Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO
Núm. 260571
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial por el que se modifica el Acuerdo aprobado por la Junta Rectora en sesión ordinaria de día 5 de julio de 2022 de los (4) modelos de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana y los diferentes gestores ubicados dentro de la delimitación geogràfica Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial que quieran acogerse al régimen de uso del distintivo "Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial", rectificado por el Acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022
La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana en sesión ordinaria de 6 de mazo de 2023 ha aprobado el siguiente Acuerdo:
“Antecedentes
1.En fecha 5 de julio de 2022, la Junta Rectora del Consorcio Sierra de Tramontana aprobó en sesión ordinaria -SEFYCU 2933897- el Acuerdo de aprobación de los cuatro (4) modelos de convenio de colaboración entre el Consorcio Sierra de Tramuntana y los diferentes gestores ubicados dentro de la delimitación geográfica Serra de Tramuntana que quieran acogerse al régimen de uso del distintivo “Serra de Tramuntana Mallorca Patrimoni Mundial”.
a. Convenio de colaboración para el uso del distintivo entre el CST y los productores y/o transforamdores de productos agrarios y agroalimentarios _ MODELO 1.
b. Convenio de col·laboración para el uso del distintivo entre el CST y los titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial histórico y cultural_MODELO 2.
c. Convenio de colaboración para el uso del distintivo entre el CST y los titulares de establecimientos hotelereros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de alimentación_ MODELO 3.
d. Convenio de colaboración para el uso del distintivo entre el CST y las empreses y otras entidades que contribuyen a difundir y/o preservar el paisaje de la Serra de Tramuntana_ MODEL 4.
2. En fecha 27 de octubre de 2022, la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial aprobó en sesión ordinaria – SEFYCU 3014487- la rectificación del error material advertido en el segundo parágrafo del punto 1 de la cláusula tercera puntos A) y B) del Anexo 1 del Acuerdo de 5 de julio de 2022 relativo al convenio de colaboración para el uso del distintivo entre el CST y los productores y/o transformadores de productos agrarios en el siguiente sentido:
Donde dice:
*“En ningún caso se regulará la calidad, el procedimiento de elaboración ni otras características del producto o de su producción, únicamente la procedencia. Los productos utilizados por|para una D.O.P o una I.G.P podrán solicitar el uso del distintivo SIERRA DE TRAMONTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL mediante la suscripción del presente convenio de colaboración, siempre el producto haya sido producido en su totalidad dentro de los límites del mapa Anexo, sin que sea requisito previo que el producto esté inscrito en una D.O.P o a en una I.G.P.”
Ha de decir:
*“En ningún caso se regulará la calidad, el procedimiento de elaboración ni otras características del producto o de su producción, únicamente la procedencia. Los productos utilizados por|para una D.O.P o una I.G.P podrán solicitar el uso del distintivo SIERRA DE TRAMONTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL mediante la suscripción del presente convenio de colaboración, siempre que el producto haya sido producido en su totalidad dentro de los límites del mapa Anexo, siendo requisito previo que el producto esté inscrito en una D.O.P o a en una I.G.P.”
3. En fecha 27 de diciembre de 2022 se firmaron los cuatro primeros convenios de colaboración del Modelo 1con los siguientes productores y transformadores de productos agrarios:
- COOPERATIVA AGRÍCOLA DE SÓLLER
- COOPERATIVA PAGESA DE POLLENÇA
- VINYES MORTITX S.A
- FORMATGES TRAMUNTANA S.L.
4. Posteriormente a su aprobación, el Servicio de corrección lingüística detecto una serie de errores que hicieron necasaria la adecuación del texto, en complimiento de la normativa lingüística.
5. Con el objeto de amparar todos los productos que puden gozar del distintivo, se solició a la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea ( EUIP) la inscripción de una nueva marca eliminando el término Mallorca de la nomenclatura, con los siguientes objetivos:
1. Respetar las reglamentaciones europeas sobre la libre circulación de mercancías y denominaciones de origen.
2. Enfatizar el nombre de la SERRA DE TRAMUNTANA con la idea de focalitzar los productos de la Serra frente al resto de productos de Mallorca.
3. Asimilarlo al nombre otorgado por la UNESCO a la declaración Patrimonio Mundial “Cultural Landscape of the Serra de Tramuntana” ( El paisatge cultural de la Serra de Tramuntana) de 29 de junio de 2011.
En fecha 25 de enero de 2023 la Oficina Española de Patentes y Marcas notifica al Consorcio Serra de Tramuntana la inscripción inicial de la nueva marca “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” para que sea utilizada en el uso del distintivo, y que ya se puede empezar a usar y comercializar.
6. A raíz de la presentación de las primeras solicitudes de adscripción en el convenio de colaboración por parte de transformadores de productos agrarios, se constata que el requisito consistente en que la empresa transformadora tenga que tener su domicilio fiscal dentro de los límites del mapa Anexo hace que se tengan que excluir aquellos transformadores que, teniendo su explotación, fábrica, establecimiento comercial o industrial dentro de los límites del mapa del Distinitu, pertenezcan a un grupo de empresas que tiene su domicilio fiscal o social fuera de estos límites para|por una cuestión de organización interna o de centralización de la gestión administrativa y de dirección de sus negocios; por|para lo cual, corresponde modificar el punto 2 del apartado B) de la cláusula Tercera del Modelo 1 de Convenio en el siguiente sentido:
Donde dice:
“La empresa transformadora deberá tenir su domicilio fiscal dentro de los límites del mapa Anexo al presente convenio”
Ha de decir:
“La empresa transformadora deberá tener su explotación, fàbrica y/o establimento industrial o comercial dentro de los límites del mapa Anexo”
7. El 22 de febrer de 2023 la técnica jurídica del Consorci Serra de Tramuntana emitió informe jurídico favorable en relación a la modificación del Acuerdo de 5 de julio de 2022, de aprobación de los cuatro (4) modelos de convenio para el uso del distintivo, rectificado por el Acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022.
Fundamentos de derecho
1. El Reglamento (UE) Nº 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo de 21 de noviembre de 2012 sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, regula en sus artes 11 a 14, la protección de las D.O.P e I.G.P y la relación de las marcas con estas. Con el objetivo de que la marca del distintivo no entre en colisión con las denominaciones de las distintas D.O.P y/o I.G.P, se ha procedido a eliminar el término MALLORCA de su nomenclatura. Así, la denominación del Distintivo para productos utilizados por este será “SERRRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNDIAL” en lugar de “SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL”. No obstante, para aquellos productos amaparados por una D.O.P o una I.G.P, será requisito necesario que el producto esté inscrito previamente en la D.O.P o I.G.P correspondiente, independientemente de que el productor o producto tenga su origen en la Serra de Tramuntana.
2. La utilización del distintivo no tiene como objetivo la promoción de los productos de la Serra en detrimento del resto de productos mallorquines, sino com una medida que incentive la producción agraria casi artesanal y deficitaria dentro de este territorio, dando un reconocimiento o valor añadido a estos productos, bienes o servicios, en el sentido de que sean indicativos de los valores de la declaración de patrimonio mundial: mantenimiento del paisaje cultural y de la agricultura sostenible. Con el objetivo de enfatizar y dar más relevancia al territorio de la SEERRA DE TRAMUNTANA, focalizando los productos y servicios producidos dentro de este territorio protegido, se ha procedido a eliminar el término MALLORCA de la denominación del Distintivo.
3. La declaración de la UNESCO de 29 de junio 2011 de patrimonio mundial en la categoría de paisaje cultural se denominó "Cultural Landscape of the Serra de Tramuntana” ( El paisaje cultural de la Serra de Tramutana”). En consecuencia, resulta más adecuado asimilar el nombre del distintivo a esta nomenclatura que aglutina los productos y servicios originarios de la Serra de Tramuntana con la denominación otorgada por la UNESCO y que hace únicamente referencia a la SERRA DE TRAMUNTANA, resulta otro argumento de peso para proceder a la modificación de la nomenclatura del Distintivo.
4. El arte. 48.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece que “para las personas jurídicas, su domicilio fiscal será su domicilio social siempre que en él esté efectivamente centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En todo caso, se atenderá el lugar en lo que se lleve a cabo esta gestión o dirección. Cuando no pueda determinarse el lugar del domicilio fiscal de acuerdo con los criterios anteriores prevalecerá aquel donde radique el mayor valor del inmovilizado“. Dado que, lo que importa de cara al uso del Distintivo es que el solicitante transformador de productos agrarios tenga el establecimiento comercial, la fábrica o industria transformadora dentro de los límites del mapa del Distintivo y que la materia prima que utiliza en la transformación del producto sea originaria de la Serra de Tramuntana, su domicilio fiscal resulta indiferente y por lo tanto corresponde excluirlo como requisito y modificarlo por la dirección de su factoría.
Por todo lo expuesto, propongo elevar a la Junta Rectora del Consorci Serra de Tramunanta Patrimonio Mundial el siguiente:
ACUERDO
Primero: Modificar el Acuerdo de 5 de julio de 2022 de aprobación de los 4 modelos de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana y los gestores de la Serra ubicados dentreo de la delimitación geogràfica que quieran acojerse al régimen de uso del Disintivo, rectificado por el Acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022, en el siguiente sentido:
1. Eliminar el topónimo MALLORCA de la nomenclatura del distintivo, resultando que la denominación del distintitivo serà “SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL” en lugar de “SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONI MUNIDAL”.
2. Introducir las correcciones de gramática lingüística observadas con posterioridad por el Departamento de Política Lingüística.
3. Introducir la rectificación del error material del segundo parágrafo del punt 1 de la cláusula Tercera puntos A y B del Modelo 1 de convenio, aprobada por el Acuerdo de 27 de octubre de 2022.
4. Modificar el punto 2 del apartado B) de la clàusula Tercera del model 1 de Conveni que establece que será requisito para los transformadores de productos agrarios tener el domicilio fiscal dentro de los límites del mapa anexo, en el sentido de que será requisito que tanga ubicada su factoría, establecimiento comercial o industrial dentro de los límites del mapa del Distintivo pero no su domicilio fiscal.
Segundo.- Ordenar la publicación de este Acuerdo de modificación junto con los cuatro (4) modelos de convenio revisados por el Departamento de Política Lingüística incluida la rectificación del error material aprovada por el Acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022 en el Boletín de las Illes Balears así como en la pàgina web institucional del Consorci Serra de Tramuntana( http://www.serradetramuntana.net).
Tercero.- Ordenar la redacción y formalización de una adenda a los convenios ya firmados con fecha 27 de diciembre de 2022 con los siguientes productores y transformadores de productos agrarios: COOPERATIVA AGRÍCOLA SAN BARTOLOMÉ DE SOLLER, COOPERATIVA PAGESA DE POLLENÇA, VINYES MORTITX S.A. y FORMATGES TRAMUNTANA S.L, para adaptarlos a la nueva denominación del Distintivo y a las modificaciones del presente acuerdo.
Cuarto.- Abrir el plazo para presentar solicitudes de adscripción al convenio modelos 2 (titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial y/o cultural) , modelo 3 (establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de alimientación) y modelo 4 (empreses y entidades sin ánimo de lucro generadores de paisaje) a partir del día siguiente a al publicación de este Acuerdo de modificación en el Boletín de las Islas Baleares ( BOIB).
Palma, 21 de marzo de 2023
El jefe de Servicio del Servicio de Gestión de Parajes Culturales Pere Josep Rosiñol Andreu
Modelo de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y el gestor de la serra de Tramuntana [nombre del gestor] ubicado dentro de la delimitación geogràfica de la serra de Tramuntana que quiera acogerese al régimen de uso del distintivo «Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial»
[Modelo 1.Productores y transformadores de productos agrarios ]
Partes
(Nombre y apellidos), presidenta del CONSORCIO SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL actuando en representación del Consorcio Serra de Tramuntana y en virtud de la competencia delegada de acuerdo con el arte 9.1.t) de los Estatutos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial (BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
(Nombre y apellidos) ........................................................................................... con NIF.............................., en representación de ........................................................................................................, con CIF.......................... y domicilio a efectos de notificaciones en ........................................................... del municipio de ....................... (Comunidad Autónoma de..................................) teléfono............... y correo electrónico ............................................................. (en adelante el INTERESADO).
Antecedentes
1. El Consorcio Serra de Tramuntana es la entidad jurídico-pública con personalidad jurídica propia creada, entre otros, para ejecutar el Plan de Gestión del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana, aprobado en enero de 2010 para el Departamento de Territorio del Consejo de Mallorca y que tiene como objetivo genérico la gestión integrada de todas las acciones que tienen incidencia sobre la SERRA, con la finalidad de adaptarlas y coordinarlas con el fin de permitir la conservación y protección del bien, así como velar por el cumplimiento de los requisitos que la UNESCO tuvo en cuenta para declarar, el 29 de junio de 2011, la SERRA de Tramuntana PATRIMONIO MUNDIAL en su categoría de Paisaje Cultural.
