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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 259755
Regulación de acceso y estacionamiento, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre de 2023, de vehículos en las vías de acceso d’es Caló des Mort y es Ram

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público de que Pleno del Consell Insular de Formentera en la sesión de día 24 de febrero de 2023, ha adoptado el siguiente acuerdo:

3.1.7.- PRP2023/106. PROPUESTA DE REGULACÓN REGULACIÓN DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO, ENTRE EL 15 DE MAYO Y EL 15 DE OCTUBRE DE 2023, DE VEHÍCULOS EN LAS VÍAS DE ACCESO D'ES CALÓ DES MORT Y ES RAM.

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Sometido a votación de los 15 miembros presentes (de los 16 que forman Pleno de la corporación actualmente, porque ha habido una renuncia de la cual cosa ha tomado conocimiento el Pleno en la sesión de hoy, y que conforman el total de 17 corporativos), por mas de la mayoría absoluta, con la siguiente composición y votación: el voto a favor de los 5 representantes del grupo político PSIB-PSOE y de los 5 representantes del grupo político Gent x Formentera, (que forman el equipo de Gobierno), y la abstención de los 5 representantes presentes del grupo político Sa Unió de Formentera PP- Compromís, adopta, en base a la propuesta transcrita, el siguiente:

ACUERDO

JUSTIFICACIÓN (PARTE EXPOSITIVA)

PROPUESTA DE REGULACÓN REGULACIÓN DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO, ENTRE EL 15 DE MAYO Y EL 15 DE OCTUBRE DE 2023, DE VEHÍCULOS EN LAS VÍAS DE ACCESO D'ES CALÓ DES MORT Y ES RAM, PRESENTADA PEL SR. RAFAEL GONZÁLEZ RIBAS, CONSELLER DE MOBILITAT I TERRITORI DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA.

En los últimos años, el número de visitantes al Caló des Mort durante la temporada estival se ha incrementado notablemente, habiendo llegado a generar graves problemas en los caminos de acceso que llevan aparejado el deterioro medioambiental de la zona, problemas de seguridad y de acceso de los vecinos a sus viviendas.

Por este motivo, desde 2017, y de acuerdo con el informe técnico de fecha 6 de junio de 2017 elaborado por GRUSAMAR, y que se incorpora como ANEXO I, se han llevado a cabo las siguientes determinaciones en en cuanto a la circulación de vehículos:

  • Se admite el acceso de vehículos de o con personas con movilidad reducida para acercarlas a la zona de acceso directo a la cala.
  • Se tiene que proporcionar a los vehículos de emergencias, protección civil y cuerpos de seguridad un acceso rápido en la zona de acceso directo a la cala, así como un espacio para su estacionamiento.
  • Los vecinos con parcela privada para el estacionamiento podrán seguir en uso de los caminos de acceso y estacionar en todo momento a su parcela.
  • Los propietarios de locales comerciales tienen permitida la circulación y la parada, exclusivamente para la carga y descarga con vehículos de transporte de mercancías.
  • Por los vehículos a motor de visitantes se autoriza únicamente la parada para bajar o subir el resto de pasajeros diferentes del conductor, teniendo que abandonar el vehículo los caminos de acceso a la zona para estacionar en las zonas habilitadas a tal efecto.

La parada de un vehículo es la inmovilización del mismo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor lo abandone.

Para llevar a cabo las anteriores medidas se ha procedido a:

  • Señalizar la prohibición de estacionamiento y que el camino de acceso al Caló des Mort no tiene salida.
  • Señalizar los sobreanchos que permiten el cruce de vehículos con la prohibición de estacionamiento.
  • Señalizar la prohibición de estacionamiento a los accesos a las fincas particulares.
  • Balizamiento con palo-cuerda del perímetro de los puntos de sobreancho u otros para proteger las zonas vegetales del estacionamiento de vehículos.

