área acústica

Índice de ruido

Lk1d

Lk1e

Lk1n

e

Sectores del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica

50

50

40

a

Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial

55

55

45

d

Sectores del territorio con predominio de suelo de uso terciario diferente del contemplado en c

60

60

50

c

Sectores del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos

63

63

53

b

Sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial

65

65

55

Se recuerda que también se tendrá que cumplir con el resto de normativa estatal, autonómica vigente de aplicación en materia de ruido y vibraciones.

5. Respecto a la edificación existente en la parcela 129 del polígono 51 del TM de Felanitx a la que se refiere el informe del Servicio de Ordenación del Territorio del Consell de Mallorca, el promotor ha indicado que la edificación no se encuentra afectada por el ámbito territorial de la explotación minera ni de la restauración de la cantera a pesar de que está dentro del perímetro minero y que cerca de la edificación hay cierre perimetral de seguridad y que se ha creado una pantalla vegetal que reducirá el impacto visual de la cantera dentro de las actuaciones de restauración de la cantera.

6. Se presenta un informe de comprobación de las medidas de prevención y corrección de emisiones difusas efectuado por el OCA Applus de junio de 2019 (informe 19_200550-007/23 Ed.1) en el que pone de manifiesto que el resultado es favorable. En este informe se indican una serie de medidas de prevención y corrección de emisión de partículas a la atmósfera que se tendrán que incluir en el apartado de medidas ambientales propuestas en la EIA para reducir la emisión de contaminantes atmosféricos y serán objeto de seguimiento del PVA.

Las medidas son las siguientes:

- El suelo se encuentra compactado en los accesos y las vías de circulación.

- Se adicionará ladrillos de arcilla triturados en los caminos para evitar la producción de polvo.

- La carga de los camiones irá tapada con lonas.

- Los tubos de escape de los camiones estarán dirigidos hacia arriba.

- Las ruedas de los vehículos se limpiarán antes de salir de la instalación.

- La arcilla se apilará en el exterior, la que al bañarse con agua crea una costra en su superficie que evitará la formación de polvo.

- Se reducirá al máximo la altura del amontonamiento de la arcilla.

- No se realizará descarga en altura.

7. En cuanto a las medidas ambientales propuestas:

- Para reducir el impacto visual y mejorar la integración paisajística:

a) Las medidas introducción de irregularidades que roturen la monotonía y la regularidad de los bancos de explotación en vertical y en horizontal; la creación de pequeñas discontinuidades en las paredes; la plantación se realizará en la base de la pared rocosa con una distribución de especies irregular y en varias filas de amplitud (esquemas de plantación) son medidas aplicadas para las canteras de marés. De acuerdo con la documentación aportada, en la restauración de la cantera de Son Cerdà, que es de arcilla, no se prevé dejar bancos de explotación en vertical y el material utilizado para generar los bancos de restauración no es marés para poder crear pequeñas discontinuidades, por lo tanto, no serían aplicables estas medidas.

b) Las lianas se plantarán al lado de la pared rocosa y las leñosas más alejadas. Se indican lianas cuando en el plan de restauración no está previsto la siembra de ninguna especie vegetal con características de liana.

c) Se indica que es permisible hasta una cobertura inferior al 10% de especies vegetales invasoras o/y exóticas, sin embargo, teniendo en cuenta la alta capacidad de colonización y establecimiento de estas especies la medida correctora aplicable tendrá que ser de un 0% de cobertura de estas especies.

d) Se indica que se instalarán trampas de detección del picudo rojo, Rhynchoforus ferrugineus. El picudo rojo es una especie invasora que afecta a las palmeras. En la restauración de la cantera no está previsto la siembra de ninguna especie vegetal palmera, por lo tanto, la instalación de trampas para este insecto no se puede considerar una medida ambiental válida para aplicarla al control de la fauna invasora.

- Aparte de las medidas ambientales para mejorar la gestión de residuos propuestas se tendrá que redactar un Plan Integral de Gestión de Residuos que indique los tipos de residuos previstos en las fases de explotación, de restauración y de mantenimiento de la restauración con sus códigos LER, su volumen estimado, su gestión y destino final. En el supuesto de que los residuos tengan que ser gestionados por un gestor autorizado, se tendrá que indicar su identidad.

