Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 249626
Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas año 2023 (BOIB núm. 163, 15 de diciembre de 2022)
Hechos
1. Las entidades que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes una solicitud de subvención para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas para el año 2023.
2. En fecha 14 de marzo de 2023, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 10 de la convocatoria y emitió el informe técnico que debe servir de base a la Comisión Evaluadora para que ésta emita el informe en base al cual se debe elaborar la propuesta de resolución que debe formular la Dirección General de Deportes.
3. En fecha 14 de marzo de 2023, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que debe servir de base al Director General de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
4. El 15 de marzo se dictó la propuesta de resolución del Director General de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas año 2023, a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado. La propuesta de resolución se publicó en la página web de la Dirección General de Deportes día 16 de marzo de 2023. (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/tramites/tramite/5500669/)
5. Las entidades beneficiarias han dispuesto de 10 días hábiles para presentar alegaciones, y de 5 días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta, con la indicación de que la entidad beneficiaria desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.
6. Todas las entidades deportivas menos la Federación Balear de Lucha Olímpica y MMAA, aceptaron la subvención en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del Director General de Deportes.
7. Dado que la Federación Balear de Lucha Olímpica y MMAA no comunicó al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del Director General de Deportes, se considera que dicha entidad desiste de la propuesta.
8. El 30 de marzo de 2023, la Federación Balear de Lucha Olímpica y MMAA (Expediente INV2023/27) presentó un escrito de alegaciones contra la Propuesta de Resolución del Director General de Deportes. Por medio de escrito del Director General de Deportes de 31 de marzo, se contestó exponiendo el motivo de no poder aceptar las alegaciones presentadas.
9. El día 23/03/2023 la Federación Balear de Balonmano (Expediente INV2023/7) renunció a la propuesta de resolución de concesión de subvención.
10. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario. Hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 17601 461A01 78000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. La Orden de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23 de 16 de febrero de 2021).
3. Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas año 2023 (BOIB núm. 163, 15 de diciembre de 2022).
4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21 ext., de 15 de febrero de 2021).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas para el año 2023, a los beneficiarios que figuran en el anexo 1 por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación, y proponer su pago a favor de todos ellos con cargo a la partida presupuestaria 17601.461A01.78000.00 de los Presupuestos. Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
2. Dar por desistida de la Propuesta de Resolución del Director General de Deportes a la Federación Balear de Lucha Olímpica y MMAA (Expediente INV2023/27) por no haber comunicado al órgano instructor la aceptación o renuncia de la Propuesta en el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación.
3. El pago y justificación debe hacerse de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 11 y 12 de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la adquisición de inmovilizado material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas año 2023. La ayuda concedida debe justificarse antes del 15 de septiembre de 2023 (incluido).
4. El periodo en el que se concreta la actividad subvencionada es el comprendido entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, y se debe haber hecho efectivo el pago en el mismo periodo.
5. Los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado 13 de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 1 de diciembre de 2022.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, a fecha de la firma digital (5 de abril de 2023)
El secretario general Xavier Lluís Bacigalupe Blanco Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 91, de 6 de julio de 2019)
ANEXO 1
A continuación se relacionan los expedientes concedidos.
Expediente |
Solicitante |
Importe solicitado |
Importe proyecto aceptado |
Importe subvención |
INV2023/01 |