2. El Plan de Gestión prevé, entre los programas de gestión del bien incluidos en el punto 5, el programa de desarrollo económico (punto 5.2) que tiene como meta principal “preservar, revalorizar y potenciar un desarrollo sostenible de la SERRA teniendo en cuenta las personas que lo hacen posible; priorizando el desarrollo de aquellas actividades que permitan el mantenimiento y la continuidad de los procesos y dinámicas agropecuarias y agroturísticas que singularizan el paisaje de la SERRA de Tramuntana, con los siguientes objetivos:
1. Compensar a los campesinos y propietarios para los servicios ambientales y culturales que realizan.
2. Impulsar políticas para hacer rentable la actividad agraria, forestal y la artesanía, para garantizar los usos agrarios de las fincas Impulsar actuaciones de recuperación de bancales
3. Impulsar actuaciones de recuperación de bancales.
4. Desestacionalizar el turismo fomentando las modalidades de turismo rural y eco turismo.
5. Incentivar el uso de productos autóctonos en determinados servicios.
6. Impulsar la agricultura ecológica en la comarca”.
El cumplimiento de estos objetivos está vinculado a cuatro grandes estrategias, una de las cuales es el desarrollo de un distintivo común en toda la delimitación del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial Unesco, vinculado al turismo cultural, gastronómico y de naturaleza, como garantía de reconocimiento del prestigio que supone pertenecer a la declaración de patrimonio mundial serra de Tramuntana.
3. La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana, en la sesión ordinaria de 28 de octubre de 2021, aprobó la regulación mediante convenios de colaboración para la cesión de uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL por parte de los diferentes gestores implicados, con el objetivo de promover la viabilidad económica de los productos elaborados en este emblemático paraje Patrimonio Mundial de la Humanidad para contribuir a la preservación del paisaje cultural reconocido por la UNESCO a su declaración.
4. En fecha 5 de julio de 2022 la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana aprobó el Acuerdo de aprobación de los 4 modelos de convenio de colaboración para el uso del distintivo, el cual fue ratificado por el acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022 y 6 de marzo de 2023.
5. El 25 de enero de 2023 la Oficina Española de Patentes y Marcas notificó al Consorcio la inscripción inicial de la nueva marca “SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL” para que sea utilizada en el uso del Distintivo, con el objetivo de enfatizar el topónimo Serra de Tramuntana y asimilarlo a la nomenclatura de la UNESCO, el cual ya se pueda empezar a usar y comercializar.
6. Con la firma de este convenio se pretende que los diferentes gestores que se encuentran dentro de la delimitación de la Serra, entre los cuales están los productores y transformadores de productos agrarios (personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias y las cooperativas) puedan hacer uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” y se puedan beneficiar, con la finalidad de, por una parte, dar visibilidad a los productos, bienes y servicios dentro de la delimitación de la Serra, indicativos no solo del lugar de elaboración o ubicación, sino también del cumplimiento de unos parámetros ligados al valor de la declaración de patrimonio mundial: sostenibilidad del territorio y preservación y conservación de su paisaje, todo eso para promover la economía circular y la visibilización de este territorio reconocido por la UNESCO en la categoría de paisaje culturals
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:
Cláusulas
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” por parte de los productores y transformadores de productos agrarios ( personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias y cooperativas) que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula tercera del presente convenio con el objetivo de mantener y mejorar la producción agraria y promover la viabilidad económica de los productos elaborados en este emblemático paraje declarado patrimonio mundial.
Segunda
Ámbito de aplicación
El presente convenio podrá aplicarse:
A. A los productores agrarios respecto a los productos que hayan sido producidos íntegramente dentro de los límites del mapa anexo, el cual ha sido elaborado teniendo en cuenta los límites establecidos en la declaración de patrimonio mundial de la UNESCO.
B. A los transformadores de productos agrarios respecto a los productos en los que la materia prima principal haya sido producida dentro de los límites del mapa anexo, siempre que tengan el domicilio de su factoría, establecimiento comercial o industrial dentro de los límites del mapa del disitintivo.
Tercera
Requisitos de las personas interesadas
A. Los productores agrarios que estén interesados en suscribir el presente convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
1. El producto respeta al cual se quiere comercializar con el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” tendrá que ser producido en su totalidad (100%) dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio.
* En el caso de productores cárnicos, los animales se podrán sacrificar fuera de los límites STPM.
* En ningún caso se regulará la calidad, el procedimiento de elaboración ni otras características del producto o de su producción, únicamente la procedencia. Los productos utilizados por una D.O.P o una I.G.P podrán solicitar el uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL mediante la suscripción del presente convenio de colaboración, siempre que haya sido producido en su totalidad dentro de los límites del mapa Anexo, siendo requisito previo que el producto esté inscrito en la D.O.P o I.G.P correspondiente.
2. La expltación ha de estar dada de alta en el Registro Interinsular Agrario de las Islas Baleares (RIA) en la fecha de la solicitud de suscripción del presente convenio.
No se considerarán válidas las explotaciones inscritas en la categoría de Ocio y Autoconsumo.
3. El producto deberá cumplir con la normativa seguridad alimenticia y estar inscrito en el registro sanitario correspondiente.
4. El productor agrario deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se deberá acreditar que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorcio SERRA de Tramuntana o el Consejo de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud de suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto manifestación expresa contraria. Si la persona titular se opone expresamente a la comproboación de oficio, ha de presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias delante de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, Consell de Mallorca y Consorci Serra de Tramuntana.
El cumplimiento de estos requisitos se comprobará con la documentación relacionada conel modelo normalizado de solicitud de suscripción del presente convenio que se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica del Consorcio Serra de Tramuntana (http://www.serradetramuntana.net).
B. Los transformadores de productos agrarios que estén interesados al suscribir el presente convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
1. La materia prima principal utilizada en la transformación del producto tendrá que haber sido producida dentro de los límites del mapa anexo. Se considerará materia prima principal la que define el producto.
* En el caso de productores cárnicos, los animales se podrán sacrificar fuera de la de los límites STPM.
* En ningún caso se regulará la calidad, el procedimiento de elaboración ni otras características del producto o de su producción, únicamente la procedencia. Los productos utilizados por una D.O.P o una I.G.P podrán solicitar el uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL mediante la suscripción del presente convenio de colaboración, siempre que la materia principal que define el producto haya sido producida en su totalidad dentro de los límites del mapa Anexo, siendo requisito previo que el producto esté inscrito en la D.O.P o en la I.G.P. correspondiente.
2. La empresa transformadora ha de tener su la explotación, fábrica, establecimiento comercial o industrial dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio.
3. La empresa transformadora tendrá que cumplir con la normativa de seguridad alimentaria y estar inscrita en el registro sanitario correspondiente.
4. La empresa transformadora ha de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se deberá acreditar que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorcio SERRA de Tramuntana o el Consejo de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud de suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto manifestación expresa contraria. Si la persona titular se opone expresamente a la comproboación de oficio, ha de presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias delante de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, Consell de Mallorca y Consorci Serra de Tramuntana
El cumplimiento de estos requisitos se comprobará con la documentación relacionada conel modelo normalizado de solicitud de suscripción del presente convenio que se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica del Consorcio SERRA de Tramuntana (http://www.serradetramuntana.net).
Cuarta
Compromisos de ambas partes
A. El Consorcio Serra de Tramuntana se compromet a:
1. Entregar al interesado el soporte informático con la imagen corporativa y su manual de uso, que contendrá los dos 2 elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico), los cuales podrán ser utilizados conjuntamente o de forma independiente, sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado y sin alterar proporciones.
2. Realizar campañas de difusión para dar a conocer y promover el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial” de forma que la información para solicitar el uso del distintivo llegue al mayor número de agentes implicados que puedan beneficiarse así como al público en general para una mayor información y conocimiento mediante instrumentos para su difusión ( creación de un blog a la web de la corporación, redes sociales (Instagram i Facebook).
3. Ofrecer a la persona interesada recursos para promocionar y publicitar el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
4. Organizar mesas y talleres de formación con los actores claves implicados en la promoción de los productos y servicios autorizados a utilizar el distintivo.
5. Incentivar una economía circular dentro de la delimitación geográfica de la SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial.
B. La persona interesada se compromete a:
1. Cumplir con la normativa de seguridad alimentaria y estar inscrito en el registro de seguridad alimentaria correspondiendo.
2. Hacer uso del distintivo sin alterar ninguna de los suyos característicos básicos, respetando la identidad corporativa existente. Los dos (2) elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico) pueden ser utilizados conjuntamente o de forma independiente sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado, sin alterar proporciones ni colores. Tendrán que situarse sin superposiciones, de manera que se puedan ver completos y sin alteraciones con respecto a la descripción hecha en el documento denominado “Imagen corporativa” el cual se facilitará en el momento de la concesión de uso del distintivo mediante la firma de este convenio.
3. Facilitar al Consorcio Serra de Tramuntana , en el momento que sean requeridos las comprobaciones y datos necesarios, con el fin de corroborar que se mantengan las condiciones iniciales de otorgamiento de la autorización.
4. Comunicar por escrito al Consorcio Serra de Tramuntana cualquier modificación que introduzca en las condiciones por las cuales obtuvo la cesión del uso del distintivo. Si el Consorcio SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial considera que la modificación puede afectar a los requisitos ya acreditados, establecerá la oportuna evaluación por parte de la Comisión Evaluadora y de Seguimiento con el fin de verificar la validez de la autorización en las nuevas condiciones.
5. Alcanzar al menos tres (3) de los compromisos de cada uno de los bloques ( A para productores agrarios i/o-B para transformadores y C por ambos) durante el periodo de vigencia del convenio.
A. Compromisos ambientales para productores agrarios: asumir al menos 3 de los siguientes compromisos relacionados con la agricultura sostenible en el plazo de vigencia del convenio (3 años):
1. Disponer de certificado de agricultura integrada o agricultura ecológica de las Islas Baleares.
2. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
3. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación (grifos monomando, filtros de aire, cisternas de doble descarga o descarga interrumpida).
4. Utilización de energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
5. Mantenimiento o recuperación de variedades tradicionales y/o razas autóctonas.
6. Mantenimiento del suelo con cubierta verde permanente y/o incorporación de los restos de poda.
7. Tener un acuerdo de custodia o contrato territorial.
8. Venta directa.
9. Disponer al menos de un vehículo Cero Emisiones.
10. Facilitar el pasturaje de las tierras mediante rebaños propios o ajenos.
B. Compromisos ambientales para transformadores agrarios: asumir al menos tres (3) de los siguientes compromisos ambientales en el plazo de vigencia del convenio (3 años):
1. Disponer de certificado de agricultura integrada o agricultura ecológica de las Islas Baleares
2. Utilización de materias primas de proximidad en el proceso de transformación del producto.
3. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
4. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación (grifos monomando, filtros de aire, cisternas de doble descarga o descarga interrumpida).
5. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenos por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz (interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
6. Utilización de energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
7. Utilizar productos de limpieza biodegradables.
8. Disponer al menos de un vehículo cero Emisiones.
C. Compromisos para la divulgación del distintivo y compromisos sociales: Asumir al menos tres (3) de los siguientes compromisos durante los 3 años de vigencia del convenio:
1. Ámbito divulgación y comunicación: organizar y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
2. Ámbito de responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
3. Ámbito conservación del patrimonio: participar, organizar y /o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: participar y/o promover actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo, etc (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la SERRA de Tramuntana.
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades usuarias del distintivo (federación, asociación de PYMES para conseguir objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito de formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la SERRA de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: haacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privades para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares de la SERRA de Tramuntana.
* La asunción de los compromisos de los diferentes bloques (A, B I C) se deberá demostrar con la documentación relacionada en el Anexo 2 la cual, el Consorcio verificará su cumplimiento , necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante (3) tres años más.
* Por el correcto seguimiento del cumplimiento de los compromisos, el solicitante tendrá que aportar anualmente al Consorcio Serra de Tramuntana una memoria técnica donde se informe de las actuaciones realizadas.
El Consorcio se reserva la facultad de realizar visitas de inspección para verificar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos que se pretenda asumir.
Quinta
Comisión Evaluadora y de Seguimiento
La comisión técnica creada por el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana de fecha 5 de julio de 2022 e integrada por representantes del Consejo de Mallorca y del Consorcio así como representantes de los sectores económicos y sociales de la SERRA de Tramuntana elegidos para la Mesa Permanente del Consejo de Participación del Consorcio se reunirá periódicamente un mínimo de cuatro (4) veces al año y tendrá como funciones básicas:
1. El examen de las solicitudes y documentación aportada por los interesados al suscribir el presente convenio de colaboración por el uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNIDIAL y la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos a la cláusula tercera.
