Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 257741
Constitución bolsa de trabajo de tesorero/a y/o cualquier plaza reservada a la subescala de Intervención-Tesorería del Ayuntamiento de Manacor

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía 2023-1294, de 5 de abril de 2023, se ha dictado la resolución siguiente:

«DECRETO

Antecedentes

El 29 de marzo de 2023, el Tribunal Calificador de la convocatoria de una bolsa de trabajo de tesorero o tesorera y/o cualquier plaza reservada a la subescala de Intervención-Tesorería, propone a la Alcaldía la constitución definitiva de la mencionada bolsa de trabajo.

Por eso,

RESUELVO

1. Aprobar, según la propuesta definitiva efectuada por el Tribunal Calificador nombrado al efecto, la composición final de la bolsa de trabajo de tesorero o tesorera y/o cualquier plaza reservada a la subescala de Intervención-Tesorería, convocada por Decreto de Alcaldía de 11 de agosto de 2022, y que queda con la orden de prelación siguiente:

NÚM.

DNI

ASPIRANTE

PUNTUACIÓN

1.

****700**

Payeras Cladera, Pedro

50,94

2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor y en el BOIB.

3. Esta bolsa extraordinaria tendrá una vigencia máxima de 3 años desde que se publique la resolución de constitución en el BOIB. Una vez haya transcurrido este periodo de tiempo la bolsa pierde la vigencia y no se puede reactivar.

Contra esta resolución - que pone fin a la vía administrativa – se puede interponer, de forma alternativa, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. En este caso, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se dicta resolución expresa pasado el plazo de un mes, se entenderá desestimado y se puede interponer recurso contencioso-administrativo en cualquier momento.

Todo esto sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

 

Manacor, 5 de abril de 2023

El regidor delegado especial de Promoción Económica Joan Gaià Mascaró (Por delegación de firma del alcalde BOIB n.º 152, de 04/11/2021)