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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA

Núm. 250092
Proceso de consolidación mediante concurso oposición para el personal de Grupo 6 (1/2023)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, en la sesión de día 31 de marzo de 2023 aprobó las bases que se adjuntan, que regirán el proceso de selección de personal mediante concurso oposición del grupo profesional 6: auxiliar administrativo.

1. Objeto

Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso oposición, para la cobertura de 1 plaza de personal fijo del grupo profesional 6: Auxiliar Administrativo.

Como consecuencia del presente proceso de selección, los y las aspirantes que integrarán las listas, una vez finalizada el proceso, irán cubriendo las plazas ofertadas siguiendo el orden de prelación establecido en las referidas listas.

Todo esto en cumplimiento de la normativa vigente siguiente:

  1. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y actualizaciones posteriores, especialmente los art. 8, 12 y 15.
  2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los art. 91 y 103.
  3. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, arte. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61.
  4. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 120, de 11 de septiembre de 2004).
  5. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.
  6. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente. Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 153 de 09/11/2019.
  7. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears.
  8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  9. Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, art. 6, 53 y 55.

Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:

1.1. Memoria justificativa de la necesidad de contratación.

1.2. Justificación de existencia de fondo (anual y plurianual).

1.3. Procedimiento de selección.

1.4. Autorización del inicio del procedimiento.

1.5. Bases y aprobación de la convocatoria.

1.1.- Memoria justificativa de la necesidad

Categoría profesional: Auxiliar Administrativo.

Grupo profesional: Grupo 6, Auxiliar Administrativo y con las funciones propias su grupo profesional en función a las necesidades organizativas de la Empresa y la movilidad funcional establecida en la normativa laboral.

Número de vacantes a cubrir: 1 plaza.

Condiciones económicas: las recogidas para el nivel salarial del grupo 6, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.

Horario de trabajo: el horario de trabajo es el establecido en el Convenio Colectivo de la Empresa vigente en cada momento.

Centro de trabajo: actualmente situado en la carretera del Coll de en Rabassa, en Son Ferriol, Polígono de Sant Mateu (CP-07007) Palma, o a cualquier otra que se pueda establecer.

Descripción de la necesidad: la necesidad de contratar un Auxiliar Administrativo está motivada por la necesidad de desarrollar actividades de apoyo administrativo al área de RRHH, en la gestión y coordinación de archivos y bases de datos.

1.2.- Justificación de la existencia de fondo

No se produce variación sustancial en la masa salarial presupuestada y aprobada para la EMT-Palma para el ejercicio 2023.

1.3.- Procedimiento de selección

El sistema selectivo del proceso será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de un 60% y la fase de concurso de un 40%.

El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.

Los factores a valorar serán la aptitud, actitud y conocimientos prácticos del puesto a cubrir.

Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la Empresa, que no podrán ser inferior a tres para cada convocatoria.

Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes de falsear los méritos alegados y se asegurará la transparencia.

1.4.- Autorización del inicio del procedimiento

La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplimiento del Código de buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 28/02/2013, y aprobado por el Consejo de Administración en fecha 31 de marzo de 2023, supone la autorización de todo el contenido del mismo.

1.5.- Bases de la convocatòria

1.5.1.- Requisitos

Los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor en el momento de la incorporación a la Empresa.
  2. Tener 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.
  3. No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del trabajo a desarrollar. Así mismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación al lugar de trabajo, se tendrá que pasar satisfactoriamente un reconocimiento médico a cargo del Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de APTO. La no superación del mismo supondrá la imposibilidad de incorporación y la exclusión de la lista, dado el carácter eliminatorio de este requisito.
  4. No haber sido separadas, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitadas de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.
  5. Estar en posesión del certificado A2 de la lengua catalana.
  6. Estar en posesión del Grado Básico en Informática de Oficina.
  7. Experiencia en gestión de Sede Electrónica acreditable mediante certificado de empresa.
  8. Para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, y de su origen no se desprenda el conocimiento del idioma español, se tiene que acreditar mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, o mediante la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en esta lengua.

Las personas aspirantes tendrán que reunir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.