2. La emisión del informe técnico sobre la idoneidad de suscripción del convenio a la vista de la documentación aportada, el cumplimiento de los requisitos y, en su caso, la visita/inspección realizada.
3. Realización del control de uso del distintivo y su correcta utilización una vez firmado el convenio de colaboración.
4. La comprobación de las solicitudes de modificación de las condiciones de uso del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración, estableciendo la documentación necesaria para proceder a la modificación solicitada.
5. La aprobación de la prórroga del convenio de colaboración una vez comprobado el cumplimiento de los compromisos elegidos por parte del interesado.
Sexta
Régimen jurídico
1. El régimen jurídico de este Convenio está constituido por las presentes cláusulas y por todo aquello establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad autónoma d eles Islas Baleares, el tex refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local.
2. El contenido del convenio es compatible con las normas de la Unión Europea relativas a la protección de las indicaciones geográficas protegidas y a las restricciones cuantitativas en la libre circulación de mercancías.
Séptima
Régimen económico
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas por parte del Consorcio Serra de Tramuntana ya que los posibles gastos inherentes a su divulgación están entre las finalidades del Consorcio Serra de Tramuntana y que son las propias que se derivan del régimen de declaración de la Serra como patrimonio mundial, entre otros, la de “promover iniciativas y proyectos culturales orientados a la conservación y la mejora del paisaje y del patrimonio cultural de la SERRA” y la de “promover iniciativas que contribuya a preservar los valores y las actividades que han posibilitado el nombramiento de la SERRA de Tramuntana como patrimonio mundial” (punto d y j, respectivamente, del art. 4 de los estatutos del Consorcio publicados en el BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019.
Octava
Vigencia
El derecho a hacer uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” tiene la duración de vigencia del presente convenio que se fija en tres (3) años contadores desde la fecha de su firma.
Novena
Prórroga
Una vez llegada la fecha fin, se prevé la posibilidad de que el presente convenio se pueda prorrogar por tres (3) años más, siempre y cuando el interesado demuestre -mediante la documentación señalada en el Anexo 2- haber alcanzado, al menos, tres compromisos de cada uno de los tres bloques relacionados a la cláusula cuarta del convenio en relación en los productos con respecto a los cuales le fue otorgado el derecho al uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNIDAL (STPM):
A. Compromisos relacionados con la agricultura sostenible y medioambientales para productores agrarios.
B. Compromisos relacionados con la agricultura sostenible y medioambientales para transformadores de productos agrarios.
C. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo STPM.
El plazo para solicitar la prórroga del convenio será de dos meses antes de la fecha de vencimiento mediante la correspondiente instancia en la que tendrá que adjuntar toda la documentación relacionada al Anexo 2 y una declaración responsable de no haber introducido cambios en los productos previamente autorizados al uso del distintivo.
Para las sucesivas prórrogas, se habrá de acreditado el cumplimiento de nuevos compromisos.
Décima
Modificación de las condiciones del uso del distintivo
Durante la vigencia del convenio y en el supuesto de modificación de las condiciones de concesión del distintivo por cambio de actividad, ámbito o línea de productos, el interesado tendrá que solicitar la renovación de la autorización de uso del DISTINTIVO acreditando estos cambios con la documentación pertinente.
La Comisión Evaluadora comprobará el cumplimiento de los requisitos y emitirá informe de valoración.
Undécima
Suspensión
El Consorcio Serra de Tramuntana puede acordar la suspensión del uso del distintivo en los siguientes casos:
A. Cuando el Consorcio reciba queja o denuncia sobre el mal uso del distintivo.
B. Cuando la persona o entidad autorizada no cumpla con un uso adecuado del distintivo en relación a los requisitos por los cuales se ha obtenido la colaboración.
En ambos supuestos el Consorcio Serra de Tramuntana otorgará a la persona o entidad autorizada un plazo de 15 días hábiles para que enmienden las observaciones que se le han formulado. Si no las subsana en este plazo revocará de forma indefinida la autorización de uso del distintivo.
Duodécima
Formas de extinción
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyan el objeto o porque se ha incurrido causa de resolución.
Son causas de resolución:
a. El transcurso del plazo de vigencia sin que se haya acordado su prórroga.
b. El acuerdo unánime de todos los firmados.
c. El incumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes puede notificar en la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo determinado las obligaciones o los compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento se tiene que comunicar a la COMISIÓN EVALUADORA, responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Si, una vez transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, el incumplimiento persiste, el convenio se entiende resuelto.
d. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e. Por cualquier otra causa diferente de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Decimotercera
Resolución de conflictos
Este convenio tiene naturaleza administrativa y para cualquier cuestión o divergencia que pueda derivarse de la interpretación, aplicación o cumplimiento de las presentes cláusulas, ambas partes se someten a la jurisdicción contenciosa-administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de los sector público.
Decimocuarta
Protección de datos
Las partes firmantes están obligadas al cumplimiento del que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (artes. 11.5 y 21) y en este sentido se podrán tratar los datos personales facilitados para la realización de las actividades objeto del presente convenio en los términos que se establezcan y de acuerdo con las instrucciones facilitadas por los responsables de su seguimiento.
El Consorcio SERRA de Tramuntana podrá publicar a su página web. http://www.serradetramuntana.net las bases de datos de las personas físicas y jurídicas que tienen firmado convenio de colaboración a los efectos de dar difusión a los productos que llevan el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
Como muestra de conformidad se firma este convenio en dos ejemplares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica.
Por el Consorcio Serra de Tramuntana Por[ persona física o jurídica titular de la explotación agraria]
ANEXO 1 Solicitud de adscripción al convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 1. Productores y tranformadores de productos agrarios
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
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NIF/CIF
|
Nombre de la explotación agrícola |
Nº. RÍA |
Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
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Representante |
Datos del producto
Tipo de producto |
||
Nombre
|
Marca |
Nº. Registro Sanitario |
Descripción |
A) Requisitos de los productores agrarios
1.Origen geográfico del producto (Explotación agrícola donde se desarrolla la actividad de producción). Finca Dirección/ Polígono y parcela Municipio |
2. Inscripción de la explotación agrícola al Registro Interinsular de Explotaciones Agrícolas (nº. RIA ) |
3. Inscripción en el registro sanitario correspondiente. |
4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente en la Seguridad Social. |
B) Requisitos de los transformadores de productos agrarios
1. Origen geográfico de la materia prima principal del producto transformado (Explotación agrícola donde se desarrolla la actividad de producción de la materia principal). Finca Dirección/ Polígono y Parcela /Municipio |
2. Domicilio de la empresa transformadora. Dirección/ Polígono y Parcela/ Municipio |
3. Inscripción en el registro sanitario correspondiente. |
4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente en la Seguridad Social. |
Documentación a presentar:
A. PRODUCTORES AGRARIOS
1. Origen geográfico del producto (Explotación agrícola donde se desarrolla la actividad de producción y/o transformación)
2. Inscripción de la explotación agrícola al Registro Interinsular de Explotaciones Agrícolas (RÍA)
3. Inscripción al Registro sanitario correspondiente.
4. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
B. TRANSFORMADORES DE PRODUCTOS AGRARIOS
1. Origen geográfico de la materia prima principal del producto transformado (Explotación agrícola donde se desarrolla la actividad de producción)
-Certificado de empresa y del producto agroalimentario que incluirá:
2. Domicilio de la empresa transformadora.
- Dirección de la explotación, fábrica, establecimiento comercial o industrial que deberá estar ubicada dentro de los límites del mapa del Distinitu.
3. Inscripción al registro sanitario correspondiente.
4. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
Se tiene que acreditar que el interesado está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, con el Consorcio SERRA de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorcio SERRA de Tramuntana o el Consejo de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud de suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto manifestación expresa contraria.
ANEXO 2 Comprobación cumplimiento compromisos para solicitar la prórroga del convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 1. Productores y tranformadores de productos agrarios
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
||
NIF/CIF
|
Nombre de la explotación agrícola |
Nº. RÍA |
Dirección |
||
Correo electrónico Telf. contacto |
||
|
||
Representante |
Datos del producto
Tipo de producto |
||
Nombre
|
Marca |
Nº. Registro Sanitario |
Descripción |
Cumplimiento de los compromisos (cumplimiento de al menos 3 compromisos de cada bloque)
A. Compromisos ambientales para productores agrarios: 1. 2. 3. |
B. Compromisos ambientales para transformadores de productos agrarios: 1. 2. 3. |
C. Compromisos para la divulgación del distintivo y de responsabilidad social:
1.
2.
3.
Documentación a presentar para la verificación de los compromisos:
Los interesados al solicitar la prórroga del presente convenio de colaboración por el uso del distintivo tendrán que acreditar el cumplimiento de al menos tres (3) de los compromisos de cada uno de los bloques siguientes ( A para productores agrarios i/o-B para transformadores y C por ambos) con la presentación de al menos alguno de estos documentos:
A. Compromisos ambientales para productores agrarios
1. Dipsoner de certificado de agricultura integrada o de agricultura ecológica de las Illes Balears.
2. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
3. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación.
4. Utilización de energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
5. Mantenimiento de variedades tradicionales y/o razas autóctonas.
6. Mantenimiento del suelo con cubierta verde permanente y/o incorporación de los restos de poda.
7. Tener un acuerdo de custodia o contrato territorial.
8. Venta directa.
9. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
- Factura de compra/renting
- Fichas técnicas del vehículo/se
10. Facilitar el pastoraje de las tierras mediante rebaños propios o ajenos.
B .Compromisos ambientales para transformadores de productos agrarios:
1. Disponer del certificado de agricultura integrada o de agricultura ecológica de les Illes Balears.
-Certificado de producción integrada de por la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas Baleares.
-Certificado del Consejo Regulador de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE)
2. Utilizar materias primas de proximidad en el proceso de transformación del producto.
-Facturas de compra.
-Certificado del Consejo Regulador de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE)
-Certificado de trazabilidad del producto
3. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
-Memoria técnica y fotografías
4. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación.
-Fotografías acreditativas
-Facturas de compra del dispositivo de instalación de sistemas de ahorro de agua a la explotación.
5. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenos por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro energético( interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
-Fotografías y presentación de facturas de compra de sistemas de ahorro energía
-Factura suministro eléctrico anterior y posterior al cambio para comparativa.
6. Utilización de energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
-Facturas de compra de aparatos e instalación y de material relacionado con el suministro de energías renovables (placas solares, estufas de pellet, biomasa, etc..)
7. Utilización de productos de limpieza biodegradables.
-Facturas de compra
8. Disponer al menos de un vehículo Cero Emisiones.
-Factura de compra/renting
-Fichas técnicas del vehículo/se
C. Compromisos comunes para la divulgación del distintivo “Serrra de Tramuntana Patrmini Mundial” y compromisos sociales:
1. Ámbito de divulgación y comunicación: organizar, y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
- Memoria descriptiva
- Factura
- Fotografías
2. Ámbito de responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
-Copia del contrato laboral
3. Ámbito de conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: participar en actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo o participar en ellas (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del distintivo (federación, asociación de pimes para conseguir los objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares en la Serra de Tramuntana.
Modelo de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y el gestor de la serra de Tramuntana [nombre del gestor] ubicado dentro de la delimitación geogràfica de la serra de Tramuntana que quiera acogerese al régimen de uso del distintivo «Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial»
[Modelo 2. Titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial histórcio y cultural ]
Partes
(Nombre y apellidos), presidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial actuando en representación del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y en virtud de competencia delegada de la Junta Rectora, de acuerdo con el art. 9.1.t) de los Estatutos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial (BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
(Nombre y apellidos) ...........................................................................................con NIF.............................., en representación de ........................................................................................................, con CIF.......................... y domicilio a efectos de notificaciones en ........................................................... del municipio de ....................... (Comunidad Autónoma de..................................) teléfono............... y correo electrónico ............................................................. (en adelante el INTERESADO).
Antecedentes
1. El Consorcio Serra de Tramuntana es la entidad jurídico-pública con personalidad jurídica propia creada, entre otros, para ejecutar el Plan de Gestión del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana, aprobado en enero de 2010 para el Departamento de Territorio del Consejo de Mallorca y que tiene como objetivo genérico la gestión integrada de todas las acciones que tienen incidencia sobre la SERRA, con la finalidad de adaptarlas y coordinarlas con el fin de permitir la conservación y protección del bien, así como velar por el cumplimiento de los requisitos que la UNESCO tuvo en cuenta para declarar, el 29 de junio de 2011, la SERRA de Tramuntana PATRIMONIO MUNDIAL en su categoría de Paisaje Cultural.