El informe de la Policía Local de fecha 19 de abril de 2022, y que se incorpora como ANEXO II, confirma que, todo y las medidas tomadas, en época estival se siguen produciendo atascos a los caminos que dan acceso en las zonas del Caló des Mort y es Ram por la gran afluencia de visitantes que los utilizan. Al disponer los mismos de un pavimento de tierra y una anchura reducida y el estacionamiento de vehículos a sus márgenes, el cruce de vehículos es prácticamente imposible, hecho que provoca que en caso de una eventual emergencia no puedan acceder los encargados de atenderla.

En sesión del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 21 de diciembre de 2018 se adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible de Formentera (BOIB n.º 65 de 14 de mayo de 2019). El Plan de Movilidad Sostenible incluye dentro de sus propuestas (propuestas 9.1.1. y 9.1.1.2) la reorganización del diseño de los actuales y futuros estacionamientos a las zonas de playa y la delimitación de los límites de los caminos y accesos a zonas de playa.

Del mismo modo, la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera, establece en su artículo 9 la posibilidad de que el Pleno del consell insular pueda limitar temporalmente la afluencia de vehículos a motor en vías públicas o espacios determinados con valores naturales, patrimoniales o paisajísticos para evitar que se produzcan daños y aglomeraciones.

En base al anterior, en el informe de los servicios técnicos del área de movilidad de 16 de febrero de 2023, y que se incorpora como ANEXO III, para evitar que se produzcan daños a los espacios naturales y aglomeraciones en las vías de acceso en las zonas del Caló des Mort y es Ram, se considera necesario continuar aplicando las determinaciones tomadas desde el año 2017 y reforzarlas mediante la presencia durante las horas de mayor afluencia de visitantes de los agentes controladores de estacionamiento y/o de la policía local, para impedir el inadecuado estacionamiento de vehículos o de instar a la retirada de los que incumplan las prohibiciones establecidas.

Viste el informe jurídico de fecha 16 de febrero de 2023.

PARTE RESOLUTIVA

PRIMERO.- Tomar, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre de 2023, las siguientes determinaciones en cuanto a las vías de acceso a las zonas del Caló des Mort y es Ram:

  • Admitir el acceso de vehículos de o con personas con movilidad reducida para acercarlas a la zona de acceso directo a la cala.
  • Proporcionar a los vehículos de emergencias, protección civil y cuerpos de seguridad un acceso rápido en la zona de acceso directo a la cala.
  • Los vecinos con parcela privada para el estacionamiento podrán seguir en uso de los caminos de acceso y estacionar en todo momento a su parcela.
  • Por los vehículos a motor de visitantes autorizar únicamente la parada para bajar o subir el resto de pasajeros diferentes del conductor, teniendo que abandonar el vehículo los caminos de acceso para estacionar en las zonas habilitadas a tal efecto.

SEGUNDO.- Adoptar o reforzar, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre de 2023, las siguientes medidas de señalización y balizamiento:

  • Señalizar la prohibición de estacionamiento y que el camino des Caló des Mort no tiene salida.
  • Señalizar la prohibición de estacionamiento al camino des Ram.
  • En ambos caminos, señalizar la prohibición de estacionamiento en los sobreanchos.
  • En ambos caminos, señalizar la prohibición de estacionamiento a los accesos a las fincas particulares.
  • Balizamiento con palo-cuerda del perímetro de los puntos de sobreanchos u otros para proteger las zonas vegetales del estacionamiento de vehículos.

TERCERO.- Mantener las zonas de estacionamiento de turismos y motocicletas del área urbana des Copinar anexas al camino de acceso del Caló des Mort.

CUARTO.- Facultar la policía local y los controladores de estacionamiento regulado, en las vías de acceso a las zonas del Caló des Mort y es Ram, por el control del cumplimiento de las limitaciones de acceso y estacionamiento, denuncia de las infracciones y la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe.

QUINTO.- Dar traslado a los organismos que pudieran verse afectados por el contenido del presente acuerdo.

SEXTO.- Publicar el presente acuerdo al BOIB y en el web del Consell Insular, para general conocimiento.

Lo cual se hace pública, para general conocimiento y en ejecución del artículo 9 de la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera.

Formentera, 12 de abril de 2023 La presidenta del Consell Insular de Formentera ​​​​​​​Ana Juan Torres