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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 264477
Notificación de Propuesta de Resolución de modificación parcial de resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, 2ª TANDA (anualidad 2021) de fecha 16 de febrero de 2023, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 22 de febrero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, para los años 2021 y 2022

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Texto

El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 22 de febrero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, para los años 2021 y 2022 (anualidad 2021),  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 16 de febrero de 2023, firmó la siguiente resolución, 

" INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 11.2.2.Ayudas para el Fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022

Convocatoria 2021

Antecedentes

1. Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó el BOIB núm. 29 la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.

2. Con fecha 27 de febrero de 2021 se publicó en el BOIB núm. 25, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para los años 2021 y 2022, de las Ayudas destinadas al Fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica.

3. Con fecha 19 de febrero de 2022 se publicó en el BOIB núm. 27 la resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022. 

4.Con fecha 4 de agosto de 2022 se publicó en el BOIB núm. 102 la Resolución de concesión de la ayuda destinada al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica. Los interesados señalados en el anexo adjunto a esta Resolución presentaron, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se comprobó que cumplían con los requisitos y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, a estos beneficiarios les correspondía una ayuda máxima detallada en el anexo.

5.Los órganos gestores han detectado errores en la concesión de la ayuda y por tanto procede la revisión y se estima oportuno promover de oficio la modificación parcial de la resolución de concesión antes mencionada. Concretamente, los beneficiarios MIQUEL VIDAL BARCELÓ (***0996**); MARIA ANTONIA BARCELÓ GARCIA (***2441**); JULIA CALDES BAUZA (***5616** ) y MONTSERRAT PATRICIA ROSSELLO JAUME (***6469**) han visto incrementado el importe de la ayuda concedida puesto que se ha detectado un error en el cálculo de la superficie comprometida . En el Anexo I aparece la superficie comprometida correcta.

6.El artículo 109.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas, podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos o existentes en sus actos.

7.Teniendo en cuenta que, a día de hoy, existe disponibilidad de crédito, es posible resolver este expediente sin afectar a lo dispuesto en el apartado séptimo de la Resolución de la Convocatoria.

8.Dado todo esto, y con el fin de subsanar los errores detectados, se modifica parcialmente la resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 4 de agosto de 2022.

Fundamentos jurídicos

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 1 de febrero de 2018 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de las ayudas destinadas al Fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica.

2.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .

5.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

8.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

9.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

12.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

14.Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

15.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

16.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

17.Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

Propuesta de Resolución

Por todo esto, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Modificar parcialmente la resolución de concesión de la ayuda de la Medida 11.2.2. Ayudas para el fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022 del PDR de los expedientes 04000209 (MIQUEL VIDAL BARCELÓ); 04000891(MARIA ANTONIA BARCELÓ GARCIA); 04002520 (JULIA CALDES BAUZA) y 04003680 (MONTSERRAT PATRICIA ROSSELLO JAUME) ya que se ha producido un error por parte de la administración en relación con la comprobación del cumplimiento de los compromisos de la ayuda, tal y como se detalla en el Anexo I de esta resolución.

2.Añadir y completar la información (Unidades de ganado mayor, Superficie solicitada y Superficie comprometida) que aparece en el anexo I de la resolución de concesión inicial, tal y como aparece en el Anexo II de esta resolución.

3.Notificar esta resolución a los beneficiarios mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de '1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jefe de negociado de Ajudes al Desenvolupament Rural

Jorge M. Company Salaverría

Por suplencia de la jefe de sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 18, de 03/02/2022) y por suplencia de la jefe de Sección II de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 94, de 15/07/2021)

Conforme con  el informe, se propone

La jefe del Servicio del PDR

Gema Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El vicepresidente en Materia Agraria de FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I MODIFICACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LOS BENEFICIARIOS AFECTADOS

Núm Expedient

NIF_CIF

Nom_RSocial

UBM certificades 2021

Superfície

 

Solicitada (ha)

Superfície

 

Proposta/ Compromesa 2021

Import

 

Propost concessió 2021

Import

 

Feader

Import

 

AGE

Import

 

CA

Import periode

 