2. El Plan de Gestión prevé, entre los programas de gestión del bien incluidos en el punto 5, el programa de desarrollo económico (punto 5.2) que tiene como meta principal “preservar, revalorizar y potenciar un desarrollo sostenible de la SERRA teniendo en cuenta las personas que lo hacen posible; priorizando el desarrollo de aquellas actividades que permitan el mantenimiento y la continuidad de los procesos y dinámicas agropecuarias y agroturísticas que singularizan el paisaje de la SERRA de Tramuntana, con los siguientes objetivos:
1. Compensar a los campesinos y propietarios para los servicios ambientales y culturales que realizan.
2. Impulsar políticas para hacer rentable la actividad agraria, forestal y la artesanía, para garantizar los usos agrarios de las fincas Impulsar actuaciones de recuperación de bancales
3. Impulsar actuaciones de recuperación de bancales.
4. Desestacionalizar el turismo fomentando las modalidades de turismo rural y eco turismo.
5. Incentivar el uso de productos autóctonos en determinados servicios.
6. Impulsar la agricultura ecológica en la comarca”.
El cumplimiento de estos objetivos está vinculado a cuatro grandes estrategias, una de las cuales es el desarrollo de un distintivo común en toda la delimitación del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial Unesco, vinculado al turismo cultural, gastronómico y de naturaleza, como garantía de reconocimiento del prestigio que supone pertenecer a la declaración de patrimonio mundial serra de Tramuntana.
3. La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana, en la sesión ordinaria de 28 de octubre de 2021, aprobó la regulación mediante convenios de colaboración para la cesión de uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL por parte de los diferentes gestores implicados, con el objetivo de promover la viabilidad económica de los productos elaborados en este emblemático paraje Patrimonio Mundial de la Humanidad para contribuir a la preservación del paisaje cultural reconocido por la UNESCO a su declaración.
4. En fecha 5 de julio de 2022 la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana aprobó el Acuerdo de aprobación de los 4 modelos de convenio de colaboración para el uso del distintivo, el cual fue ratificado por el acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022 y 6 de marzo de 2023.
5. El 25 de enero de 2023 la Oficina Española de Patentes y Marcas notificó al Consorcio la inscripción inicial de la nueva marca “SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL” para que sea utilizada en el uso del Distintivo, con el objetivo de enfatizar el topónimo Serra de Tramuntana y asimilarlo a la nomenclatura de la UNESCO, el cual ya se pueda empezar a usar y comercializar.
6. Con la firma de este convenio se pretende que los diferentes gestores que se encuentran dentro de la delimitación de la Serra, entre los cuales están los titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial histórcio y cultural puedan hacer uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” y se puedan beneficiar, con la finalidad de, por una parte, dar visibilidad a los productos, bienes y servicios dentro de la delimitación de la Serra, indicativos no solo del lugar de elaboración o ubicación, sino también del cumplimiento de unos parámetros ligados al valor de la declaración de patrimonio mundial: sostenibilidad del territorio y preservación y conservación de su paisaje, todo eso para promover la economía circular y la visibilización de este territorio reconocido por la UNESCO en la categoría de paisaje cultural.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:
Cláusulas
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial” por parte de los titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial histórico y cultural ubicados en su totalidad dentro de la delimitación del mapa anexo, el cual se ha elaborado teniendo en cuenta los límites establecidos en la declaración de patrimonio mundial de la UNESCO, con el objetivo de trabajar por una economía sostenible en la Serra, para mantener y conservar en buen estado las posesiones y edificios emblemáticos que son elementos fundamentales del paisaje cultural de la Serra de Tramuntana y que dan sentido a la declaración.
Segunda
Ámbito de aplicación
El presente convenio se circunscribe a personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (ESPJ) titulares de posesiones y otros bienes inmuebles con valor patrimonial histórico y cultural ubicados dentro de la delimitación del mapa Anexo, el cual se ha elaborado teniendo en cuenta los límites establecidos en la declaración de patrimonio mundial de la UNESCO, y que formen parte del paisaje cultural de la SERRA, tales como posesiones, monumentos, conjuntos históricos, lugares históricos, zona arqueológica, jardín histórico, etc..
*Este convenio es exclusivamente de aplicación a los titulares de los inmuebles. En caso de que dentro del inmueble haya un establecimiento de restauración (hotel, restaurante o bar) el titular de esta explotación comercial tendrá que solicitar la adscripción al correspondiente convenio de colaboración miedo poder hacer uso del distintivo dentro de su establecimiento comercial.
Tercera
Requisitos de los interesados
Los titulares de posesiones y otros inmuebles con valor patrimonial i/cultural que estén interesados al suscribir el presente convenio de colaboración para el uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNDIAL (STPM) tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
1. La posesión o el bien inmueble con valor patrimonial histórico y cultural tendrá que estar ubicado en su totalidad dentro de la delimitación del mapa anexo.
2. El bien inmueble ha de estar abierto al público: la posesión o el bien inmueble tiene que poder ser visitado por el público uno mínimo de 60h anuales. Los horarios de visita tienen que estar publicados. No obstante, algunos espacios del inmueble pueden estar cerrados al público.
3. En el caso de que se organicen acontecimientos públicos de carácter social o cultural, y que incluyan cata de productos y/o oferta gastronómica, se utilizará al menos dos (2) productos portadores del distintivo STPM.
4. El inmueble ha de estar en buen estado de conservación: la posesión o el bien inmueble ha de presentar un estado de conservación y mantenimiento adecuado para poder ser abierto al público para visitas concertadas o dentro del horario habitual de visitas, y ha de cumplir las medidas de prevención de riesgos y seguridad de los edificios.
5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante de la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorcio SERRA de TRAMUNTANA o el Consejo de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud de suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto manifestación expresa contraria. Si la persona titular se opone expresamente a la comprobación de oficio ha de presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la Agencia Tributária, Seguridad Social, Consell de Mallorca y Consorcio Serra de Tramuntana.
La comprobación del cumplimiento de estos requisitos se realizará con la documentación relacionada en el modelo normalizado de solicitud de suscripción del presente convenio ( anexo 1) que se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica del Consorcio Serra de Tramuntana (http://www.serradetramuntana.net).
Cuarta
Compromisos de ambas partes
A. El Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial se compromete a:
1. Entregar a la persona interesada el soporte informático con la imagen corporativa y el manual de uso, que contendrá los 2 elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico), los cuales podrán ser utilizados conjuntamente o de forma independiente, sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado y sin alterar sus proporciones.
2. Realizar campañas de difusión para dar a conocer y promover el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” de forma que la información para solicitar el uso del distintivo llegue al mayor número de agentes implicados que puedan beneficiarse así como al público en general para una mayor información y conocimiento mediante instrumentos para su difusión ( creación de un blog a la web de la corporación, redes sociales (Instagram i Facebook).
3. Ofrecer a la persona interesada recursos para promocionar y publicitar el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
4. Orgnizar mesas y talleres de formación con los actores claves implicados en la promoción de los productos y servicios autorizados a utilizar el distintivo.
5. Incentivar una economía circular dentro de la delimitación geográfica de la Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial
B) La persona interesada se compromete a:
1. Hacer uso del distintivo sin alterar ninguna de los suyos característicos básicos, respetando la identidad corporativa existente. Los dos (2) elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico) pueden ser utilizados conjuntamente o de forma independiente sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado, sin alterar proporciones ni colores. Tendrán que situarse sin superposiciones, de manera que se puedan ver completos y sin alteraciones con respecto a la descripción hecha en el documento denominado “Imagen corporativa” el cual se facilitará en el momento de la concesión de uso del distintivo mediante la firma de este convenio.
2. Cumplir con la normativa de seguridad alimentaria, en el caso que en el inmueble se organicen eventos públicos de carácter social o cultural, que incluyan degustación de productos y/o oferta gastronómica.
3. Facilitar al Consorcio Serra de Tramuntana, en el momento que sea requerido, las comprobaciones y datos necesarios, con el fin de corroborar que se mantengan las condiciones iniciales de otorgamiento de la autorización.
4. Comunicar por escrito al Consorcio Serra de Tramuntana cualquier modificación que introduzca en las condiciones por las cuales obtuvo la cesión del uso del distintivo. Si la Comisión Evaluadora considera que la modificación puede afectar a los requisitos ya acreditados, establecerá la oportuna evaluación con el fin de verificar la validez de la autorización en las nuevas condiciones.
5. Alcanzar, durante el período de vigencia del convenio, un mínimo de tres (3) compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural, y un mínimo de tres (3) compromisos sociales y de divulgación del distintivo. La asunción de estos compromisos se deberá demostrar con la documentación correspondiente que verifique que se han cumplidos y y será necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante tres años más:
a. Compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural (asumir al menos 3 de los compromisos siguientes durante los 3 años de vigencia del convenio):
1. Realizar las obras de mantenimiento y/o restauración necesaria para la conservación del bien inmueble.
2. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
3. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación (grifos monomando, filtros de aire, cisternas de doble descarga o descarga interrumpida).
4. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz (interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
5. Disponer de aparatos eléctricos y electrodomésticos de alta eficiencia energética.
6. Utilizar energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
7. Utilizar productos de limpieza biodegradables.
8. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
b. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo (asumir al menos 3 de los compromisos siguientes durante los 3 años de vigencia del convenio:
1. Ámbito divulgación y comunicación: organizar y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
2. Ámbito Responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
3. Ámbito conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: promover actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo, etc. o participar en ellos (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del disntivo (federación, asociación de pimes para conseguir objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito de formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares de Serra de Tramuntana
* La asunción de los compromisos de los dos bloques (A-B) se tendrá que demostrar con la documentación relacionada en el Anexo 2 con la cual el Consorcio verificará su cumplimiento , necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante tres años más.
* Por el seguimiento correcto del cumplimiento de los compromisos, el solicitante tendrá que aportar anualmente al Consorcio Serra de Tramuntana una memoria técnica donde se informe de las actuaciones realizadas. El Consorcio se reserva la facultad de realizar visitas de inspección para verificar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos que se pretenda asumir.
Quinta
Comisión Evaluadora y de Seguimiento
La Comisión Técnica creada por el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana de 5 de julio de 2022 e integrada por representantes del Consejo de Mallorca y del Consorcio, así como representantes de los sectores económicos y sociales de la Serra de Tramuntana elegidos para la Mesa Permanente del Consejo de Participación del Consorcio se reunirá periódicamente un mínimo de cuatro (4) veces al año y tendrá como funciones básicas:
1. El examen de las solicitudes (anexo 1) y la documentación aportada por las personas interesadas en suscribir el presente convenio de colaboración por el uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la cláusula tercera.
2. La emisión del informe técnico sobre la idoneidad de suscripción del convenio a la vista de la documentación aportada, el cumplimiento de los requisitos y, en su caso, la visita/inspección realizada.
3. El control de uso correcto del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración.
4. La comprobación de las solicitudes de modificación de las condiciones de uso del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración y el establecimiento de la documentación necesaria para la modificación solicitada.
5. La aprobación de la prórroga del convenio de colaboración una vez comprobado que la persona interesada cumple con los compromisos asumidos.
Sexta
Régimen jurídico
1. El régimen jurídico de este convenio está constituido por las presentes cláusulas y por todo aquello establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares; en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local.
2. El contenido del convenio es compatible con las normas de la Unión Europea relativas a la protección de las indicaciones geográficas protegidas y a las restricciones cuantitativas en la libre circulación de mercancías.
Séptima
Régimen económico
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas por parte del Consorcio SERRA de Tramuntana ya que los posibles gastos inherentes a su divulgación están entre las finalidades del Consorcio Serra de Tramuntana y que son las propias que se derivan del régimen de declaración de la Serra como patrimonio mundial, entre otras, “promover iniciativas y proyectos culturales orientados a la conservación y la mejora del paisaje y del patrimonio cultural de la Serra” y “promover iniciativas que contribuya a preservar los valores y las actividades que han posibilitado el nombramiento de la Serra de Tramuntana como patrimonio mundial” (puntos d i j, respectivamente, del art. 4 de los estatutos del Consorcio, publicados en el BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
Octava
Vigencia
El derecho a hacer uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial tendrá la duración de vigencia del presente convenio que se fija en tres (3) años contadores desde la fecha de su firma.
Novena
Prórroga
Una vez llegada la fecha fin, se prevé la posibilidad de que el presente convenio se pueda prorrogar por tres (3) años más, siempre que la persona interesado demuestre -mediante la documentación señalada en el Anexo 2- haber alcanzado el mínimo de compromisos relacionados en la cláusula cuarta del convenio en relación con los productos respecto a los cuales le fue otorgado el derecho al uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
A. Compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural.
B. Compromisos sociales de divulgación del distintivo.
El plazo para solicitar la prórroga del convenio es de dos meses antes de la fecha de vencimiento, mediante la solicitud correspondiente, en la que se ha de adjuntar toda la documentación relacionada al Anexo 2 y una declaración responsable de no haber introducido cambios en los productos que ya habían estado autorizados a usar el distintivo.