En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la falta de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso, y en caso de estar contratado será despedido disciplinariamente sin perjuicio de la responsabilidad que haya incurrido por falsedad, reservándose la EMT-Palma, las acciones legales pertinentes.

1.5.3.- Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes y la hoja de autobaremación es de catorce días hábiles, contados a partir del día siguiente que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

En base a lo estipulado en la ley 39/2015, la presentación de la solicitud y la hoja de autobaremación se podrán presentar tanto de forma presencial como de forma electrónica, en el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica de la EMT -Palma. La presentación electrónica requiere identificación digital con certificado electrónico.

En caso de hacerlo presencialmente, el impreso de solicitud y la hoja de autobaremación se podrán descargar de la página web de la EMT-Palma, realizándose la entrega en las oficinas sitas en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, polígono de Sant Mateu (CP-07007) de Palma, de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

En caso de hacerlo de forma electrónica, se podrá presentar la solicitud y la hoja de autobaremación a través de la Sede Electronica de la EMT-Palma de lunes a domingo a cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de la entrega de dichos documentos. La solicitud está incluida en el proceso de registro, por lo que no es necesario aportar el documento.

Los interesados podrán llamar al nº 97121444 extensión 7107 en caso de duda respecto al funcionamiento de la Sede Electrónica, en el cual se habilita un servicio de atención telefónica de 9:00h a 13:00h de lunes a viernes para solventar cualquier duda respecto al registro virtual.

La presentación de la solicitud y la hoja de automaremación tan solo se podrán entregar bajo una de las dos modalidades anteriormente mencionadas, siendo ambas mutuamente excluyentes.

En base a la Ley 39/2015, los interesados deberán aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos en estas bases, haciéndose responsables de la veracidad de los documentos que presenten.

En el plazo máximo de dos meses, contados desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público

Las persones aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación, para alegar lo que corresponda.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las solicitudes, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público

De acuerdo con la Ley 39/2015, los documentos administrativos emitidos por la EMT-Palma se publicarán por escrito y por medios electrónicos, usándose la plataforma de la EMT-Palma y la Sede Electrónica para ello.

La admisión de la solicitud, comporta la plena aceptación por las personas solicitantes de las presentes Bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos en los archivos de la empresa y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere, según el establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

1.5.4.- Autobaremación

Para agilizar el sistema de selección, los aspirantes deberán presentar una hoja de autobaremación que se publicará en el trámite habitado al efecto en la sede electrónica de la EMT-Palma juntamente con la hoja de solicitud y estas bases.

La autobaremación tendrá la consideración de declaración responsable. La presentación de datos fraudulentos en la autobaremación determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que se deriven.

Los errores materiales se pueden corregir en fase de alegaciones, si quedan acreditados. Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de fraude en cuanto a los méritos alegados de las personas aspirantes y así asegurar su transparencia.

Una vez publicadas las listas definitivas, el Tribunal evaluador requerirá a cada una de las personas integrantes de las mismas la presentación de la documentación que acredite fehacientemente los datos declarados en el impreso de solicitud y en el impreso de autobaremación, cuyo fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que se deriven.

La presentación de los documentos originales no será necesario dado que las copias que aporten los interesados tendrán eficacia. Sin embargo, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la veracidad de la copia, la EMT-Palma podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento original.

1.5.5.- Baremo de puntos

La fase de oposición (60 puntos sobre 100)

Consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio, con una prueba tipo test del temario referido en el Anexo II.

La prueba será tipo test, estará compuesta por 30 preguntas más 3 de reserva, con un tiempo para desarrollar este ejercicio de 60 minutos.

Las preguntas estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas. Cada pregunta tendrá tres posibles respuestas, y solo una será correcta. Las respuestas correctas se puntuarán con 0,166, las respuestas erróneas restarán 0,055 (una tercera parte) y las preguntas no contestadas no serán valoradas. La puntuación máxima de esta prueba es de 5 puntos y para superarla será preciso obtener como mínimo 2,5 puntos en total.

Se publicará en la web de la EMT-Palma la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar reclamaciones.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la prueba en la web de la EMT-Palma.