8. Para que el proceso de revegetación sea lo más efectivo posible:

a) Crear alcorques para retener el agua de reguera o de lluvia.

b) Establecer las medidas necesarias para que los parámetros finales de densidad de los individuos de las especies vegetales lleguen, como mínimo al 75% de los previstos en el plan de restauración.

c) La utilización de técnicas que garanticen la supervivencia de las especies vegetales a largo plazo.

d) Los protectores individuales contra roedores tendrán que permitir la ventilación y podrán ser metálicos o de material biodegradable.

9. Se ha realizado una estimación del agua para el riego de las especies vegetales, en la que se prevé, como mínimo, 1 litro por planta. Los riegos que son proyectados son los que se llevarán a cabo inmediatamente después de la siembra y durante los meses de verano 4 veces al mes durante los 3 primeros años desde la siembra. Se estima un consumo de agua para los riegos de 179,82 m³. El origen del agua para el riego será agua pluvial acumulada en el fondo de la cantera que se extraerá mediante bombas.

Para reducir el consumo de agua de lluvia, los riegos de la vegetación se tendrán que realizar preferentemente en horario de menor intensidad lumínica (primera hora de la mañana o última hora de la tarde, con el fin de evitar la pérdida del recurso hídrico por evaporación).

En el caso de periodos de sequía extrema y haya precipitaciones mínimas, el agua de riego tendrá que ser regenerada.

10. En cuanto al llenado y el mantenimiento del nivel del agua de la laguna, el volumen del vacío de la cantera es de 64.545 m³. En el EIA, se ha calculado un volumen anual de agua de 27.464,67 m³ que llega a partir de la escorrentía natural del agua de lluvia por lo que en un plazo de 2,35 años el vacío de la cantera quedaría llenado de manera homogénea y quedaría garantizado el mantenimiento del nivel del agua en la laguna.

Así mismo, también hasta el final del plan de restauración, en el caso de sequía extrema y que no se pueda mantener el nivel de agua en la laguna, se tendrá que llenar con agua regenerada con los parámetros fisicoquímicos de calidad del agua adecuados para evitar la destrucción del ecosistema palustre que se haya implantado.

11. Los islotes artificiales no contendrán materiales que se puedan degradar creando microplásticos, que podrían entrar dentro de la cadena trófica del ecosistema palustre.

Sin embargo, si que se pueden sembrar las especies vegetales palustres propuestas sobre los islotes en los lados de la laguna (Iris pseudocorus, Scirpus lacustris, Juncus effusus...).

12. En el EIA se presenta un muy breve estudio de movilidad de la ruta que hacen los camiones desde la zona de explotación de la cantera hasta la fábrica de Ladrillerías Mallorquinas ubicada también en Felanitx a 3,6 Km. La ruta está compuesta por un camino particular de propiedad de Ladrillerías Mallorquinas, una parte de la carretera Campos- Felanitx, la ronda periférica al pueblo y parte de la carretera Felanitx-Petra. Además, los camiones que transportan la arcilla hasta la fábrica son los mismos que transportan el material de relleno a la cantera. Se concluye que con 8 horas de trabajo de explotación diarias habrá un máximo de 9 camiones por hora durante la finalización de la actividad minera, que se prevé que sea de aproximadamente 1 año, y que no supondrán un aumento de volumen de tráfico de la zona.

13. En referencia al PVA, se tendrán que incluir las siguientes indicaciones:

a) En la fase de explotación minera también se tendrán que incluir los indicadores establecidos en la normativa vigente en materia de emisiones de polvo, ruidos, vibraciones y contaminantes atmosféricos, así como también para el control sobre el manejo de hidrocarburos, aceites y áridos fines.

b) Respecto a las emisiones acústicas, en caso de que superen los umbrales establecidos en la normativa vigente se adoptarán las medidas correctoras necesarias para reducirlos de manera inmediata. Así mismo, las mediciones de las emisiones acústicas se controlarán por parte de un OCA con una periodicidad mínima anual. La distribución de los puntos de medida tendrá que ser proporcional y representativa. En el supuesto de que los valores obtenidos se encuentren por encima de los límites establecidos por la normativa vigente, el control pasará a ser mensual hasta que haya quedado justificado que los valores de emisiones vuelven a estar por debajo de los umbrales legales establecidos considerando la proximidad de las viviendas a la cantera.