Décima
Modificación de las condiciones de uso del distintivo
Durante la vigencia del convenio y en el supuesto de modificación de las condiciones de concesión del distintivo por cambio de actividad, ámbito o línea de productos, la persona interesada ha de solicitar la renvovación de la autorización de uso del distintivo y ha de acreditar estos cambios con la documentación pertinente.
La Comisión Evaluadora comprobará el cumplimiento de los requisitos y emitirá informe de valoración.
Undécima
Suspensión
El Consorcio Serra de Tramuntana puede acordar la suspensión del uso del distintivo en los siguientes casos:
a. Cuando el Consorcio reciba una queja o denuncia sobre el mal uso del distintivo.
b. Cuando la persona o entidad autorizada no cumpla con un uso adecuado del distintivo en relación con los requisitos por los cuales se ha obtenido la colaboración.
En ambos supuestos, el Consorcio Serra de Tramuntana otorgará a la persona o entidad autorizada un plazo de 15 días hábiles para que enmienden las observaciones que se le hayan formulado. Si no las subsana en este plazo se revocará de forma indefinida la autorización de uso del distintivo.
Duodécima
Formas de extinción
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyan su objeto o porque se haya incurrido en una de estas causas de resolución.
Son causas de resolución:
a. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin que se haya acordado su prórroga.
b. El acuerdo unánime de todos los firmados.
c. El incumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes puede notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo determinado las obligaciones o los compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento se tiene que comunicar a la Comisión Evaluadora, responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Si, una vez transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, el incumplimiento persiste, el convenio se entiende resuelto.
d. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e. Por cualquier otra causa diferente de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Decimotercera
Resolución de conflictos
Este convenio tiene naturaleza administrativa y para cualquier cuestión o divergencia que pueda derivarse de la interpretación, aplicación o cumplimiento de las presentes cláusulas, ambas partes se someten a la jurisdicción contenciosa-administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de los sector público.
Decimocuarta
Protección de datos
Las partes firmantes están obligadas al cumplimiento del que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales. En este sentido se podrán tratar los datos personales facilitados para llevar a cabo las actividades objeto del presente convenio en los términos que se establezcan y de acuerdo con las instrucciones facilitadas por los responsables de su seguimiento.
El Consorcio Serra de Tramuntana podrá publicar en su página web. http://www.serradetramuntana.net las bases de datos de las personas físicas y jurídicas que tienen firmado convenio de colaboración a los efectos de dar difusión a los productos que llevan el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
Como muestra de conformidad se firma este convenio en dos ejemplares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica
Por el Consorcio Serra de Tramuntana Por[ persona física o jurídica titular del bien inmueble con valor patrimonial histórico y cultural]
ANEXO 1 Solicitud de adscripción al convenio colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 2. Titulares de posesiones y otros inmuebles con valor patrimonial histórico y cultural.
Datos de la persona solicitante
Nombre/Razón Social |
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NIF/CIF
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Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
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Representante |
Requisitos para solicitar la adscripción al convenio de colaboración
1.Ubicació territorial del inmueble Finca Parcela/Polígono Municipio |
2. El inmueble ha de estar abierto al público un mínimo de 60 horas anuales. |
3. El inmueble ha de estar en buen estado de conservación |
4. La persona titular ha de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social |
Documentación a presentar:
1. Ubicación territorial del inmueble dentro de la delimitación de la Serra de Tramuntana.
-Presentación de título de propiedad:
2. El inmuble ha de estar abierto al público un mínimo de 60 horas anuales.
-Publicación del horario de apertura .
3. El inmbueble ha de estar en buen estado de conservación
4. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
El Consorcio Serra de Tramuntana o el Consell de Mallorca comprobarán de oficio que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social, quitado que se oponga expresamente. Si la persona titular se opone expresamente, deberá presentar un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributaria con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social.
ANEXO 2 Comprobación del cumplimiento de los compromisos para solicitar la prórroga del convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
Modelo 2. Titulares de posesiones y otros inmuebles con valor patrimonial histórico y cultural.
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
||
NIF/CIF
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Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
||
Representante |
Datos del bien inmueble
Nombre |
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Dirección Parcela/Polígono/ Municipio |
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|
Compromisos adquiridos durante la vigencia del convenio ( al menos 3 compromisos de cada bloque )
A. Compromisos ambientalesde y de conservación del patrimonio histórico y cultural 1. 2. 3. |
B. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo:
1.
2.
3.
Documentación a presentar para la verificación de los compromisos:
Las personas interesadas en solicitar la prórroga del presente convenio de colaboración por el uso del distintivo deberán acreditar el cumplimiento de al menos tres (3) de los compromisos de cada uno de los bloques siguientes con la presentación de alguno de los documentos que se relacionan a continuación:
A. Compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural:
1. Realizar las obras de mantenimiento y/o restauración necesaria para la conservación del bien inmueble.
2. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
3. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación.
4. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz ( interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
5. Utilizar energías renovables y medidas de eficiencia energética
6. Utilizar productos de limpieza y plaguicidas biodegradables.
7. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
B. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”:
1. Ámbito de divulgación y comunicación: organizar, y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
-Memoria descriptiva
-Facturas
-Fotografías
2. Ámbito de responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
-Copia del contrato laboral
3. Ámbito de conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
-Memoria descriptiva
4. Ámbito cultural y deportivo: participar en actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo o participar en ellas (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
-Memoria descriptiva
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del distintivo (federación, asociación de pimes para conseguir los objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
-Memoria descriptiva
6. Ámbito formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
-Acuerdo de colaboración
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
-Memoria descriptiva
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares en la Serra de Tramuntana.
-Acuerdo de colaboración o convenio.
Modelo de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y el gestor de la serra de Tramuntana [nombre del gestor] ubicado dentro de la delimitación geogràfica de la serra de Tramuntana que quiera acogerese al régimen de uso del distintivo «Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial»
[Modelo 3.Titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de alimentación ]
Partes
(Nombre y apellidos), presidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial actuando en representación del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y en virtud de competencia delegada de la Junta Rectora, de acuerdo con el art. 9.1.t) de los Estatutos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial (BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
Y de otra........................................................................................... con NIF.............................. , en representación de ........................................................................................................, con CIF.......................... y domicilio a efectos de notificaciones en ........................................................... del municipio de ....................... (Comunidad Autónoma de..................................) teléfono................ y correo electrónico ............................................................. ( en adelante el INTERESADO).
Antecedentes
1. El Consorcio Serra de Tramuntana es la entidad jurídico-pública con personalidad jurídica propia creada, entre otros, para ejecutar el Plan de Gestión del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana, aprobado en enero de 2010 para el Departamento de Territorio del Consejo de Mallorca y que tiene como objetivo genérico la gestión integrada de todas las acciones que tienen incidencia sobre la SERRA, con la finalidad de adaptarlas y coordinarlas con el fin de permitir la conservación y protección del bien, así como velar por el cumplimiento de los requisitos que la UNESCO tuvo en cuenta para declarar, el 29 de junio de 2011, la SERRA de Tramuntana PATRIMONIO MUNDIAL en su categoría de Paisaje Cultural.
2. El Plan de Gestión prevé, entre los programas de gestión del bien incluidos en el punto 5, el programa de desarrollo económico (punto 5.2) que tiene como meta principal “preservar, revalorizar y potenciar un desarrollo sostenible de la SERRA teniendo en cuenta las personas que lo hacen posible; priorizando el desarrollo de aquellas actividades que permitan el mantenimiento y la continuidad de los procesos y dinámicas agropecuarias y agroturísticas que singularizan el paisaje de la SERRA de Tramuntana, con los siguientes objetivos:
1. Compensar a los campesinos y propietarios para los servicios ambientales y culturales que realizan.
2. Impulsar políticas para hacer rentable la actividad agraria, forestal y la artesanía, para garantizar los usos agrarios de las fincas Impulsar actuaciones de recuperación de bancales
3. Impulsar actuaciones de recuperación de bancales.
4. Desestacionalizar el turismo fomentando las modalidades de turismo rural y eco turismo.
5. Incentivar el uso de productos autóctonos en determinados servicios.
6. Impulsar la agricultura ecológica en la comarca”.
3. El cumplimiento de estos objetivos está vinculado a cuatro grandes estrategias, una de las cuales es el desarrollo de un distintivo común en toda la delimitación del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial Unesco, vinculado al turismo cultural, gastronómico y de naturaleza, como garantía de reconocimiento del prestigio que supone pertenecer a la declaración de patrimonio mundial serra de Tramuntana.
4. La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana, en la sesión ordinaria de 28 de octubre de 2021, aprobó la regulación mediante convenios de colaboración para la cesión de uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL por parte de los diferentes gestores implicados, con el objetivo de promover la viabilidad económica de los productos elaborados en este emblemático paraje Patrimonio Mundial de la Humanidad para contribuir a la preservación del paisaje cultural reconocido por la UNESCO a su declaración.
5. En fecha 5 de julio de 2022 la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana aprobó el Acuerdo de aprobación de los 4 modelos de convenio de colaboración para el uso del distintivo, el cual fue ratificado por el acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022 y 6 de marzo de 2023.
6. El 25 de enero de 2023 la Oficina Española de Patentes y Marcas notificó al Consorcio la inscripción inicial de la nueva marca “SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL” para que sea utilizada en el uso del Distintivo, con el objetivo de enfatizar el topónimo Serra de Tramuntana y asimilarlo a la nomenclatura de la UNESCO, el cual ya se pueda empezar a usar y comercializar.
7. Con la firma de este convenio se pretende que los diferentes gestores que se encuentran dentro de la delimitación de la Serra, entre los cuales están los titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de alimentación que puedan hacer uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” y se puedan beneficiar, con la finalidad de, por una parte, dar visibilidad a los productos, bienes y servicios dentro de la delimitación de la Serra, indicativos no solo del lugar de elaboración o ubicación, sino también del cumplimiento de unos parámetros ligados al valor de la declaración de patrimonio mundial: sostenibilidad del territorio y preservación y conservación de su paisaje, todo eso para promover la economía circular y la visibilización de este territorio reconocido por la UNESCO en la categoría de paisaje culturals
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:
Cláusulas
Primera
Objeto del conveni
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” (STPM) por parte de los titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de comida ubicados dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio, con el objetivo de trabajar por una economía sostenible en la Sierra para mantener y conservar el paisaje cultural de la Serra que se la base de la declaración.
Segunda
Ámbito de aplicación
El presente convenio se circunscribe a las personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (ESPJ) que estén de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) y que tengan el establecimiento ubicado dentro del mapa anexo al presente convenio, el cual se ha elaborado teniendo en cuenta los límites establecidos a la declaración de patrimonio mundial de la UNESCO.
Tercera
Requisitos de los interesados
Para suscribir el presente convenio de colaboración para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”, el establecimiento ha de cumplir los siguientes requisitos:
1. Ha de estar ubicado dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio.
2. Ha de cumplir con la normativa de seguridad alimentaria y estar inscrito en el registro sanitario correspondiente.
3. Ha de cumplir con las siguientes obligaciones:
A) En el caso de los establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares:
1. Servir en la mesas aceite y/o aceitiunas que lleven el distintivo STPM (*) o que sean de producción propia y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
2. Tener en la carta al menos un vino (1) portador del distintivo STMP (*) o que sea de producción propia y cumpla la normativa de seguridad alimenticia y esté inscrito en el registro sanitario correspondiente.
3. Tener en la carta al menos dos (2) platos elaborados con productos portadores del distintivo STPM (*) o que sean de producción propia y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
4. Tener en la carta zumos de cítricos (naranja/limón) portadores del distintivo STPM(*) o que sean de producción propia y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
(*) La indicación del distintivo STPM podrá aparecer en la carta cerca de la referencia del producto.
B. En el caso de las tiendas de alimentación:
1. Tener al menos un expositor con productos portadores del distintivo STPM o que sean de producción propia, cumplan la normativa de seguridad alimentaria y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
4. La persona física o jurídica titular del establecimiento comercial o de restauración ha de estar de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE).
5.La persona física o jurídica titular del establecimiento comercial o de restauración deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, con la Agencia Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social.
Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorcio Serra de Tramuntana o el Consejo de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud de suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto que se oponga expresamente. Si la persona titular se opone expresamente a la comprabación de oficio, deberá presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias delante de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, Consell de Mallorca y Consorcio Serra de Tramuntana.