Federación Balear de montañismo y escalada |
11.039,51 € |
11.039,51 € |
6.505,62 € |
INV2023/02 |
Federación de pádel de las Islas Baleares |
6.871,51 € |
6.063,18 € |
3.163,81 € |
INV2023/03 |
Federación Balear de Actividades Subacuáticas |
20.232,31 € |
20.232,27 € |
14.076,46 € |
INV2023/04 |
Federación de Triatlón de las Islas Baleares |
2.451,86 € |
2.451,86 € |
1.362,97 € |
INV2023/05 |
Federación Balear de Tiro de Fona |
2.090,58 € |
2.083,33 € |
1.096,06 € |
INV2023/06 |
Federación Balear de ajedrez |
1.504,00 € |
1.504,00 € |
1.046,40 € |
INV2023/08 |
Federación Balear de billar |
3.394,91 € |
3.394,91 € |
1.771,49 € |
INV2023/09 |
Federación Balear de Caza |
4.011,15 € |
4.011,15 € |
2.093,05 € |
INV2023/10 |
Federación Balear de tiro con arco |
4.389,71 € |
4.389,71 € |
3.054,12 € |
INV2023/11 |
Federación Hípica de las Islas Baleares |
11.444,18 € |
11.165,88 € |
7.768,58 € |
INV2023/12 |
Federación Fútbol Islas Baleares |
19.433,70 € |
19.433,70 € |
11.202,62 € |
INV2023/13 |
Federación Balear de trote |
24.931,54 € |
24.928,54 € |
13.007,89 € |
INV2023/14 |
Federación de básquet de las Islas Baleares |
2.388,23 € |
2.388,23 € |
1.334,01 € |
INV2023/15 |
Federación Balear de Kickboxing |
2.658,98 € |
2.658,98 € |
1.849,97 € |
INV2023/16 |
Federación Balear de golf |
3.500,00 € |
4.656,23 € |
3.111,70 € |
INV2023/17 |
Federación de ciclismo de las Islas Baleares |
7.786,47 € |
7.786,47 € |
4.981,10 € |
INV2023/18 |
Federación Balear de vela |
20.357,46 € |
20.357,46 € |
14.117,27 € |
INV2023/19 |
Federación Balear de taekwondo |
16.438,82 € |
16.438,82 € |
11.387,15 € |
INV2023/20 |
Federación de automovilismo de las Islas Baleares |
11.972,63 € |
9.039,11 € |
5.133,35 € |
INV2023/21 |
Federación Balear de Natación |
11.608,58 € |
11.608,58 € |
6.057,44 € |
INV2023/22 |
Federación Balear de Judo y EEAA |
1.216,00 € |
1.216,00 € |
634,52 € |
INV2023/23 |
Federación Balear de piragüismo |
29.000,00 € |
29.000,00 € |
16.523,90 € |
INV2023/24 |
Federación de tenis de las Islas Baleares |
2.904,45 € |
2.904,44 € |
1.588,61 € |
INV2023/25 |
Federación Balear de motociclismo |
13.519,67 € |
12.738,98 € |
8.247,50 € |
INV2023/26 |
Federación de voleibol de las Islas Baleares |
6.916,00 € |
6.856,00 € |
3.890,59 € |
INV2023/28 |
Federación de Deportes Adaptados de las Islas Baleares |
12.377,49 € |
12.201,51 € |
7.061,53 € |
INV2023/29 |
Federación Balear de tiro olímpico |
9.086,76 € |
9.086,76 € |
5.848,27 € |
INV2023/30 |
Federación gimnasia Islas Baleares |
25.500,00 € |
25.500,00 € |
17.741,45 € |
INV2023/31 |
Federación de tenis de mesa de las Islas Baleares |
8.000,00 € |
8.000,00 € |
5.009,35 € |
INV2023/32 |
Federación Balear de bádminton |
3.264,25 € |
3.135,95 € |
2.181,82 € |
INV2023/33 |
Federación Balear de bádminton |
398,00 € |
398,00 € |
207,68 € |
INV2023/34 |
Federación de atletismo de las Islas Baleares |
8.097,54 € |
8.097,48 € |
4.819,82 € |
INV2023/35 |
Federación de Karate y disciplinas asociadas de las Islas Baleares |
11.138,87 € |
11.138,87 € |
7.749,79 € |
La tabla siguiente indica los expedientes con material deportivo y no deportivo directamente relacionado con la práctica deportiva de las federaciones deportivas no aceptado:
Exp. |
Solicitante |
Material no susceptible de ser subvencionado |
Motivo denegación |
---|---|---|---|
INV 2023/02 |
Federación de Pádel de las Islas Baleares |
Acreditaciones. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/05 |
Federación balear de tiro de fona |
Clips de sujeción 48 unidades. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/16 |
Federación Balear de golf |
Cámara de fotos. |
No directamente relacionado con la práctica deportiva. |
INV 2023/20 |
Federación de automovilismo de las Islas Baleares |
Cinta delimitación. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/25 |
Federación Balear de motociclismo |
Cinta de señalización 5200m. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/26 |
Federación de voleibol de las Islas Baleares |
Cables conexión. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/27 |
Federación Balear de Lucha olímpica y MMAA |
Gastos de alquiler de un trastero. |
Los gastos de alquileres son gastos corrientes. No es inmovilizado. |
INV 2023/28 |
Federación de Deportes Adaptados de las Islas Baleares |
Corrector brazada. |
No es inmovilizado. |
INV 2023/32 |
Federación balear de bádminton |
Balón espuma. |
No es inmovilizado. |
La tabla siguiente indica el expediente renunciado por parte de la Federación Balear de balonmano.
Expediente |
Solicitante |
Importe solicitado |
Importe proyecto aceptado |
Importe subvención |
INV2023/07 |
Federación Balear de balonmano |
4.803,13 € |
4.803,13 € |
2.644,76 € |