c) En cuanto a la estabilidad de los frentes de explotación y de los taludes de restauración, el control será semestral y después de periodos de lluvias torrenciales, que se materializará con la elaboración de informe específico firmado por técnico competente.

d) El Plan Integral de Gestión de Residuos se tiene que incorporar al PVA para monitorizar su seguimiento con los registros pertinentes.

e) Tendrá que quedar registro de cada episodio de relleno: el origen del material, el tipo de material (código LER) y el volumen depositado y el lugar del depósito.

f) Realizar un seguimiento periódico mensual de la revegetación para tomar rápidamente las medidas correspondientes (entre ellas, sustitución de los pies muertos cuando corresponda) en el supuesto de que la revegetación del plan de restauración no esté obteniendo los resultados previstos, puesto que aplazar el control de supervivencia de las especies vegetales a 6 meses se podrían detectar a tiempo posibles dificultades en las plantaciones.

g) Durante la revegetación, se utilizarán únicamente los indicadores propuestos en el «Manual para la restauración de canteras de roca caliza en el clima mediterráneo». Jorba & Ramon-Vallejo. Generalitat de Catalunya. ISBN: 978-84-393-8205-8 que sean aplicables en una cantera de arcilla.

f) Se tendrá que eliminar del PVA, el seguimiento y control de la evolución de las acciones de control/erradicación del picudo rojo (Rhynchoforus ferrugineus) dado que no hay palmeras en la restauración de la cantera.

g) En la fase de mantenimiento de la restauración, las actividades de vigilancia se realizarán cada 12 meses durante 3 años.

h) El seguimiento de la integración paisajística, también se realizará a partir de los fotomontajes y de planimetrías por fases de la restauración que permitirán verificar si se han logrado los objetivos de cada fase sobre el terreno.

i) Se tendrán que incluir todas las medidas ambientales propuestas en la EIA y las propuestas en esta DIA en el PVA.

j) Se tendrán que registrar los volúmenes de agua consumida para los riegos antipolvo.

k) Los informes del PVA se emitirán indicando todas las actuaciones del PVA realizadas y todas las incidencias producidas y las medidas correctoras aplicadas.

7. Conclusiones

Por todo lo anterior, se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Finalización de la explotación y restauración de la zona norte de la concesión de la cantera Son Cerdà n.º 2244» del TM Felanitx (Mallorca)» redactado por el ingeniero de minas, Jaime Fernández Homar data junio de 2017, una vez enmendado en fechas 15 de junio de 2022 y 25 de enero de 2023, dado que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras previstas en la EIA y en el PVA redactado por el ingeniero agrónomo Juan Antonio Vives Vallés y por el ingeniero de minas, Jaime Fernández Homar, en fecha de junio del 2017, una vez enmendados, en fechas 27 de junio de 2022 y 25 de enero de 2023, así como los condicionantes siguientes:

1. Se cumplirán los condicionantes indicados en el informe del Servicio de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Mallorca:

a) Hay que completar la barrera vegetal existente, a base de especies autóctonas como las que se utilizan a la restauración, en todo el perímetro de la explotación para minimizar los efectos ambientales y el impacto paisajístico en el entorno más próximo.

b) El cierre de la explotación tendrá que cumplir con la norma 22 del Plan Territorial de Mallorca.

2. Respecto al material inerte para el relleno:

a) Solo se podrá hacer uso de residuos con código LER 170504 Tierras y piedras de excavación, procedentes de espacios que no han soportado ni soportan en la actualidad actividades potencialmente contaminadoras del suelo.

b) Las tierras y piedras que se pretende valorizar para la restauración de la cantera con código LER 170504 «Tierras y piedras distintas a las especificadas en el código LER 170503» tendrán que ser comunicadas según el procedimiento recogido en la orden APM 1007/2017, de 10 de octubre, sobre las normas generales para la valorización de materiales naturales excavados para su utilización para operaciones de relleno y para obras diferentes de aquellas que en se generaron. Estas tierras y piedras tendrán que ser incluidas en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares.

c) La operación de valorización de tierras y piedras finalizará una vez la autoridad minera resuelva que ha finalizado la ejecución del plan de restauración. Esta resolución tendrá que ser comunicada al órgano competente en materia de residuos para poderlo indicar así en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares.