La fase de concurso (40 puntos sobre 100)

Se establece un baremo de méritos estructurado en los bloques que se indican a continuación, con un máximo de 40 puntos: 

  • Méritos académicos (máximo de 30 puntos).
    • Certificación B1 de catalán o superior: 5 puntos.
    • Estar en posesión del Grado Medio en Gestión Administrativa: 10 puntos.
    • Formación acreditable mediante certificado de empresa de gestión de Sede electrónica: 15 puntos.
  • Méritos de perfil (máximo 10 puntos).
    • Se valorará la experiencia de Auxiliar Administrativo, acreditada mediante certificado de empresa, copia de contrato laboral o cualquier otro documento que lo constate, a razón de 1 puntos por mes.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de acabado del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Se publicará el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar reclamaciones.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la valoración de los méritos en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma

(https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.

En caso de que el Tribunal calificador compruebe la existencia de fraude una vez publicadas las listas definitivas, dicho fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que deriven.

Criterios de desempate

En caso de empate, este se tiene que resolver atendiendo los criterios siguientes:

  1. La mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.
  2. La mayor puntuación obtenida en los méritos.
  3. La mayor experiencia laboral como Auxiliar Administrativo.
  4. Las persones víctimas de violencia de género.
  5. La persona de más edad.
  6. Si persiste finalmente el empate, se tiene que hacer un sorteo.
 

1.5.5.- Orden de incorporación y llamamiento

Una vez finalizado el proceso de selección, las personas integrantes de las listas serán llamadas para la adjudicación de la plaza, siguiendo el orden de preferencia resultado de las listas definitivas, realizándose el llamamiento a las personas que tengan el orden de incorporación más alto.

El llamamiento se realizará por cualquier medio que considere la EMT-Palma, pudiendo hacerse telefónicamente o en su defecto mediante cualquier medio acreditable en derecho.

Las personas integrantes de la lista tendrán que tener a disposición de la EMT-Palma como datos de contacto:

  • un teléfono fijo o móvil
  • una dirección de correo electrónico
  • una dirección postal

Las personas integrantes de la lista tendrán que mantener permanentemente actualizados estos datos ante la EMT-Palma, comunicando todos los cambios que se produzcan en los mismos.

Al haberse producido el llamamiento dos veces consecutivas sin respuesta por su parte, o una respuesta negativa no justificada, será excluida de la lista de forma definitiva. El plazo de respuesta por parte de la persona que se haya llamado, será de 3 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de comunicación.

Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada a la contratación, la incomparecencia de a personal aspirante dentro del plazo comunicado por la empresa para la formalización del contrato, o la renuncia expresa a la contratación.

Se consideran causas justificadas de rechazo del contrato por parte de la persona aspirante, las siguientes:

  • Enfermedad acreditada mediante el correspondiente certificado médico.
  • Periodo de embarazo, maternidad o situaciones asimiladas.
  • A petición del interesado, cualquier otra que de forma excepcional la EMT-Palma estime oportuna, de forma motivada

En estos casos, los y las aspirantes conservarán su lugar en las listas y podrán ser citados nuevamente cuando dejen de concurrir las causas de rechazo, siempre que hayan comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad.

 

 

ANEXO I Composición del Tribunal y plazos del proceso

Composición del Tribunal:

  • Dos miembros designados por la EMT-Palma.
  • Dos miembros designados por el Comité de Empresa de la EMT-Palma.
  • Un profesional con conocimientos sobre la valoración de los méritos, designado por la EMT-Palma.

Para la valoración de los méritos en que resulte necesario, el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores o asesoras especialistas, los cuales se limitarán a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto.

Este proceso de consolidación finalizará antes del 31 de diciembre de 2023.

Con el fin de cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección se publicarán en el BOIB. Los diferentes plazos, los resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado empleo público.

 

 

ANEXO II Temario

  1. Reglamento del servicio de Transportes Colectivos Urbanos de Palma de Mallorca

  2. Protocolo del conductor de la EMT-Palma.

  3. Código de conducta de la EMT-Palma.

  4. Ley para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres a 3/2007, de 22 de marzo

  5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

  6. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

  7. Comunicación y atención al cliente

  8. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

 

Palma, 12 de abril de 2023

El director-gerente Mateu Marcús Fiol