Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 251756
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI 06/03. Aprobación inicial modificación del Proyecto de Estatutos y Bases de actuación correspondientes al SUNP 32-01 Can Fontet

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

I06030123.ANU-cast

ÁREA MODELO DE CIUDAD, VIVIENDA DIGNA Y SOSTENIBILIDAD

GERENCIA DE URBANISMO

DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA

SERVICIO JURÍDICOADMINISTRATIVO DE GESTIÓN URBANÍSTICA

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 29 de marzo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

" La Comisión de Gobierno Palma, en sesión celebrada el día 30/12/2013, aprobó la constitución de la Junta de Compensación correspondiente al SUNP 32-01 Can Fontet, formalizada mediante escritura pública otorgada el día 16/05/2013 ante notario de Palma Ciríaco Corral García con el n.º 584 de su protocolo.

El 7-02-2023, la Junta de Compensación, ha solicitado la modificación de varios artículos de los estatutos y bases de actuación aprobados, instando su tramitación. Se adjunta certificado de los acuerdos adoptados en la Asamblea General ordinaria celebrada el 25-01-2022 donde se aprobaron las modificaciones. Entre los acuerdos adoptados consta la renovación de los cargos de la Junta y del secretario.

Los artículos de los Estatutos que se modifican son los siguientes:

Art. 23 apartado primero: Donde dice: La Asamblea general quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando concurran por sí o por representación miembros de la Junta que representen al menos los dos tercios de las cuotas. En segunda convocatoria, que se celebrará en el mismo lugar, una hora más tarde que la fijada en primera convocatoria... debe decir: treinta minutos más tarde.

Art 27. Donde dice: El Consejo Rector estará compuesto por cinco miembros a saber: un Presidente, un Secretario y dos vocales designados por los miembros de la Junta, uno de los cuales será elegido solo por los miembros de la Junta que no  hayan intervenido en el nombramiento de los tres restantes miembros del Consejo Rector. Y un Consejero vocal designado por el Ayuntamiento de Palma, debe decir: por seis miembros a saber: un Presidente, un Secretario y tres vocales... Y un Consejero vocal designado por el Ayuntamiento de Palma.  

Se añade a la actual redacción del art. 33 (figura del Secretario) el siguiente apartado: Podrá recaer en un miembro del Consejo o de la Junta o tercera persona y tendrá remuneración aprobada en el Consejo Rector.

Por todo esto, de conformidad con los arts. 24 al 30, y 67 al 70, del Reglamento de Gestión Urbanística, el art. 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los arts. 172 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidad Locales, el TAG suscribiente considera que se puede elevar a la Junta de Gobierno de Palma la siguiente propuesta de resolución para que adopte el siguiente

 

ACUERDO

1.º- Aprobar inicialmente la modificación del Proyecto de Estatutos y Bases de actuación correspondientes al SUNP 32-01 Can Fontet, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, presentado por Eva Velasco Rico en calidad de secretaria de la Junta de Compensación.

2. Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en conformidad con lo que dispone el artículo 213.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del suelo de las Islas Baleares. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro.

3.º- Notificar el presente acuerdo, a la Junta de Compensación. ”

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de las Islas Baleares; el 245 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo para la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Podéis presentar vuestros escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bjos

OAC San Fernando: Avda. St Ferran (Edif. Policía Local)

OAC l´Escorxador: C/ Emperatriz Eugènia, 6

OAC l´Arenal: Avda. América, 11 (s'Arenal)

OAC Avenidas:Avda. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avenidas)

OAC Son Ferriol: Avda. Cid, 8 (Son Ferriol)

OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)

OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, bajos

 

 

Palma, (firmado electrónicamente: 12 de abril de 2023)

El jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística p.d. Decreto de Batlia n.º 3000, de 26 de febrero de 2014 publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014 Jaume Horrach Font