3. Respecto al ruido, se tendrá que hacer un estudio sonométrico real de las emisiones acústicas derivadas de la fase de explotación y de la fase de restauración para verificar que las estimaciones sonoras indicadas en la bibliografía corresponden con la realidad acústica y que se cumplen los umbrales legales indicados en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, con el objetivo de comprobar que las medidas preventivas que se han propuesto serán eficaces en todas las zonas potencialmente receptoras de ruido (viviendas próximas).

4. En cuanto a las medidas propuestas:

a) No se aplicarán las medidas de integración paisajística siguientes: introducción de irregularidades que roturen la monotonía y la regularidad de los bancos de explotación en vertical y en horizontal; la creación de pequeñas discontinuidades a las paredes y la plantación se realizará en la base de la pared rocosa con una distribución de especies irregular dado que son medidas aplicables a canteras de marino cuando la cantera de Son Cerdà es de arcilla. El material utilizado por los taludes de restauración no permite crear pequeñas discontinuidades y el plan de restauración propuesto no prevé dejar bancos de explotación en vertical.

b) A pesar de que se indica la siembra de lianas como medida para reducir el impacto visual, no se sembrarán lianas considerando que el plan de restauración no contempla la siembra de especies vegetales con características de liana.

c) Se tendrán que eliminar totalmente las especies vegetales invasoras que puedan estar presentes en el ámbito territorial del plan de restauración.

d) No se instalarán trampas de detección de picudo rojo (Rhynchoforus ferrugineus) como medida de control de fauna invasora dado que no se aplicable puesto que el plan de restauración no contempla la siembra de palmeras.

e) Se tendrán que incluir en el apartado de medidas ambientales propuestas en la EIA las medidas preventivas y correctoras indicadas en el informe de comprobación de las medidas de prevención y corrección de emisiones difusas efectuado por el OCA Applus de junio de 2019 (informe 19_200550-007/23 Ed.1) y estas serán objeto de seguimiento del PVA.

5. Se tendrá que redactar un Plan Integral de Gestión de Residuos que indique los tipos de residuos previstos en las fases de explotación, de restauración y de mantenimiento de la restauración con sus códigos LER, su volumen estimado, su gestión y destino final. En el supuesto de que los residuos tengan que ser gestionados por un gestor autorizado, se tendrá que indicar su identidad.

6. Para que el proceso de revegetación sea lo más efectivo posible:

a) Crear alcorques para retener el agua de riego o de lluvia.

b) Establecer las medidas necesarias para que los parámetros finales de densidad de los individuos de las especies vegetales lleguen, como mínimo al 75% de los previstos en el plan de restauración.

c) La utilización de técnicas que garanticen la supervivencia de las especies vegetales a largo plazo.

d) Los protectores individuales contra roedores tendrán que permitir la ventilación y podrán ser metálicos o de material biodegradable.

7. Respecto a los riegos llevados a cabo con el agua de lluvia acumulada en el fondo de la cantera:

a) En el caso de periodos de sequía extrema y haya precipitaciones mínimas, el agua de riego tendrá que ser regenerada.

b) Para reducir el consumo de agua de lluvia, los riegos de la vegetación se tendrán que realizar preferentemente en horario de menor intensidad lumínica (primera hora de la mañana o última hora de la tarde, con el fin de evitar la pérdida del recurso hídrico por evaporación).

8. En cuanto a la laguna proyectada:

a) Hasta el final del plan de restauración, en el caso de sequía extrema y que no se pueda mantener el nivel de agua en la laguna, se tendrá que llenar con agua regenerada con los parámetros fisicoquímicos de calidad del agua adecuados para evitar la destrucción del ecosistema palustre que se haya implantado.

b) En las aceras de la laguna también se sembrarán las especies vegetales palustres siguientes: Iris pseudocorus, Scirpus lacustris, Juncus effusus...

9. Los islotes artificiales no contendrán materiales que se puedan degradar creando microplásticos, que podrían entrar dentro de la cadena trófica del ecosistema palustre.