La comprobación del cumplimiento de estos requisitos se realizará con la documentación relacionada en el modelo normalizado de solicitud (Anexo 1) de suscripción del presente convenio que se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica del Consorcio Sierra de Tramuntana (http://www.serradetramuntana.net).
Cuarto
Compromisos de ambas partes
A) El Consorci Serra de Tramuntana se compromete a:
1. Entregar al interesado el soporte informático con la imagen corporativa y su manual de uso, que contendrá los 2 elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico), los cuales podrán ser utilizados conjuntamente o de forma independiente, sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado y sin alterar proporciones.
2. Realizar campañas de difusión previa para dar a conocer y promover el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”, de forma que la información para solicitar su uso llegue al mayor número de agentes implicados que puedan beneficiarse así como al público en general para una mayor información y conocimiento mediante instrumentos para su difusión (creación de un blog en la web de la corporación, redes sociales (Instagram i Facebook).
3. Ofrecer a la persona interesada recursos para promocionar y publicitar el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
4. Organizar mesas y talleres de formación con los actores claves implicados en la promoción de los productos y servicios autorizados a utilizar el distintivo.
5. Incentivar una economía circular dentro de la delimitación geográfica de la Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial.
B. La persona interesada se compromete a:
1. Hacer uso del distintivo sin alterar ninguna de sus características básicas y respetando la identidad corporativa existente. Los dos (2) elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico) pueden ser utilizados conjuntamente o de forma independiente sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado, sin alterar proporciones ni colores. Tendrán que situarse sin superposiciones, de manera que se puedan ver completos y sin alteraciones con respecto a la descripción hecha en el documento denominado “Imagen corporativa” el cual se facilitará en el momento de la concesión de uso del distintivo mediante la firma de este convenio.
2. Cumplir con la normativa de seguridad alimentaria y estar inscrito en el registro sanitario correspondiente.
3. Facilitar al Consorci Serra de Tramuntana, en el momento que sea requerido, las comprobaciones y datos necesarios, con el fin de corroborar que se mantengan las condiciones iniciales de otorgamiento de la autorización.
4. Comunicar por escrito al Consorci Serra de Tramuntana cualquier modificación que se produzca en las condiciones por las cuales obtuvo la cesión del uso del distintivo. Si la Comisión Evaluadora considera que la modificación puede afectar a los requisitos ya acreditados, establecerá la oportuna evaluación con el fin de verificar la validez de la autorización en las nuevas condiciones.
5. Acanzar durante el período de vigencia del convenio, un mínimo de un (1) compromiso relacionado con los productores locales, un mínimo de tres (3) compromisos ambientales y un mínomo de tres (3) comprisos sociales y de divulgación del distintivo.
a) Compromisos relacionados con los productos locales (alcanzar al menos 1 durante el plazo de vigencia del convenio):
En relación en los establecimientos, hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares:
1. Tener al menos dos (2) vinos en la carta elaborados con uva portadora del distintivo STPM o que sean de producción propia y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
2. Servir agua embotellada portadora del distintivo STPM y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
3. Servir productos transformados portadores del distintivo STPM (miel, mermeladas, confituras, etc) o que sean de producción propia y cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
En relación en las tiendas de alimentación:
1. Tener un espacio diferenciado con al menos cuatro (2) productos que lleven el distintivo STPM (como aceite, aceitunas, vino, miel, mermeladas y confituras).
2. Utilizar al menos dos (2) productos que lleven el disitintivo STPM en el caso que se ofrezcan degustaciones o catas a los clientes.
b. Compromisos ambientales (asumir al menos tres (3) de los siguientes compromisos ambientales durante el plazo de vigencia del convenio):
1. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
2. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación (grifos monomando, filtros de aire, cisternas de doble descarga o descarga interrumpida).
3. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz (interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..),
4. Utilizar energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
5. Utilizar productos de limpieza biodegradables.
6. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
c. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo (asumir al menos tres (3) de los compromisos siguientes durante el plazo de vigencia del convenio):
1. Ámbito divulgación y comunicación: organizar y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
2. Ámbito Responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
3. Ámbito conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: promover actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo, etc. o participar en ellos (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del disntivo (federación, asociación de pimes para conseguir objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito de formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares de Serra de Tramuntana
* La asunción de los compromisos de los diferentes bloques (A,B i C) se deberá demostrar con la documentación relacionada en el Anexo 2, la cual verificará su cumplimiento, necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante tres años más.
* Para el seguimiento correcto del cumplimiento de los compromisos, la persona solicitanteha debe aportar anualmente al Consorcio Serra de Tramuntana una memoria técnica donde se expongan las actuaciones realizadas. El Consorcio se reserva la facultad de realizar visitas de inspección para verificar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos que se pretenda asumir.
Quinta
Comisión Evaluadora y de Seguimiento
La Comisión Técnica creada por el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana de 5 de julio de 2022 e integrada por representantes del Consell de Mallorca y del Consorcio así como representantes de los sectores económicos y sociales de la Serra de Tramuntana elegidos por la Mesa Permanente del Consejo de Participación del Consorcion, se reunirá periódicamente un mínimo de cuatro (4) veces al año y tendrá como funciones básicas:
1. El examen de las solicitudes (anexo 1) y la documentación aportada por los interesados al suscribir el presente convenio de colaboración por el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” y la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos a la cláusula tercera.
2. La emisión del informe técnico sobre la idoneidad de suscripción del convenio a la vista de la documentación aportada, el cumplimiento de los requisitos y, en su caso, la visita/inspección realizada.
3. Realización del control de uso del distintivo y su correcta utilización según el manual de uso una vez firmado el convenio de colaboración.
4. La comprobación de las solicitudes de modificación de las condiciones de uso del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración, estableciendo la documentación necesaria para proceder a la modificación solicitada. (Renovación de la autorización de uso del distintivo)
5. La aprobación de la prórroga del convenio de colaboración una vez comprobado el cumplimiento de los compromisos por parte del interesado de la cláusula cuarta del presente convenio.
Sexta
Régimen jurídico
1. El régimen jurídico de este convenio está constituido por las presentes cláusulas y por todo aquello establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad autónoma d eles Islas Baleares, el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local.
2. El contenido del convenio es compatible con las normas de la Unión Europea relativas a la protección de las indicaciones geográficas protegidas y con las restricciones cuantitativas en la libre circulación de mercancías.
Séptima
Régimen económico
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas por parte del Consorcio Serra de Tramuntana, ya que los posibles gastos inherentes a su divulgación se incluyen entre las finalidades del Consorcio Sierra de Tramuntana y que son las propias que se derivan del régimen de declaración de la Serra como patrimonio mundial, entre otros, la de “promover iniciativas y proyectos culturales orientados a la conservación y la mejora del paisaje y del patrimonio cultural de la Sierra” y la de “promover iniciativas que contribuya a preservar los valores y las actividades que han posibilitado el nombramiento de la Serra de TRAMUNTANA como patrimonio mundial” (punto d i j respectivamente, del art. 4 de los estatutos del Consorcio, publicados en el BOIB núm. 72, de 30 de mayo de 2019).
Octava
Vigencia
El derecho a hacer uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial tendrá la duración de vigencia del presente convenio que se fija en tres (3) años contadores desde la fecha de su firma.
Novena
Prórroga
Una vez llegada la fecha fin, se prevé la posibilidad de que el presente convenio se pueda prorrogar por tres (3) años más, siempre que la persona interesado demuestre -mediante la documentación señalada en el Anexo 2- haber alcanzado el mínimo de compromisos relacionados en la cláusula cuarta del convenio en relación con los productos respecto a los cuales le fue otorgado el derecho al uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
A. Compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural.
B . Compromisos sociales de divulgación del distintivo.
El plazo para solicitar la prórroga del convenio es de dos meses antes de la fecha de vencimiento, mediante la solicitud correspondiente, en la que se ha de adjuntar toda la documentación relacionada al Anexo 2 y una declaración responsable de no haber introducido cambios en los productos que ya habían estado autorizados a usar el distintivo.
Décima
Modificación de las condiciones de uso del distintivo
Durante la vigencia del convenio y en el supuesto de modificación de las condiciones de concesión del distintivo por cambio de actividad, ámbito o línea de productos, la persona interesada ha de solicitar la renvovación de la autorización de uso del distintivo y ha de acreditar estos cambios con la documentación pertinente.
La Comisión Evaluadora comprobará el cumplimiento de los requisitos y emitirá informe de valoración.
Undécima
Suspensión
El Consorcio Serra de Tramuntana puede acordar la suspensión del uso del distintivo en los siguientes casos:
a. Cuando el Consorcio reciba una queja o denuncia sobre el mal uso del distintivo.
b. Cuando la persona o entidad autorizada no cumpla con un uso adecuado del distintivo en relación con los requisitos por los cuales se ha obtenido la colaboración.
En ambos supuestos, el Consorcio Serra de Tramuntana otorgará a la persona o entidad autorizada un plazo de 15 días hábiles para que enmienden las observaciones que se le hayan formulado. Si no las subsana en este plazo se revocará de forma indefinida la autorización de uso del distintivo.
Duodécima
Formas de extinción
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyan su objeto o porque se haya incurrido en una de estas causas de resolución.
Son causas de resolución:
f. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin que se haya acordado su prórroga.
g. El acuerdo unánime de todos los firmados.
h. El incumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes puede notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo determinado las obligaciones o los compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento se tiene que comunicar a la Comisión Evaluadora, responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Si, una vez transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, el incumplimiento persiste, el convenio se entiende resuelto.
i. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
j. Por cualquier otra causa diferente de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Decimotercera
Resolución de conflictos
Este convenio tiene naturaleza administrativa y para cualquier cuestión o divergencia que pueda derivarse de la interpretación, aplicación o cumplimiento de las presentes cláusulas, ambas partes se someten a la jurisdicción contenciosa-administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de los sector público.
Decimocuarta
Protección de datos
Las partes firmantes están obligadas al cumplimiento del que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales. En este sentido se podrán tratar los datos personales facilitados para llevar a cabo las actividades objeto del presente convenio en los términos que se establezcan y de acuerdo con las instrucciones facilitadas por los responsables de su seguimiento.
El Consorcio Serra de Tramuntana podrá publicar en su página web. http://www.serradetramuntana.net las bases de datos de las personas físicas y jurídicas que tienen firmado convenio de colaboración a los efectos de dar difusión a los productos que llevan el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
Como muestra de conformidad se firma este convenio en dos ejemplares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica
Por el Consorcio Serra de Tramuntana Por[ persona física o jurídica titular del bien inmueble con valor patrimonial histórico y cultural]
ANEXO 1 Solicitud adscripción en el convenio colaboración por el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 3. Titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafetererias, bares y tiendas de comida.
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
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NIF/CIF
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Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
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Representante |
Requisitos para solicitar la adscripción al convenio de colaboración:
1. Ubicació territorial del establecimiento Dirección Municipio |
2. Inscripción al registro sanitario correspondiente |
3. Los establecimientos han de cumplir las obligaciones siguientes:
A) En el caso de los establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares:
(*) La indicación del distintivo STPM podrá aparecer en la carta cerca de la referencia del producto. B) En el caso de las tiendas de alimentación:
|
4. La persona titular del establecimiento comercial o de restauración ha de estar de alta al Impuesto de Actividades Económicas (IAE). |
5. La persona titular del establecimiento comercial o de restauración ha de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. |
Documentación a presentar:
1. Ubicación territorial del establecimiento.
2. Cumplimiento de la normativa de seguridad alimentaria y estar dado de alta en el registro sanitario correspondiente.
3. Obligatoriedad de servir en la mesa productos portadores del distintivo STPM o de producción propia que cumplan con la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
4. Estar dado de alta al Impuesto de Actividades económicas.
5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
El Consorci Serra de Tramuntana o el Consell de Mallorca comprobarán de oficio que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Sierra de Tramuntana ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Si la persona titular se opone expresamente a la comprobación de oficio, ha de presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias delante de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Consell de Mallorca y Consorci Serra de Tramuntana.
ANEXO 2 Comprobación del cumplimiento del compromiso para solicitar la prórroga del convenio de colaboración por el uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial
Modelo 3. Titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafetererias, bares y tiendas de comida.
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
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NIF/CIF
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Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
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Representante |
Datos del establecimiento
Nombre |
Dirección Municipio |
Cumplimiento de los compromisos
A. Compromisos relacionados con los productos locales (alcanzar 1) 1. |
B. Compromisos ambientales (alcanzar 3): 1. 2. 3. |
C. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo)
1.
2.
3.
Documentación que se ha de presentar para la verificación de los compromisos:
A. Compromisos relacionados con los productos locales:
A.1 En el caso de los establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares:
1. Tener en la carta al menos dos (2) vinos elaborados con uva portadora del distintivo STPM o que sean de producción propia, cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente
-Facturas de compra (en el caso de productos portadores del distintivo)
-Certificado de inscripción al registro sanitario correspondiente (en el caso de los productos de producción propia).
