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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 249645
Resolución de la directora general de Personal Docente de 5 de abril de 2023 por la cual se rectifican los errores advertidos en la Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2023 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de maestros en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears de 7 de febrero de 2023

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Texto

En fecha 1 de febrero de 2023, la directora general de Personal Docente dictó la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas y de maestros en las Illes Balears, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears de 7 de febrero de 2023.

Con posterioridad a la publicación de la Resolución de 1 de febrero de 2023 se han advertido unos errores por omisión y por transcripción, los cuales se procede a corregir, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la presente Resolución.

Resolución

Primero. Modificar la base 7.2.2 del anexo 1 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2023 mencionada, en el sentido de incorporar las órdenes que se relacionan a continuación:

  • La Orden ECD/2606/2003, de 28 de julio, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para las especialidades de catalán y gallego de profesores de escuelas oficiales de idiomas (BOE núm. 228, de 23 de septiembre).
  • La Orden ECD/1753/2015, de 25 de agosto, por la que se aprueban les temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en el cuerpo de profesores de música y artes escénicas en las especialidades vinculadas a las enseñanzas de música y de danza (BOE núm. 206, de 28 de agosto).

Segundo. Modificar el apartado de "Formación profesional" de las ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN GENERAL del anexo 5 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2023 mencionada, en el sentido de incorporar la normativa sobre ordenación curricular que se relaciona a continuación:

Edificación y Obra Civil (EOC)

Construcción (EOC21)

  • Real Decreto 1575/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico en Construcción y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 299, de 13 de diciembre). Corrección de errores (BOE núm. 40, de 16 de febrero de 2012).
  • Orden ECD/100/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Construcción (BOE núm. 28, de 1 de febrero).

Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación (EOC22)

  • Real Decreto 1689/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm.302, de 16 de diciembre).
  • Orden ECD/77/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación (BOE núm. 27, de 31 de enero).

Proyectos de Edificación (EOC31)

  • Real Decreto 690/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 143, de 12 de junio).
  • Orden EDU/2889/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación (BOE núm. 273, de 11 de noviembre).

Proyectos de Obra Civil (EOC32)

  • Real Decreto 386/2011, de 18 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 89, de 14 de abril).
  • Orden EDU/1546/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil (BOE núm. 137, de 9 de junio).

Tercero. Corregir el error de transcripción advertido en la redacción de las características de la parte práctica de la especialidad 590017 Educación Física, del anexo 6 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2023 mencionada.

Donde dice:

La prueba práctica consistirá en el diseño y exposición de una sesión de educación física a partir de un estándar de aprendizaje de la especialidad, elegido entre dos, extraídos al azar por el aspirante. Éste tendrá que demostrar sus habilidades de planificación de la sesión, de organización de las actividades, de aprovechamiento del espacio, de gestión del material y el dominio de las habilidades técnicas y la formación científica correspondientes a la especialidad.

Tiene que decir:

La prueba práctica consistirá en el diseño y exposición de una sesión de educación física a partir de un criterio de evaluación de la especialidad de los currículums vigentes en cada curso de ESO y Bachillerato, elegido entre dos, extraídos al azar por el aspirante. Éste tendrá que demostrar sus habilidades de planificación de la sesión, de organización de las actividades, de aprovechamiento del espacio, de gestión del material y el dominio de las habilidades técnicas y la formación científica correspondientes a la especialidad.

Cuarto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (12 de abril de 2023)

La directora general de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez Por delegación del consejero de Educación y Formación Profesional (BOIB nu´m. 41, de 25/03/2021)