10. En referencia al PVA, se tendrán que incluir las siguientes indicaciones:

a) En la fase de explotación minera también se tendrán que incluir los indicadores establecidos en la normativa vigente en materia de emisiones de polvo, ruidos, vibraciones y contaminantes atmosféricos, así como también para el control sobre el manejo de hidrocarburos, aceites y áridos fines.

b) Respecto a las emisiones acústicas, en caso de que superen los umbrales establecidos en la normativa vigente se adoptarán las medidas correctoras necesarias para reducirlos de manera inmediata. Así mismo, las mediciones de las emisiones acústicas se controlarán por parte de un OCA con una periodicidad mínima anual. La distribución de los puntos de medida tendrá que ser proporcional y representativa. En el supuesto de que los valores obtenidos se encuentren por encima de los límites establecidos por la normativa vigente, el control pasará a ser mensual hasta que haya quedado justificado que los valores de emisiones vuelven a estar por debajo de los umbrales legales establecidos considerando la proximidad de las viviendas a la cantera.

c) En cuanto a la estabilidad de los frentes de explotación y de los taludes de restauración, el control será semestral y después de periodos de lluvias torrenciales, que se materializará con la elaboración de informe específico firmado por técnico competente.

d) El Plan Integral de Gestión de Residuos se tiene que incorporar al PVA para monitorizar su seguimiento con los registros pertinentes.

e) Tendrá que quedar registro de cada episodio de relleno: el origen del material, el tipo de material (código LER) y el volumen depositado y el lugar del depósito.

f) Realizar un seguimiento periódico mensual de la revegetación para tomar rápidamente las medidas correspondientes (entre ellas, sustitución de los pies muertos cuando corresponda) en el supuesto de que la revegetación del plan de restauración no esté obteniendo los resultados previstos, puesto que aplazar el control de supervivencia de las especies vegetales a 6 meses se podrían detectar a tiempo posibles dificultades en las plantaciones.

g) Durante la revegetación, se utilizarán únicamente los indicadores propuestos en el «Manual para la restauración de canteras de roca caliza en el clima mediterráneo». Jorba & Ramon-Vallejo. Generalitat de Catalunya. ISBN: 978-84-393-8205-8 que sean aplicables a una cantera de arcilla.

f) Se tendrá que eliminar del PVA, el seguimiento y control de la evolución de las acciones de control/erradicación del picudo rojo (Rhynchoforus ferrugineus) dado que no hay palmeras en la restauración de la cantera.

g) En la fase de mantenimiento de la restauración, las actividades de vigilancia se realizarán cada 12 meses durante 3 años.

h) El seguimiento de la integración paisajística, también se realizará a partir de los fotomontajes y de planimetrías por fases de la restauración que permitirán verificar si se han logrado los objetivos de cada fase sobre el terreno.

i) Se tendrán que incluir todas las medidas ambientales propuestas en la EIA y las propuestas en esta DIA en el PVA.

j) Se tendrán que registrar los volúmenes de agua consumida para los riegos antipolvo.

k) Los informes del PVA se emitirán indicando todas las actuaciones del PVA realizadas y todas las incidencias producidas y las medidas correctoras aplicadas.

Así mismo, se recuerda que:

- El primer trimestre de cada año se tendrá que presentar un plan de tareas para que la autoridad minera competente lo apruebe con un informe favorable de una entidad colaboradora de la administración, tal y como se establece en el artículo 44.c) de la Ley 10/2014.

- En el supuesto de que el informe del OCA o de la entidad colaboradora de la administración (ECA) respecto a la finalización de cada una de las fases de restauración no sea favorable, la autoridad minera tendrá que establecer las actuaciones inmediatas que correspondan para lograr el cumplimiento efectivo del plan de restauración.

- Tal y como se establece en el artículo 18.1 del Decreto 61/1999, de 28 de mayo, de aprobación definitiva de la revisión del Plan director sectorial de canteras de las Islas Baleares, la devolución de la fianza se formalizará por la DG de Industria previo informe de la CMAIB, siempre que los trabajos de restauración hayan cumplido los objetivos previstos en el Plan de restauración.

Para el uso de aguas regeneradas, se tendrá que cumplir con el Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.

Esta DIA se emite sin perjuicio de las competencias en residuos, urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios.

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(Firmado electrónicamente: 19 de abril de 2023)

La secretaria general Catalina Inés Perelló Carbonell Por suplencia del presidente de la CMAIB (BOIB núm. 26, de 28/02/2023)