2. Servir agua embotellada portadora del distintivo STPM o que sean de producción propia, cumplan la normativa de seguridad alimenticia y estén inscritos en el registro sanitario correspondiente.
-Facturas de compra (en el caso de productos portadores del distintivo)
-Certificado de inscripción al registro sanitario correspondiente (en el caso de los productos de producción propia).
3. Servir productos transformados portadores del distintivo STPM (miel, mermeladas, confituras, etc)
-Facturas de compra (en el caso de productos portadores del distintivo)
-Certificado de inscripción al registro sanitario correspondiente (en el caso de los productos de producción propia).
A.2 En relación en las tiendas de comida:
1. Tener un espacio diferenciado con al menos dos (2) productos portadores del distintivo STPM (entre ellos: aceite, olivas, vino, miel, mermeladas y confituras).
-Fotografías del lineal
-Facturas de compra
2. En caso de que se ofrezcan degustaciones o catas, se utilizará al menos dos (2) productos portadores del distintivo STP.
-Facturas de compra
B.Compromisos ambientales
1. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
2. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación.
3. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz ( interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
4. Utilización de energías renovables y medidas de eficiencia energética
5. Utilización de productos de limpieza biodegradables.
6. Disponer al menos de un vehículo Cero Emisiones.
- Factura de compra/renting y fichas técnicas del vehículo/se
C. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
1. Ámbito de divulgación y comunicación: organizar, y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
- Memoria descriptiva
- Factura
- Fotografías
2. Ámbito de responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
-Copia del contrato laboral
3. Ámbito de conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: participar en actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo o participar en ellas (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del distintivo (federación, asociación de pimes para conseguir los objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares en la Serra de Tramuntana.
Modelo de convenio de colaboración entre el Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y el gestor de la serra de Tramuntana [nombre del gestor] ubicado dentro de la delimitación geogràfica de la serra de Tramuntana que quiera acogerese al régimen de uso del distintivo «Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial»
[Modelo 4. Empresas y otras entidades que contribuyan a difundir y/o preservar el paisaje de la Serra de Tramuntana ]
Partes
(Nombre y apellidos), presidenta del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial actuando en representación del Consorci Serra de Tramuntana y en virtud de competencia delegada de acuerdo con el arte 9.1.t) de los Estatutos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial (BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
(Nombre y apellidos) ........................................................................................... con NIF.............................., en representación de ........................................................................................................, con CIF.......................... y domicilio a efectos de notificaciones en ........................................................... del municipio de ....................... (Comunidad Autónoma de..................................) teléfono............... y correo electrónico ............................................................. (en adelante el solicitante).
Las partes se reconocen, para la representación que actúan, la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, por lo cual,
Antecedentes
1. 1.El Consorcio Serra de Tramuntana es la entidad jurídico-pública con personalidad jurídica propia creada, entre otros, para ejecutar el Plan de Gestión del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana, aprobado en enero de 2010 para el Departamento de Territorio del Consejo de Mallorca y que tiene como objetivo genérico la gestión integrada de todas las acciones que tienen incidencia sobre la SERRA, con la finalidad de adaptarlas y coordinarlas con el fin de permitir la conservación y protección del bien, así como velar por el cumplimiento de los requisitos que la UNESCO tuvo en cuenta para declarar, el 29 de junio de 2011, la SERRA de Tramuntana PATRIMONIO MUNDIAL en su categoría de Paisaje Cultural.
2. El Plan de Gestión prevé, entre los programas de gestión del bien incluidos en el punto 5, el programa de desarrollo económico (punto 5.2) que tiene como meta principal “preservar, revalorizar y potenciar un desarrollo sostenible de la SERRA teniendo en cuenta las personas que lo hacen posible; priorizando el desarrollo de aquellas actividades que permitan el mantenimiento y la continuidad de los procesos y dinámicas agropecuarias y agroturísticas que singularizan el paisaje de la SERRA de Tramuntana, con los siguientes objetivos:
1. Compensar a los campesinos y propietarios para los servicios ambientales y culturales que realizan.
2. Impulsar políticas para hacer rentable la actividad agraria, forestal y la artesanía, para garantizar los usos agrarios de las fincas Impulsar actuaciones de recuperación de bancales
3. Impulsar actuaciones de recuperación de bancales.
4. Desestacionalizar el turismo fomentando las modalidades de turismo rural y eco turismo.
5. Incentivar el uso de productos autóctonos en determinados servicios.
6. Impulsar la agricultura ecológica en la comarca”.
3. El cumplimiento de estos objetivos está vinculado a cuatro grandes estrategias, una de las cuales es el desarrollo de un distintivo común en toda la delimitación del paisaje cultural de la SERRA de Tramuntana Patrimonio Mundial Unesco, vinculado al turismo cultural, gastronómico y de naturaleza, como garantía de reconocimiento del prestigio que supone pertenecer a la declaración de patrimonio mundial serra de Tramuntana.
4. La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana, en la sesión ordinaria de 28 de octubre de 2021, aprobó la regulación mediante convenios de colaboración para la cesión de uso del distintivo SERRA DE TRAMUNTANA MALLORCA PATRIMONIO MUNDIAL por parte de los diferentes gestores implicados, con el objetivo de promover la viabilidad económica de los productos elaborados en este emblemático paraje Patrimonio Mundial de la Humanidad para contribuir a la preservación del paisaje cultural reconocido por la UNESCO a su declaración.
5. En fecha 5 de julio de 2022 la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana aprobó el Acuerdo de aprobación de los 4 modelos de convenio de colaboración para el uso del distintivo, el cual fue ratificado por el acuerdo de la Junta Rectora de 27 de octubre de 2022 y 6 de marzo de 2023.
6. El 25 de enero de 2023 la Oficina Española de Patentes y Marcas notificó al Consorcio la inscripción inicial de la nueva marca “SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL” para que sea utilizada en el uso del Distintivo, con el objetivo de enfatizar el topónimo Serra de Tramuntana y asimilarlo a la nomenclatura de la UNESCO, el cual ya se pueda empezar a usar y comercializar.
7. Con la firma de este convenio se pretende que los diferentes gestores que se encuentran dentro de la delimitación de la Serra, entre los cuales están las empresas y otras entidades que contribuyen a difundir y/o preservar el paisaje de la Serra de Tramuntana que puedan hacer uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” y se puedan beneficiar, con la finalidad de, por una parte, dar visibilidad a los productos, bienes y servicios dentro de la delimitación de la Serra, indicativos no solo del lugar de elaboración o ubicación, sino también del cumplimiento de unos parámetros ligados al valor de la declaración de patrimonio mundial: sostenibilidad del territorio y preservación y conservación de su paisaje, todo eso para promover la economía circular y la visibilización de este territorio reconocido por la UNESCO en la categoría de paisaje culturals
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:
Cláusulas
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales para el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial” (STPM) por parte de las empresas y otras entidades que tienen como objeto principal de su actividad contribuir a preservar o difundir el paisaje cultural de la SERRA de Tramontana de acuerdo con los valores que implica la Declaración de patrimonio mundial (sostenibilidad del territorio, conservación del paisaje cultural y producción agroalimentaria local con economía circular).
Segunda
Ambito de aplicación
El presente convenio se circunscribe a las empresas y otras entidades, cuyo objeto principal esté relacionado con la preservación y/o difusión del paisaje cultural de la Serra de Tramontana de acuerdo con los valores que implica la declaración de patrimonio mundial, y que ejecuten su actividad mayoritariamente dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio, el cual se ha elaborado teniendo en cuenta los límites establecidos a la declaración de patrimonio mundial de la UNESCO.
* Quedan excluidas las siguientes actividades:
Tercera
Requisitos de los interesados
Las empresas y otras entidades cuyo objeto principal esté relacionado con preservar y/o difundir el paisaje cultural de la Serra de Tramuntana de acuerdo con los valores que implica la declaración de patrimonio mundial tendrán que cumplir los siguientes requisitos para suscribir el presente convenio:
1. El objeto principal de la actividad que lleven a cabo deberá estar relacionado con la difusión y/o preservación del paisaje cultural de la Serra de Tramuntana de acuerdo con los valores que implica la declaración de patrimonio mundial (sostenibilidad del territorio, conservación del paisaje cultural y producción agroalimentaria local con economía circular).
2. La actividad que lleve a cabo la empresa o entidad se ha de ejecutar mayoritariamente dentro de los límites del mapa anexo al presente convenio.
3. El personal de la empresa o entidad tiene que poder acreditar sus conocimientos respeta a la declaración de la Serra de Tramutana como patrimonio mundial en su vertiente de paisaje cultural o ha de cursar la formación que indique el Consorcio Serra de Tramontana Patrimonio Mundial.
4. La empresa o entidad ha de estar de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE).
5. En el caso que la empresa o entidad ofrezca algún tipo de servicio de cata o degustación gastronómica se utilizará al menos dos (2) productos portadores del distintivo STPM *(1) y tendrá que cumplir con la normativa de seguridad alimenticia y estar inscrita en el registro sanitario correspondiente.
6. La empresa o entidad tendrá que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorci Serra de Tramutana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social. Estos requisitos los comprobará de oficio el Consorci Serra de Tramuntana o el Consell de Mallorca de Mallorca, ya que la presentación de la solicitud para suscribir este convenio de colaboración supone la autorización para su comprobación, excepto que se oponga expresamente. Si la persona titular se opone expresamente a la comprobación de oficio, ha de presentar el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias delante de la Agencia Tributária, Seguridad Social, Consell de Mallorca y Consorci Serra de Tramuntana.
*(1) Si la empresa o entidad ofrece algún tipo de servicio de hostelería y/o restauración, será aplicable por esta actividad los requisitos establecidos en el modelo de Convenio de colaboración para titulares de establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías, bares y tiendas de alimentación. (modelo 3).
La comprobación del cumplimiento de estos requisitos se realizará con la documentación relacionada en el modelo normalizado de solicitud de suscripción ( Anexo 1) del presente convenio que se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica del Consorcio SERRA de Tramontana (http://www.serradetramuntana.net).
Cuarta
Compromisos de ambas partes
A) El Consorci Serra de Tramuntana se compromete a:
1. Entregar a la persona interesado del soporte informático con la imagen corporativa y su manual de uso, que contendrá los 2 elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía contendrá los dos 2 elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico), los cuales podrán ser utilizados conjuntamente o de forma independiente, sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado y sin alterar proporciones.
2. Realizar campañas de difusión para dar a conocer y promover el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”, de maneraque la información para solicitar el uso del distintivo llegue al mayor número de agentes implicados que puedan beneficiarse así como al público en general para una mayor información y conocimiento mediante instrumentos para su difusión (creación de un blog a la web de la corporación, redes sociales (Instagram i Facebook).
3. Ofrecer a la persona interesada los recursos para promocionar y publicitar el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
4. Organizar mesas y talleres de formación con los actores claves implicados en la promoción de los productos y servicios autorizados a utilizar el distintivo.
5. Incentivar una economía circular dentro de la delimitación geográfica de la Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial
B) La persona interesada se compromete a:
1. Hacer uso del distintivo sin alterar ninguna de los suyos característicos básicos, respetando la identidad corporativa existente. Los dos (2) elementos característicos que componen el distintivo (la tipografía y el elemento gráfico) pueden ser utilizados conjuntamente o de forma independiente sin alterar ninguna de sus características que figuran en el sello registrado, sin alterar proporciones ni colores. Tendrán que situarse sin superposiciones, de manera que se puedan ver completos y sin alteraciones con respecto a la descripción hecha en el documento denominado “Imagen corporativa” el cual se facilitará en el momento de la concesión de uso del distintivo mediante la firma de este convenio.
2. Cumplir con la normativa de seguridad alimentaria, en el caso que en el inmueble se organicen eventos públicos de carácter social o cultural, que incluyan degustación de productos y/o oferta gastronómica.
3. Facilitar al Consorcio Serra de Tramuntana, en el momento que sea requerido, las comprobaciones y datos necesarios, con el fin de corroborar que se mantengan las condiciones iniciales de otorgamiento de la autorización.
4. Comunicar por escrito al Consorcio Serra de Tramuntana cualquier modificación que introduzca en las condiciones por las cuales obtuvo la cesión del uso del distintivo. Si la Comisión Evaluadora considera que la modificación puede afectar a los requisitos ya acreditados, establecerá la oportuna evaluación con el fin de verificar la validez de la autorización en las nuevas condiciones.