2021-2022

4000209

***0996**

MIQUEL VIDAL BARCELÓ

4,2

4,17

4,17

834,00 €

834,00 €

- €

- €

1.668,00 €

4000891

***2441**

MARIA ANTONIA BARCELO GARCIA

26,1

29,74

26,1

5.165,00 €

5.165,00 €

- €

- €

10.330,00 €

4002520

***5616**

JULIA CALDES BAUZA

19,05

19,04

19,04

3.808,00 €

3.808,00 €

- €

- €

7.616,00 €

4003680

***6469**

MONTSERRAT PATRICIA ROSSELLO JAUME

23,1

10,45

10,45

2.090,00 €

2.090,00 €

- €

- €

4.180,00 €

 

ANEXO II TABLA CONCESIÓN DE LA AYUDA (Modificación Anexo de la Resolución BOIB nº 102, del 4 de agosto de 2022)

Núm Expedient

NIF_CIF

Nom_RSocial

UBM certificades 2021

Superfície

 

Solicitada (ha)

Superfície

 

Proposta/ Compromesa 2021

Import

 

Propost concessió 2021

Import

 

Feader

Import

 

AGE

Import

 

CA

Import periode

 

2021-2022

4000209

***0996**

MIQUEL VIDAL BARCELÓ

4,2

4,17

4,17

834,00 €

834,00 €

- €

- €

1.668,00 €

4000656

E07705627

ALCOTX, S.R.M

64,35

60,22

60,22

9.772,00 €

9.772,00 €

- €

- €

19.544,00 €

4000891

***2441**

MARIA ANTONIA BARCELO GARCIA

26,1

29,74

26,1

5.165,00 €

5.165,00 €

- €

- €

10.330,00 €

4000986

***1796**

MIGUEL RIERA FEMENIAS

44,85

28,01

28,01

5.452,00 €

5.452,00 €

- €

- €

10.904,00 €

4001592

J07708365

SON SAURA, S.R.M

26,8

14,87

14,87

2.974,00 €

2.974,00 €

- €

- €

5.948,00 €

4001728

***4043**

FRANCISCO MIGUEL MESTRE ROSSELLO

54,3

41,93

41,93

7.540,00 €

7.540,00 €

- €

- €

15.080,00 €

4002520

***5616**

JULIA CALDES BAUZA

19,05

19,04

19,04

3.808,00 €

3.808,00 €

- €

- €

7.616,00 €

4002625

***7831**

PEDRO ADROVER RIGO

31,1

11,47

11,47

2.294,00 €

2.294,00 €

- €

- €

4.588,00 €

4003157

J07719495

TORRE D'EN GAUMES S.R.M.

29,7

27,11

27,11

5.316,00 €

5.316,00 €

- €

- €

10.632,00 €

4003411

J57089252

S'ARGUSSAM S.R.M

32,85

22,05

22,05

4.410,00 €

4.410,00 €

- €

- €

8.820,00 €

4003584

J57965964

BINIBECA NOU SRM

22

18,45

18,45

3.690,00 €

3.690,00 €

- €

- €

7.380,00 €

4003680

***6469**

MONTSERRAT PATRICIA ROSSELLO JAUME

23,1

10,45

10,45

2.090,00 €

2.090,00 €

- €

- €

4.180,00 €

4004602

***8073**

ANTONIO BENNASSER CARRATALA

24,45

23,63

23,63

4.726,00 €

4.726,00 €

- €

- €

9.452,00 €

4004645

J16502320

CAN MACIANET S.C.

25,5

24,44

24,44

4.888,00 €

4.888,00 €

- €

- €

9.776,00 €

4004922

***4798**

GEORG BRÄUTIGAM

8,2

6,8

6,8

1.360,00 €

1.360,00 €

- €

- €

2.720,00 €

4004939

***0191**

RAFAEL SANSO JUAN

66

64,54

64,54

10.204,00 €

10.204,00 €

- €

- €

20.408,00 €

4005267

***2516**

JUAN LLADÓ BARCELÓ

11,25

12,2

11,25

2.250,00 €

2.250,00 €

- €

- €

4.500,00 €

 

76.773,00 €

76.773,00 €

 

 

153.546,00 €

 

(Firmado electrónicamente: 19 de abril de 2023)

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación

Jorge Sánchez Fernández

Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)