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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 258527
Notificación de la Resolución de Revocación parcial de las ayudas, R8 (exp. 112) de fecha 6 de febrero de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015, por la cual se convocan subvenciones para la Creación de empresas de jóvenes agricultores, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la cual se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevee el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha de 6 de febrero de 2023, dicta lo siguiente:

“INFORME  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Submedida 6.1.- Creación de empresas de jóvenes agricultores

Convocatoria: CEJA 2018_1

Expediente: CEJA2018_1/112

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 208251

Código BDNS: 449691

Antecedentes

1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores . La citada Resolución se modificó en fecha 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54).

2.Una vez analizada toda la documentación presentada, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor del interesado que figura en el anexo de la Resolución con los datos e importes correspondientes.

3.El 27 de junio de 2019, en el BOIB núm. 85, se publicó la Resolución de la concesión a los beneficiarios de las ayudas, R8 de 6 de junio de 2019, en la que se incluye JORDI LLINAS POCOVI (núm. Exp. CEJA2018_1/112), con un importe prima de 45.000, 00 € y anualidad 2023.

4.El 10 de diciembre de 2019 (con registro de entrada 24702) presenta la solicitud del primer y del segundo pago.

5.El 27 de enero de 2023 (con registro de entrada 75673), el beneficiario presenta la solicitud de desistimiento del complemento de 5.000,00 € por explotación en producción integrada.

Por ello, implica realizar una revocación parcial de 5.000,00 euros, por tanto, el importe de concesión asciende a 40.000,00 €.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores .

2. Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares desde 2014 hasta 2020.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

Revocar parcialmente las resoluciones de ayuda concedidas a las personas beneficiarias, por el importe y con los plazos detallados en el anexo de esta Resolución, que es un total de 1 expediente y que empieza y termina por JORDI LLINAS POCOVI, que suma un total de 5.000,00 euros, relativa a la línea de ayuda “Creación de empresas de jóvenes agricultores”.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

La gestora de la línea 

El jefe de negociado de Ayudas al Desarrollo Rural

La jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Mª Isabel Jiménez Vidal

Jorge M. Company Salaverría

Por suplencia de la jefe de sección XVI

 de Ayudas al Desarrollo Rural

(BOIB núm. 18, de 03/02/2022)

Gemma Canós Franch

 

Conforme con  la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I. RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CEJA2018_1 con importes para revocar Creación de empresas de jóvenes Agricultores LÍNEA FEADER: 050460010642104

TITULAR

NIF

NÚM. EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a revocar

CAIB

14,00%

Anualidad

 

JORDI LLINAS POCOVI

***2221**

CEJA2018_1/112

45.000,00

40.000,00

5.000,00

5.000,00

2023

 

(Firmado electrónicamente: 17 de abril de 2023)

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)