5. Alcanzar, durante el período de vigencia del convenio, un mínimo de tres (3) compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural, y un mínimo de tres (3) compromisos sociales y de divulgación del distintivo. La asunción de estos compromisos se deberá demostrar con la documentación correspondiente que verifique que se han cumplidos y y será necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante tres años más:
A) Compromisos ambientales (asumir al menos 3 de los compromisos siguientes durante los 3 años de vigencia del convenio):
1. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
2. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación (grifos monomando, filtros de aire, cisternas de doble descarga o descarga interrumpida).
3. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz (interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
4. Utilizar energías renovables para fomentar la eficiencia energética.
5. Utilizar productos de limpieza biodegradables.
6. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
B) Compromisos sociales y de divulgación del distintivo (asumir al menos 3 de los compromisos siguientes durante los 3 años de vigencia del convenio:
1. Ámbito divulgación y comunicación: organizar y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
2. Ámbito Responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
3. Ámbito conservación del patrimonio: participar, organizar y/o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: promover actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo, etc. o participar en ellos (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana).
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades susceptibles de hacer uso del disntivo (federación, asociación de pimes para conseguir objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
6. Ámbito de formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la Serra de Tramuntana.
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
8. Ámbito de tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares de Serra de Tramuntana
* La asunción de los compromisos de los dos bloques (A-B) se tendrá que demostrar con la documentación relacionada en el Anexo 2 con la cual el Consorcio verificará su cumplimiento , necesario para poder otorgar la prórroga del convenio durante tres años más.
* Por el seguimiento correcto del cumplimiento de los compromisos, el solicitante tendrá que aportar anualmente al Consorcio Serra de Tramuntana una memoria técnica donde se informe de las actuaciones realizadas. El Consorcio se reserva la facultad de realizar visitas de inspección para verificar el seguimiento del cumplimiento de los compromisos que se pretenda asumir.
Quinta
Comisión Evaluadora y de Seguimiento
La Comisión Técnica creada por el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana de 5 de julio de 2022 e integrada por representantes del Consejo de Mallorca y del Consorcio, así como representantes de los sectores económicos y sociales de la Serra de Tramuntana elegidos para la Mesa Permanente del Consejo de Participación del Consorcio se reunirá periódicamente un mínimo de cuatro (4) veces al año y tendrá como funciones básicas:
1. El examen de las solicitudes (anexo 1) y la documentación aportada por las personas interesadas en suscribir el presente convenio de colaboración por el uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial y la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos en la cláusula tercera.
2. La emisión del informe técnico sobre la idoneidad de suscripción del convenio a la vista de la documentación aportada, el cumplimiento de los requisitos y, en su caso, la visita/inspección realizada.
3. El control de uso correcto del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración.
4. La comprobación de las solicitudes de modificación de las condiciones de uso del distintivo una vez firmado el convenio de colaboración y el establecimiento de la documentación necesaria para la modificación solicitada.
5. La aprobación de la prórroga del convenio de colaboración una vez comprobado que la persona interesada cumple con los compromisos asumidos.
Sexta
Régimen jurídico
1. El régimen jurídico de este convenio está constituido por las presentes cláusulas y por todo aquello establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares; en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local.
2. El contenido del convenio es compatible con las normas de la Unión Europea relativas a la protección de las indicaciones geográficas protegidas y a las restricciones cuantitativas en la libre circulación de mercancías.
Séptima
Régimen económico
Este convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas por parte del Consorcio SERRA de Tramuntana ya que los posibles gastos inherentes a su divulgación están entre las finalidades del Consorcio Serra de Tramuntana y que son las propias que se derivan del régimen de declaración de la Serra como patrimonio mundial, entre otras, “promover iniciativas y proyectos culturales orientados a la conservación y la mejora del paisaje y del patrimonio cultural de la Serra” y “promover iniciativas que contribuya a preservar los valores y las actividades que han posibilitado el nombramiento de la Serra de Tramuntana como patrimonio mundial” (puntos d i j, respectivamente, del art. 4 de los estatutos del Consorcio, publicados en el BOIB nº. 72 de 30 de mayo de 2019).
Octava
Vigencia
El derecho a hacer uso del distintivo Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial tendrá la duración de vigencia del presente convenio que se fija en tres (3) años contadores desde la fecha de su firma.
Novena
Prórroga
Una vez llegada la fecha fin, se prevé la posibilidad de que el presente convenio se pueda prorrogar por tres (3) años más, siempre que la persona interesado demuestre -mediante la documentación señalada en el Anexo 2- haber alcanzado el mínimo de compromisos relacionados en la cláusula cuarta del convenio en relación con los productos respecto a los cuales le fue otorgado el derecho al uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
A. Compromisos ambientales y de conservación del patrimonio histórico y cultural.
B. Compromisos sociales de divulgación del distintivo.
El plazo para solicitar la prórroga del convenio es de dos meses antes de la fecha de vencimiento, mediante la solicitud correspondiente, en la que se ha de adjuntar toda la documentación relacionada al Anexo 2 y una declaración responsable de no haber introducido cambios en los productos que ya habían estado autorizados a usar el distintivo.
Décima
Modificación de las condiciones de uso del distintivo
Durante la vigencia del convenio y en el supuesto de modificación de las condiciones de concesión del distintivo por cambio de actividad, ámbito o línea de productos, la persona interesada ha de solicitar la renvovación de la autorización de uso del distintivo y ha de acreditar estos cambios con la documentación pertinente.
La Comisión Evaluadora comprobará el cumplimiento de los requisitos y emitirá informe de valoración.
Undécima
Suspensión
El Consorcio Serra de Tramuntana puede acordar la suspensión del uso del distintivo en los siguientes casos:
a. Cuando el Consorcio reciba una queja o denuncia sobre el mal uso del distintivo.
b. Cuando la persona o entidad autorizada no cumpla con un uso adecuado del distintivo en relación con los requisitos por los cuales se ha obtenido la colaboración.
En ambos supuestos, el Consorcio Serra de Tramuntana otorgará a la persona o entidad autorizada un plazo de 15 días hábiles para que enmienden las observaciones que se le hayan formulado. Si no las subsana en este plazo se revocará de forma indefinida la autorización de uso del distintivo.
Duodécima
Formas de extinción
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyan su objeto o porque se haya incurrido en una de estas causas de resolución.
Son causas de resolución:
k. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin que se haya acordado su prórroga.
l. El acuerdo unánime de todos los firmados.
m. El incumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes puede notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo determinado las obligaciones o los compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento se tiene que comunicar a la Comisión Evaluadora, responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Si, una vez transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, el incumplimiento persiste, el convenio se entiende resuelto.
n. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
o. Por cualquier otra causa diferente de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Decimotercera
Resolución de conflictos
Este convenio tiene naturaleza administrativa y para cualquier cuestión o divergencia que pueda derivarse de la interpretación, aplicación o cumplimiento de las presentes cláusulas, ambas partes se someten a la jurisdicción contenciosa-administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos de los sector público.
Decimocuarta
Protección de datos
Las partes firmantes están obligadas al cumplimiento del que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales. En este sentido se podrán tratar los datos personales facilitados para llevar a cabo las actividades objeto del presente convenio en los términos que se establezcan y de acuerdo con las instrucciones facilitadas por los responsables de su seguimiento.
El Consorcio Serra de Tramuntana podrá publicar en su página web. http://www.serradetramuntana.net las bases de datos de las personas físicas y jurídicas que tienen firmado convenio de colaboración a los efectos de dar difusión a los productos que llevan el distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
Como muestra de conformidad se firma este convenio en dos ejemplares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica
Por el Consorcio Serra de Tramuntana Por[ persona física o jurídica titular del bien inmueble con valor patrimonial histórico y cultural]
ANEXO 1 Solicitud de adscripción en el convenio colaboración por el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 4. Empresas y otras entidades que contriubuyan a difundir y/o preservar el paisaje de la Serra de Tramuntana.
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
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NIF/CIF |
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Dirección |
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Correo electrónico Telf. contacto |
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Representante |
Requisitos para solicitar la adscripción al convenio de colaboración
1. El objeto principal de la actividad de la empresa ha de estar relacionado con preservar y/o difundir el paisaje cultural de la Serra de Tramuntana. |
2. La actividad de la empresa o entidad se ha de ejecutar mayoritariamente dentro de límites del mapa anexo al presente convenio. |
3.La empresa o entidad ha de estar dada de alta al Impuesto de actividades económicas (IAE) |
4. La empresa o entidad ha de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social |
Documentación a presentar:
1. Relación del objeto social de la empresa con la difusión y/o preservación del paisaje cultural de la Serra de Tramuntana.
-Estatutos sociales de la empresa o entidad
2. Ubicación territorial donde se desarrolla la actividad.
-Estatutos sociales de la empresa o entidad.
-Memoria o programa de actividades.
3. Estar dado de alta al impuesto de actividades económicas (IAE).
-Presentación del modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores).
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, con el Consell de Mallorca y con el Consorci Serra de Tramuntana. El Consorcio Serra de Tramuntana o el Consell de Mallorca comprobarán de oficio que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social, quitado que se oponga expresamente. Si la persona titular se opone expresamente, deberá presentar un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributaria con el Consell de Mallorca, con el Consorcio Serra de Tramuntana, ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social.
ANEXO 2 Comprobación cumplimiento compromisos para solicitar la prórroga del Convenio de colaboración por el uso del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”
Modelo 4. Empresas y otras entidades que contriubuyan a difundir y/o preservar el paisaje de la Serra de Tramuntana.
Datos del solicitante
Nombre/Razón Social |
||
NIF/CIF |
|
|
Dirección |
||
Correo electrónico |
||
Telf. contacto |
||
Representante |
Datos de la empresa o entidad
Nombre |
Dirección Municipio |
Cumplimiento de los compromisos
A. Compromisos ambientales (alcanzar 3): 1. 2. 3. |
B. Compromisos sociales y de divulgación del distintivo (alcanzar 3)
1.
2.
3.
Documentación a presentar para la verificación de los compromisos:
A. Compromisos ambientales:
1. Disponer de un sistema de gestión de residuos que fomenten la reducción, la reutilización y el reciclaje.
-Memoria técnica y fotografías
2. Hacer un uso eficiente del agua mediante sistemas de control y regulación.
-Fotografías acreditativas y Facturas de compra del dispositivo de instalación de sistemas de ahorro agua a la explotación.
3. Sustituir las bombillas incandescentes y halógenas por otros de bajo consumo o LED y adoptar medidas para el ahorro de luz ( interruptores temporizados, células de iluminación automática, etc..)
-Fotografías acreditativas y facturas de compra de sistemas de ahorro energía
-Factura del suministro eléctrico anterior y posterior al cambio para comparativa
4. Utilización de energías renovables y medidas de eficiencia energética
-Factura de compra de aparatos e instalación y de material relacionado con el suministro de energías renovables (placas solares, estufas de pellet, biomasa, etc.)
5. Utilización de productos de limpieza biodegradables.
-Facturas de compra
6. Disponer al menos de un vehículo cero emisiones.
-Factura de compra/renting y fichas técnicas del vehículo/se
B. Compromisos para la divulugación del distintivo “Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial”.
1. Ámbito divulgación y comunicación: organizar, y/o participar anualmente en actividades de difusión y formación del distintivo STPM.
-Memoria descriptiva y fotografías
2. Ámbito de responsabilidad social: hacer contrataciones laborales en programas de inserción laboral o para personas en riesgo de exclusión social y que promuevan la igualdad de mujeres y hombres.
-Copia del contrato laboral
3. Ámbito conservación del patrimonio: participar, organizar y /o colaborar en proyectos de conservación y/o divulgación del patrimonio de la STPM y de carácter social (campañas, acontecimientos, actos públicos, jornadas, etc.)
4. Ámbito cultural y deportivo: promover actividades de mecenazgo artístico, cultural, deportivo, etc (apoyo a conferencias, teatro, música o actividades de cualquier disciplina deportiva que tengan relación con la Serra de Tramuntana.
-Memoria descriptiva
5. Ámbito asociativo: promover el asociacionismo sectorial e intersectorial de actividades usuarias del distintivo (federación, asociación de PYMES para conseguir objetivos comunes relacionados con la divulgación del distintivo STPM).
-Memoria descriptiva
6. Ámbito formación e investigación : establecer acuerdos de colaboración con escuelas, universidades y centros de investigación del territorio para impulsar y/o facilitar trabajos relacionados con la SERRA de Tramontana.
-Acuerdo de colaboración
7. Ámbito educativo y comunitario: hacer talleres y jornadas de formación sectoriales (agricultura/restauración) vinculados a la STPM a escuelas, asociaciones de vecinos, comunidades, etc.
-Memoria descriptiva
8. Ámbito tradiciones y fiestas populares: establecer colaboraciones público-privadas para promocionar la cultura, tradiciones y fiestas populares de la SERRA de Tramontana.
-Acuerdo de colaboración o convenio.