Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 253763
Notificación de la Resolución de cambio de inversión de las Inversiones concedidas y Revocación parcial de las ayudas, Exp. 140 de fecha 27 de enero de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha de 27 de enero de 2023, dicta lo siguiente:
“Resolución de acceptación de la solicitud de cambio de inversión de las inversiones concedidas y Revocación parcial del importe de concesión
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida 4.1 Inversiones a las explotaciones agrarias
Convocatoria INEA 2019_1
Expediente: INEA2019_1/140
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 208246
Código BDNS: 497979
Antecedentes
1. El de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81), 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80), 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80), 2 de marzo de 2020 (BOIB núm. 28), 6 de mayo de 2020 (BOIB núm. 77), 22 de junio de 2020 (BOIB núm. 114), 23 de julio de 2021 (BOIB núm. 101), 19 de noviembre de 2021 (BOIB nº 162), 1 de julio de 2022 (BOIB núm. 87).
2. El 4 de febrero de 2022, el vicepresidente del FOGAIBA, dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 23, de 12 de febrero de 2022, en la que figura una solicitud, denegada provisionalmente por falta de presupuesto, a favor de JOAN CALDENTEY BARCELO, con NIF ***7031**, con número de expediente INEA 2019_1/140, por importe de inversión de 31.243,00 €, un importe de concesión de 18.745,80 € y un plazo de ejecución de 6 meses.
3. Con fecha 1 de julio de 2022 se dictó Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se modifica la Resolución de 10 de julio de 2015 mediante la cual se convocan, para los años 2015 a 2020, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias. En esta modificación de la Resolución, el apartado noveno, punto 4 permite el incremento de crédito durante el período de 6 meses posteriores a la resolución de la ayuda sin necesidad de convocatoria.
4. El 12 de agosto de 2022, fecha en que finalizó el período de 6 meses para incrementar el crédito, se liberaron un total de 3.434.601,22 euros debido a las renuncias y revocaciones de las ayudas concedidas.
5. Con fecha 12 de septiembre de 2022 se publicó en la página web del FOGAIBA el requerimiento para la aceptación de la subvención INEA2019 según el cual se podía conceder la ayuda a los expedientes, que por orden de puntuación, figuraban en el anexo I, entra otros, JOAN CALDENTEY BARCELO con DNI ***7031** y con número de expediente INEA 2019_1/140, por un importe de inversión de 31.243,00 €, un importe de concesión de 18.745,80 € y un plazo de ejecución de 6 meses. Se concedió un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del requerimiento para que el interesado se opusiera a la concesión de la ayuda y que en caso de no hacerlo se daría por aceptada la propuesta, se dictaría el acto de concesión y se procedería a su notificación.
6. El 26 de septiembre de 2022, con registro de entrada núm. 545348, la persona indicada en el apartado anterior ha presentado una solicitud de cambio de inversión, donde solicita cambiar la segadora por un remolque agrícola de 14T, por el mismo importe, esto es 31.243,00.
7. El 19 de diciembre se emite el informe de moderación de costes donde se indica que el importe elegible de la inversión es de 17.952,00 €.
8. Por tanto, el importe con el cambio de inversión es de 17.952,00 € y el importe de concesión es de 10.771,20 €.
9. El importe de ayuda concedida inicialmente era de 18.745,80 €, por tanto hay una diferencia de 7.974,60€ que deben revocarse.
10. El 21 de diciembre de 2022, se publica en la WEB del FOGAIBA el Informe, propuesta provisional de resolución de aceptación de cambio de inversión y revocación parcial del importe de concesión de 21 de diciembre de 2022.
11. Pasados los 10 días hábiles sin que el interesado haya hecho alegaciones, la propuesta provisional tiene carácter definitivo.
12. Dado todo esto, se propone aceptar la modificación de inversiones y hacer la revocación parcial de la ayuda concedida al beneficiario como se indica en el anexo adjunto de esta resolución.
Consideraciones jurídicas
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016, 26 de junio de 2018, 2 de marzo de 2020 y 6 de mayo de 2020.
2. Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Resolución
1. Aceptar la modificación de inversiones propuesta y revocar parcialmente la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expediente, que comienza y termina por JOAN CALDENTEY BARCELO, por el importe indicado en el anexo de esta resolución.
2. Notificar esta resolución al beneficiario mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO MODIFICACIÓN INVERSIONES Y REVOCACIÓN PARCIAL DE LA CONCESIÓN INEA2019_1/140
TITULAR |
NIF |
NºEXPEDIENTE |
INVERSIÓN INICIAL |
NIVEL AYUDA |
AYUDA CONCEDIDA |
COFINANCIAMIENTO CAIB 100% |
ANUALIDAD |
JOAN CALDENTEY BARCELO |
***7031** |
INEA2019_1/140 |
31.243,00 € |
0,6 |
18.745,80 € |
18.745,80 |
2022 |
INVERSIÓN CAMBIO |
NIVELL AJUDA |
IMPORTE DE AYUDA |
COFINANCIAMIENTO CAIB 100% |
ANUALIDAD |
|||
17.952,00 € |
0,6 |
10.771,20 € |
10.771,20 € |
2022 |
|||
Import a revocar |
7.974,60 € |
|
(Firmado electrónicamente: 14 de abril de 2023)
El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)